SECRETARIOS ACADEMICOS DE DEPARTAMENTOS


Resolucion CU80/93.

Expediente CU1567/92.


BAHIA BLANCA, 19 abril 1993.


VISTO:

Las presentes actuaciones referidas a la reglamentación de los cargos de Secretarios de Facultad; y


CONSIDERANDO:

Que en la UNS los cargos presupuestarios de Secretarios de Facultad son utilizados para remunerar las funciones de Secretarios Academicos;

Que el Consejo Universitario en su reunión de fecha 14 de abril de 1993 aprobó lo dictaminado por su Comisión de Personal;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE


ARTICULO 1°). Cada Departamento deberá contar con un Secretario Academico.

ARTICULO 2°). Las funciones de los Secretarios Academicos de los Departamentos serán de carácter académico y desempeñadas por un Profesor con categoria de Adjunto como minimo, del propio Departamento.

ARTICULO 3°). Deberán ser designados por el Director del Departamento por un periodo que caducara con el de su propia gestión.

ARTICULO 4°). Serán funciones del Secretario Academico:

a) Asistir al Director del Departamento en el ámbito academico y administrativo.

b) Desempeñarse como Secretario del Consejo Departamental.

c) Redactar las actas y dar lectura de las mismas en cada sesión

d) Actuar como Secretario de las Comisiones del Consejo Departamental.

e) Refrendar las resoluciones del Director y del Consejo Departamental como asimismo toda documentación que lo requiera.

ARTICULO 5°).- La presente resolución tendra vigencia a partir del vencimiento de las actuales designaciones.

ARTICULO 6°). Pase a conocimiento de las Secretarias Generales Académica y Técnica, al Boletin Oficial, Direcciones de Personal y Economía y Finanzas. Tomen razón los Departamentos Academicos. Cumplido, archivese.



Ing. Qco. CARLOS E. MAYER

Rector

Ing. Agr. MIGUEL A. CANTAMUTTO

Sec. Gral. Consejo Universitario