ALUMNOS

SOLICITUDES EXCEPCION, PRORROGAS Y REVALIDA DE MATERIAS

Resolución CSU-891/00

Expediente L-1576/61

BAHIA BLANCA, 12 de diciembre de 2000.

VISTO:

La Resolución CU-388/89, mediante la cual se delega en los Consejos Departamentales la facultad de resolver las solicitudes de excepción formuladas por alumnos, relativas a las condiciones establecidas en los planes de estudio;

Que dicho trámite se inicia en la Dirección General de Alumnos y Estudio a fin de adjuntar los antecedentes curriculares de los alumnos y posteriormente se eleva a los respectivos Departamentos; y

CONSIDERANDO:

Que actualmente, los Departamentos tienen acceso directo a todo tipo de información académica y ficha personal de los alumnos, ya que se encuentran en red con la Dirección General de Alumnos y Estudio;

Que es necesario agilizar los trámites, dado que el alumno necesita una rápida resolución para poder cumplir con su plan de estudio y evitar así posibles irregularidades;

Que el Consejo Superior Universitario en su reunión de fecha 6 de diciembre de 2000, aprobó el dictamen de su Comisión de Interpretación y Reglamento;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Establecer que las solicitudes de pedido de equivalencias internas, excepción, prórrogas y reválida de materias vencidas, deberán presentarse en el Departamento correspondiente a la carrera en que se halla inscripto el alumno.

ARTICULO 2º).- El Consejo Departamental respectivo deberá girar a la Dirección General de Alumnos y Estudio el dictamen de cada caso a fin de tomar conocimiento y hacer los registros correspondientes.

ARTICULO 3º).- Derogar toda normativa que se oponga a la presente Resolución.

ARTICULO 4º).- Pase a la Secretaría General Académica y a la Dirección de Alumnos y Estudio. Tomen razón los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO