REGIMEN DE PASANTIAS INTERNAS DE LA UNS  (Mod. Inc. h) del Anexo I Res.CSU-466/09)

 

Resolución CSU-810/13

Expte. X-19/1994

 

BAHIA BLANCA, 13 de diciembre de 2013

 

            VISTO:

            Lo dispuesto por el inciso h) del Régimen de Pasantías Internas de la UNS (Anexo I de la resolución CSU-466/09);

 

            La necesidad de aclarar la forma de calcular el monto de la asignación estímulo para los pasantes;

 

            CONSIDERANDO:

            Que el inciso h) del Régimen de Pasantías Internas de la UNS dispone que “Los pasantes recibirán –como mínimo- una suma de dinero de carácter no remunerativo en calidad de asignación estímulo, que se calculará sobre el salario básico sin antigüedad del cargo de Ayudante “B” para una carga horaria de 20 (veinte) horas semanales, y que será proporcional a la carga horaria de la pasantía (de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 15º de la Ley 26427”;

 

            Que ha habido interpretaciones contradictorias sobe la forma de calcular la asignación estímulo para los pasantes;

 

            Que la redacción del mencionado inciso h) puede interpretarse en el sentido de que la asignación estímulo para el pasante que cumple 20 horas semanales debe calcularse en el doble del salario básico sin antigüedad de un Ayudante “B” o, por el contrario, interpretarse que el pasante debiera percibir por las mismas 20 horas la mitad del salario básico sin antigüedad de un Ayudante “B”;

 

            Que por ello, y para evitar discrepancias a la hora de interpretar tal regla y estando en juego la retribución de nuestros pasantes internos, es conveniente aclarar la aplicación de lo dispuesto por el inciso h) ya mencionado;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su reunión del 11 de diciembre de 2013, lo aconsejado por sus comisiones de Economía, Finanzas y Edificios e Investigaciones Científicas y Tecnológicas, Institutos, Becas y Subsidios;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Modificar el inciso h) del Anexo I de la resolución CSU-466/2009, que quedará redactado de la siguiente forma:

 

 “h) Los pasantes recibirán –como mínimo- una suma de dinero de carácter no remunerativo en calidad de asignación estímulo, que será equivalente al salario básico sin antigüedad del cargo de Ayudante “B” para una carga horaria de 10 (diez) horas semanales, y que será calculada en forma proporcional a la carga horaria de la pasantía (de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 15 de la ley 26.427).”

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Dirección General de Economía y Finanzas y a la Dirección General de Personal. Comuníquese a los Departamentos Académicos y a las Secretarías Generales. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO