REGLAMENTO DE SUBSIDIOS PARA JÓVENES GRADUADOS
REUNIONES CIENTÍFICAS EN EL EXTERIOR
Resolución CSU-88/08
Expediente 1985/06
BAHIA BLANCA, 13 de marzo de 2008.
VISTO:
La Resolución CSU-603/06 mediante la
cual se aprueba el Reglamento de Subsidios destinados a financiar la
participación de Jóvenes Graduados en reuniones Científicas que se realicen en
el exterior;
La propuesta de modificación del
artículo 2º inciso a) presentada por la Secretaría General de Ciencia y
Tecnología; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado artículo establece
como condición para la presentación “Ser un joven graduado autor, o co-autor,
de un trabajo de investigación aceptado por las autoridades de una reunión
científica internacional con sede en el exterior”;
Que al finalizar el período de
convocatoria, la gran mayoría de los postulantes no pueden dar cumplimiento a
la condición de “aceptación del trabajo” por parte de las autoridades de la
reunión científica;
Que el Consejo Superior
Universitario, en su reunión de fecha 12 de marzo de 2008, aprobó lo aconsejado
por su Comisión de Investigaciones Científicas y Tecnológicas, Institutos,
Becas y Subsidios;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO
1º).- Modificar el Artículo 2º inciso a) de la Resolución Nº CSU-603/06 de
fecha 23 de agosto de 2006, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Ser un joven graduado autor o co-autor, de un trabajo de investigación
aceptado por las autoridades de una reunión científica internacional con sede
en el exterior. Podrán admitirse presentaciones que al cierre de la
convocatoria tengan al menos la constancia de envío del trabajo. En caso de ser
beneficiario del subsidio, la efectivización del mismo quedará condicionada a
la aceptación de dicho trabajo.”
ARTICULO
2º).- Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología. Tomen razón los
Departamentos Académicos y el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. JORGE CARRICA
SEC. GRAL. CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO