PERSONAL DOCENTE

CONCURSOS PROFESORES ORDINARIOS

(Mod. CU-118/92 y modificatorias)

 

Resolución CSU-854/04

Expediente CU-1124/85.

 

BAHIA BLANCA, 20 de diciembre de 2004.

 

            VISTO:

            El artículo 14º del Estatuto de la UNS que establece los grados en los que desempeñarán sus funciones los profesores y los docentes auxiliares;

 

            La aprobación de planes de estudio donde los contenidos están organizados por áreas y disciplinas en lugar de asignaturas; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que tanto el Reglamento de Concursos de Profesores Ordinarios (Res. CU-118/92 y modificatorias), como el Reglamento de Concursos de Asistentes y Ayudantes (Resolución CSU-258/97 y modificatorias), establecen que el llamado especificará la categoría, por lo que es necesario adecuar estos Reglamentos al Estatuto;

 

            Que es necesario contemplar el caso de contenidos organizados por áreas y disciplinas en los reglamentos de concursos de cargos docentes, en lo referido al tema de la exposición pública;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 9 de diciembre de 2004, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Modificar el artículo 3º del Reglamento de Concursos de Profesores Ordinarios (Res. CU-118/92 y modificatorias), quedando su texto redactado del siguiente modo:

 

“El llamado a concurso se efectuará especificando el grado del Profesor, la dedicación, el área, la/s asignatura/s o la/s disciplina/s, y las tareas a cumplir. El llamado por disciplina se efectuará cuando los contenidos del plan de estudio se encuentren organizados de ese modo. Deberá precisar además el lugar y la fecha de apertura y cierre de la inscripción. La resolución de la solicitud del llamado a concurso deberá ser fundada por el respectivo Consejo Departamental.”

 

ARTICULO 2º).- Modificar el inciso a) del artículo 50º del Reglamento de Concursos de Profesores Ordinarios (Res. CU-118/92 y modificatorias), quedando su texto redactado del siguiente modo:

 

“cada miembro titular del Jurado remitirá por carta certificada al Director de Departamento correspondiente dos (2) sobres conteniendo cada uno de ellos un tema perteneciente al programa de la/s asignatura/s o la/s disciplina/s concursadas. Recibidos los seis (6) sobres serán numerados por el Director.”

 

ARTICULO 3º).- Pase a la Secretaría General Académica, a la Dirección General de Alumnos  Estudio, a los Departamentos Académicos y al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO