ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO / REGLAMENTO DE INGRESO AL BACHILLERATO DE JÓVENES Y ADULTAS/OS

 

Resolución CSU-767/22

Expte 2955/22

 

BAHÍA BLANCA, 27 de octubre de 2022

 

 VISTO: El artículo 46 de la Ley 26.206 de Educación Nacional (LEN), que establece que la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos (EPJA) es la modalidad educativa destinada a garantizar la alfabetización y el cumplimiento de la obligatoriedad escolar prevista por esta LEN, para quienes no la hayan completado en la edad establecida reglamentariamente;

 

El artículo 80 de la LEN, que establece que las políticas de promoción de la igualdad educativa deberán asegurar las condiciones necesarias para la inclusión, el reconocimiento, la integración y el logro educativo de todas/os las/os niñas/os, jóvenes y adultas/os en todos los niveles y modalidades, principalmente los obligatorios;

 

La resolución CFE 118/10 y su Anexo II, que define los Lineamientos Curriculares para la EPJA;

 

La resolución CFE N°254/15, que define marcos de referencia para la Modalidad de EPJA;

 

La resolución CEMS 40/22 que eleva la propuesta de Reglamento de Ingreso al Bachillerato de Jóvenes y Adultas/os de la Escuela Superior de Comercio “Profesor Prudencio Cornejo”; y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario normalizar el sistema de preinscripción e inscripción del Bachillerato de Jóvenes y Adultas/os dependiente de la Escuela Superior de Comercio “Profesor Prudencio Cornejo”;

 

Que la preinscripción en los Centros Educativos de Nivel Secundario dependientes de la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires tiene inicio en el mes de octubre de cada año;

 

Que el reglamento propuesto contempla un período amplio de preinscripción y procura homologar este período con el de los Centros Educativos de Nivel Secundario dependientes de la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que el proyecto de reglamento establece que se ponga a disposición de las/os interesadas/os los recursos humanos y tecnológicos de la escuela para facilitar su instancia de ingreso; 

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 26 de octubre de 2022, lo aconsejado por sus comisiones de Interpretación y Reglamento y de Establecimientos Secundarios y Terciarios; POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°: Aprobar el Reglamento de ingreso al Bachillerato de Jóvenes y Adultas/os, de la Escuela Superior de Comercio “Profesor Prudencio Cornejo” que obra como Anexo de la presente resolución.

 

ARTÍCULO 2°: Pase a la Secretaría General Académica y, por su intermedio, a la Escuela Superior de Comercio “Profesor Prudencio Cornejo”. Gírese a la Dirección General de Boletín Oficial y Digesto para su publicación. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL ALBERTO VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DRA. ANDREA CASTELLANO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

ANEXO

Resolución CSU-767/2022

 

REGLAMENTO DE INGRESO BACHILLERATO DE JÓVENES Y ADULTAS/OS Escuela Superior de Comercio “Profesor Prudencio Cornejo”.

 

ARTÍCULO 1º). Las/os aspirantes deberán tener 18 años cumplidos al 30 de junio del año que inician su cursado.

 

ARTÍCULO 2º). Durante el mes de septiembre de cada año se hará difusión de la preinscripción web a través de los canales de comunicación habilitados por la Universidad Nacional del Sur, el Consejo de Enseñanza Media y Superior (CEMS) y la Escuela Superior de Comercio “Profesor Prudencio Cornejo”.

 

ARTÍCULO 3º) Las/os aspirantes deberán realizar la preinscripción web en el período comprendido entre el primer día hábil del mes de octubre hasta el último día hábil del mes de febrero correspondiente al año de la inscripción en curso. Si fuese necesario, la Escuela Superior de Comercio “Profesor Prudencio Cornejo” pondrá a disposición equipamiento y personal para realizar la preinscripción en la Secretaría de la Escuela Superior de Comercio –11 de abril 445– de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

 

ARTÍCULO 4º)  El día hábil siguiente al cierre de la preinscripción, la Secretaría de la escuela publicará en la página web y en el establecimiento el listado de las/os aspirantes.

 

ARTÍCULO 5º). Para formalizar la inscripción, las/os aspirantes deberán presentar la siguiente documentación en formato papel en la Secretaría de la Escuela Superior de Comercio de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas: a) Planilla de preinscripción web firmada. b) Original y copia del DNI. c) Original y copia de certificado de estudios primarios completos. d) Original y copia de certificado analítico parcial y/o constancia de certificado analítico parcial en trámite de estudios secundarios previos, cuando corresponda.

 

ARTÍCULO 6º). El plazo de presentación de la documentación se extenderá hasta una semana previa al inicio del ciclo lectivo correspondiente al año de la inscripción en curso. De acuerdo con la documentación presentada se procederá a la distribución de las/os aspirantes, según el siguiente criterio: a) Si la/el aspirante no estuvo previamente escolarizada/o en nivel secundario, ingresa a 1º año.

b) Si la/el aspirante previamente estuvo escolarizada/o en nivel secundario, la Dirección evaluará su trayectoria académica a los fines de determinar espacios curriculares que tuviera que acreditar por equivalencia y definirá el año al que ingresa.

 

ARTÍCULO 7º)  Quienes hubieran estado escolarizadas/os en el Bachillerato de adultas/os en ciclos lectivos anteriores y hubieran discontinuado sus estudios, deberán realizar la preinscripción web a los fines de formalizar la reincorporación en los términos de los artículos 3 y 5.

 

ARTÍCULO 8º). Luego de relevada la documentación y asignado el año de cursado, si el número de ingresantes inscriptas/os superase el número de vacantes disponibles, la Dirección pondrá a consideración del CEMS una propuesta para la recepción de la matrícula excedente.

 

DR. DANIEL ALBERTO VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DRA. ANDREA CASTELLANO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO