ARANCELES

POSGRADOS PROFESIONALES

 

Resolución CSU-80/01

Expediente R-1502/92

BAHIA BLANCA, 27 de marzo de 2001.-

VISTO:

La solicitud de autorización para el cobro de aranceles presentada por el Presidente del Consejo de Coordinador Interdepartamental del posgrado profesional "Especialista en Gestión de la Calidad"; y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución CSU-289/96 y su modificatoria Res.CSU-013/01 habilita para efectuar tal cobro;

Que el Consejo Superior Universitario en su reunión de fecha 14 de marzo de 2001 aprobó lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Autorizar el cobro de un arancel equivalente al 50% (Cincuenta por ciento) del arancel normal fijado para el Posgrado Profesional "Especialista en Gestión de Calidad", al personal en relación de dependencia de la UNS.

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología y, por su intermedio comuníquese al Departamento de Estudios de Posgrado, al Consejo Coordinador del Posgrado en Gestión de Calidad y a los Departamentos Académicos. Gírese a la Dirección General de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO