PRESUPUESTO 1998

(Presupuesto de Prórroga 1997)

 

 

Resolución CSU-784/97

Expediente CSU-2022/97

 

BAHIA BLANCA, 23 de diciembre de 1997.

 

VISTO:

La necesidad de incorporar el Presupuesto que regirá para el Ejercicio 1998, en esta Casa de Altos Estudios; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Superior Universitario no ha aprobado aún la distribución del crédito asignado para el mencionado ejercicio;

 

Que es necesario habilitar las partidas a fin de que las distintas unidades académicas y administrativas de esta Universidad puedan comenzar a operar;

 

Que aún no se conoce la Planilla Anexa por la cual se establece el crédito asignado a las Universidades Nacionales para el Ejercicio 1998;

 

Que la Ley 24156 -Ley de Administración Financiera- en su artículo 27, establece que si al inicio del ejercicio financiero no se encontrare aprobado el presupuesto, regirá el que estuvo vigente en el ejercicio anterior, introduciendo los ajustes necesarios;

 

Que dichos ajustes han sido oportunamente considerados;

 

Que se cree prudente restringir el uso del crédito hasta un 50%, hasta tanto se apruebe definitivamente el Presupuesto que regirá para el Ejercicio 1998;

 

Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha, 18/12/97 aprobó sobre tablas el Proyecto;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Incorporar al Presupuesto de esta Casa de Altos Estudios, para el Ejercicio 1998, la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($ 34.352.280), en concepto de Presupuesto de Prórroga del Ejercicio 1997, de acuerdo al detalle obrante como Anexos I, IA, IB, IC, ID, IE y IF a la presente resolución.

 

ARTICULO 2º).- Aprobar el tipo de moneda y el financiamiento del crédito incorporado en el artículo anterior, de acuerdo al detalle obrante como Anexos II y IIA a la presente resolución.

 

ARTICULO 3º).- Establecer que el nivel de ejecución del crédito distribuido no supere el 50% hasta tanto el Consejo Superior Universitario determine fehacientemente el crédito que se asignará a cada uno de los departamentos y dependencias para el Ejercicio 1998.

 

ARTICULO 4º).- Regístrese. Pase a la Dirección General de Economía y Finanzas - Dirección de Programación y Control Presupuestario. Comuníquese a la Secretaría de Políticas Universitarias, dependiente del Ministerio de Cultura y Educación. Cumplido, archívese.

 

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

Nota: Esta Resolución se publica sin Anexos.