ESCUELA SUPERIOR
DE COMERCIO / REGLAMENTO DE INGRESO AL BACHILLERATO DE JÓVENES Y ADULTAS/OS
Resolución
CSU-767/22
Expte
2955/22
BAHÍA BLANCA, 27 de octubre de
2022
VISTO: El artículo 46 de la Ley 26.206 de
Educación Nacional (LEN), que establece que la Educación Permanente de Jóvenes
y Adultos (EPJA) es la modalidad educativa destinada a garantizar la
alfabetización y el cumplimiento de la obligatoriedad escolar prevista por esta
LEN, para quienes no la hayan completado en la edad establecida
reglamentariamente;
El artículo 80 de la LEN, que
establece que las políticas de promoción de la igualdad educativa deberán
asegurar las condiciones necesarias para la inclusión, el reconocimiento, la
integración y el logro educativo de todas/os las/os niñas/os, jóvenes y
adultas/os en todos los niveles y modalidades, principalmente los obligatorios;
La resolución CFE 118/10 y su
Anexo II, que define los Lineamientos Curriculares para la EPJA;
La resolución CFE N°254/15, que
define marcos de referencia para la Modalidad de EPJA;
La resolución CEMS 40/22 que
eleva la propuesta de Reglamento de Ingreso al Bachillerato de Jóvenes y
Adultas/os de la Escuela Superior de Comercio “Profesor Prudencio Cornejo”; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario normalizar el
sistema de preinscripción e inscripción del Bachillerato de Jóvenes y
Adultas/os dependiente de la Escuela Superior de Comercio “Profesor Prudencio
Cornejo”;
Que la preinscripción en los
Centros Educativos de Nivel Secundario dependientes de la Dirección General de
Escuelas de la Provincia de Buenos Aires tiene inicio en el mes de octubre de
cada año;
Que el reglamento propuesto
contempla un período amplio de preinscripción y procura homologar este período
con el de los Centros Educativos de Nivel Secundario dependientes de la
Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires;
Que el proyecto de reglamento
establece que se ponga a disposición de las/os interesadas/os los recursos
humanos y tecnológicos de la escuela para facilitar su instancia de
ingreso;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó, en su reunión del 26 de octubre de 2022, lo aconsejado
por sus comisiones de Interpretación y Reglamento y de Establecimientos
Secundarios y Terciarios; POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el
Reglamento de ingreso al Bachillerato de Jóvenes y Adultas/os, de la Escuela
Superior de Comercio “Profesor Prudencio Cornejo” que obra como Anexo de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2°: Pase a la Secretaría
General Académica y, por su intermedio, a la Escuela Superior de Comercio
“Profesor Prudencio Cornejo”. Gírese a la Dirección General de Boletín Oficial
y Digesto para su publicación. Cumplido, archívese.
DR. DANIEL
ALBERTO VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
DRA. ANDREA
CASTELLANO
SEC. GRAL.
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
ANEXO
Resolución
CSU-767/2022
REGLAMENTO
DE INGRESO BACHILLERATO DE JÓVENES Y ADULTAS/OS Escuela Superior de Comercio
“Profesor Prudencio Cornejo”.
ARTÍCULO 1º). Las/os aspirantes
deberán tener 18 años cumplidos al 30 de junio del año que inician su cursado.
ARTÍCULO 2º). Durante el mes de
septiembre de cada año se hará difusión de la preinscripción web a través de
los canales de comunicación habilitados por la Universidad Nacional del Sur, el
Consejo de Enseñanza Media y Superior (CEMS) y la Escuela Superior de Comercio
“Profesor Prudencio Cornejo”.
ARTÍCULO 3º) Las/os aspirantes
deberán realizar la preinscripción web en el período comprendido entre el primer
día hábil del mes de octubre hasta el último día hábil del mes de febrero
correspondiente al año de la inscripción en curso. Si fuese necesario, la
Escuela Superior de Comercio “Profesor Prudencio Cornejo” pondrá a disposición
equipamiento y personal para realizar la preinscripción en la Secretaría de la
Escuela Superior de Comercio –11 de abril 445– de lunes a viernes de 8:00 a
20:00 horas.
ARTÍCULO 4º) El día hábil siguiente al cierre de la
preinscripción, la Secretaría de la escuela publicará en la página web y en el
establecimiento el listado de las/os aspirantes.
ARTÍCULO 5º). Para formalizar la
inscripción, las/os aspirantes deberán presentar la siguiente documentación en
formato papel en la Secretaría de la Escuela Superior de Comercio de lunes a
viernes de 8:00 a 20:00 horas: a) Planilla de preinscripción web firmada. b)
Original y copia del DNI. c) Original y copia de certificado de estudios
primarios completos. d) Original y copia de certificado analítico parcial y/o
constancia de certificado analítico parcial en trámite de estudios secundarios
previos, cuando corresponda.
ARTÍCULO 6º). El plazo de
presentación de la documentación se extenderá hasta una semana previa al inicio
del ciclo lectivo correspondiente al año de la inscripción en curso. De acuerdo
con la documentación presentada se procederá a la distribución de las/os
aspirantes, según el siguiente criterio: a) Si la/el aspirante no estuvo
previamente escolarizada/o en nivel secundario, ingresa a 1º año.
b) Si la/el aspirante previamente
estuvo escolarizada/o en nivel secundario, la Dirección evaluará su trayectoria
académica a los fines de determinar espacios curriculares que tuviera que
acreditar por equivalencia y definirá el año al que ingresa.
ARTÍCULO 7º) Quienes hubieran estado escolarizadas/os en el
Bachillerato de adultas/os en ciclos lectivos anteriores y hubieran
discontinuado sus estudios, deberán realizar la preinscripción web a los fines
de formalizar la reincorporación en los términos de los artículos 3 y 5.
ARTÍCULO 8º). Luego de relevada
la documentación y asignado el año de cursado, si el número de ingresantes
inscriptas/os superase el número de vacantes disponibles, la Dirección pondrá a
consideración del CEMS una propuesta para la recepción de la matrícula
excedente.
DR. DANIEL
ALBERTO VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
DRA. ANDREA
CASTELLANO
SEC. GRAL.
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO