GESTION
DE ALUMNOS
CARGA ACTAS DE EXAMENES FINALES A
CARGO DE DOCENTES
MODIF. artículo 6º
Res. CSU-612/05
Resolución CSU- 78/12
Expte. X-33/2005
BAHIA BLANCA,
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que
en su artículo 6º la mencionada resolución establece “La carga de Actas de exámenes finales la
hará el personal administrativo del Departamento, dentro de los días 10 hábiles
posteriores a la fecha del examen.”;
Que en diciembre
del 2010 fue consensuado, en reunión de Secretarios Académicos, que a partir
del 14/02/2011 se eliminaran las operaciones de carga de Actas de exámenes para
los usuarios de gestión de los departamentos Académicos, quedando restringida
esta operatoria solo a los Docentes por la aplicación Guaraní3w;
Que corresponde,
entonces, adecuar la normativa vigente;
Que el Consejo
Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del 14 de marzo de
2012, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;
POR ELLO;
EL CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Reemplazar el artículo 6º de
ARTÍCULO 2º: Pase a
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO