SECRETARIOS ACADEMICOS DE DEPARTAMENTOS
Resolucion CU80/93.
Expediente CU1567/92.
BAHIA BLANCA, 19 abril 1993.
VISTO:
Las presentes actuaciones referidas a la reglamentación de los cargos de Secretarios de Facultad; y
CONSIDERANDO:
Que en la UNS los cargos presupuestarios de Secretarios de Facultad son utilizados para remunerar las funciones de Secretarios Academicos;
Que el Consejo Universitario en su reunión de fecha 14 de abril de 1993 aprobó lo dictaminado por su Comisión de Personal;
POR ELLO,
El Consejo Universitario
RESUELVE
ARTICULO 1°). Cada Departamento deberá contar con un Secretario Academico.
ARTICULO 2°). Las funciones de los Secretarios Academicos de los Departamentos serán de carácter académico y desempeñadas por un Profesor con categoria de Adjunto como minimo, del propio Departamento.
ARTICULO 3°). Deberán ser designados por el Director del Departamento por un periodo que caducara con el de su propia gestión.
ARTICULO 4°). Serán funciones del Secretario Academico:
a) Asistir al Director del Departamento en el ámbito academico y administrativo.
b) Desempeñarse como Secretario del Consejo Departamental.
c) Redactar las actas y dar lectura de las mismas en cada sesión
d) Actuar como Secretario de las Comisiones del Consejo Departamental.
e) Refrendar las resoluciones del Director y del Consejo Departamental como asimismo toda documentación que lo requiera.
ARTICULO 5°).- La presente resolución tendra vigencia a partir del vencimiento de las actuales designaciones.
ARTICULO 6°). Pase a conocimiento de las Secretarias Generales Académica y Técnica, al Boletin Oficial, Direcciones de Personal y Economía y Finanzas. Tomen razón los Departamentos Academicos. Cumplido, archivese.
Ing. Qco. CARLOS E. MAYER
Rector
Ing. Agr. MIGUEL A. CANTAMUTTO
Sec. Gral. Consejo Universitario