CARRERA DE ABOGACIA - REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION ESPECIAL

Resolución CU73/96.

Expediente SGA1685/93 2° cuerpo.

BAHIA BLANCA, 22 de marzo de 1996.

VISTO:

La Resolución CU001/96 mediante la cual el Consejo Universitario crea una Comision Especial para cumplir temporariamente las funciones inherentes a la Comisión Curricular de la Carrera de Abogacia; y

CONSIDERANDO:

Que en el articulo 2° de la Resolucion CU001/96 se establece que dicha Comision definira su organizacion interna;

La propuesta del "Regimen de funcionamiento" de dicha Comision Especial, elaborado por la misma;

Que el Consejo Universitario trato el tema en su reunion del 22/03/96;

POR ELLO,

EL CONSEJO UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTICULO 1°).- Tomar conocimiento del Régimen de funcionamiento de la Comision Especial para la carrera de Abogacia, que se agrega como Anexo de la presente.

ARTICULO 2°). Pase a la Secretaria General Academica. Cumplido, archivese.

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC. GRAL. CONSEJO UNIVERSITARIO

ANEXO (Resolucion CU73/96)

1°). La Comision Especial sesionará con la presencia de por lo menos tres de sus miembros, quienes serán convocados en todos los casos en forma telefonica, por conducto del Coordinador.

2°) Las sesiones se realizaran cada vez que sea menester en funcion del cometido de la Comision.

3°). En la primera sesion se designara al Coordinador, comenzando por el Profesor de mayor antigüedad docente y quienes le sigan en tal caracter renovandose estos cargos automaticamente y por su orden, cada mes. El Coordinactor tendra doble voto en caso de empate.

4°). El Coordinador representara a la Comision en sus relaciones con las autoridades de la Universidad.

5°). Se llevara un registro de las resoluciones y dictamenes que produzca la comision.

6°). En caso de impedimento o ausencia transitorios del Coordinador, este sera subrogado en la emergencia por quien lo siga en el orden de cargos. Los avisos de estas circunstancias seran, en lo posible, personajes y se dejara constancia de ellos.

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC. GRAL. CONSEJO UNIVERSITARIO