ORGANIZACIÓN
MEDIDAS DE SEGURIDAD
EN
Resolución CSU- 762/09
Expte. 883/99
Bahía Blanca, 23 de octubre de
2009
VISTO:
Los reiterados hurtos y robos que han tenido lugar en los
edificios de
Que en algunos de los casos los hurtos y robos se perpetraron en los horarios de actividad
habitual del personal; y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario tomar medidas que preserven la
integridad física y psicológica de los miembros de la comunidad universitaria, así como también los
elementos de trabajo del personal y el patrimonio de
Que en virtud de los horarios en que se han consumado
algunos de los hechos se debe suponer que los perpetradores tienen amplio
acceso a diversos ámbitos de nuestra Casa de Estudios;
Que las características arquitectónicas de los edificios
de
Que es necesario que las medidas de seguridad que se
dispongan afecten lo menos posible el desarrollo de las actividades académicas
habituales que se llevan a cabo en esta dependencia;
Que la circulación de personas debidamente identificadas
y el monitoreo por imágenes de los accesos y egresos constituyen elementos
disuasivos de fácil y rápida implementación y no afectan el desarrollo normal
de las actividades en el Edificio Principal del Complejo Alem;
Que las medidas que se proponen no contradicen el
carácter público de la institución ni impiden o limitan el acceso del público a
la misma;
Que es necesario adoptar acciones tendientes a generar el
compromiso de la comunidad universitaria con el cuidado del patrimonio público;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre
tablas, en su reunión del 21 de octubre de 2009, lo aconsejado por sus
Comisiones de Interpretación y Reglamento y de Economía, Finanzas y Edificios;
POR ELLO;
EL CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Habilitar como
únicos accesos al Edificio Principal del Complejo Alem
las entradas de
ARTÍCULO 2º: Los alumnos,
personal docente y no docente deberán exhibir durante su permanencia en este
edificio, la credencial de identificación provista por la universidad.
ARTÍCULO 3º: El personal
que no dependa directamente de
ARTÍCULO 4º: Cualquier
persona que no exhiba la credencial de identificación deberá acreditar su
identidad, la cual quedará registrada en
un libro de ingresos. Se le otorgará una credencial provisoria la cual deberá
devolver al retirarse del edificio.
ARTÍCULO 5º: Instalar un
sistema de monitoreo por cámaras.
ARTÍCULO 6º: Encomendar a
ARTÍCULO 7º: Pase a
DR.
GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
ABOG. DIEGO
DUPRAT
SEC. GRAL.
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO