ALUMNOS
SOLICITUDES EXCEPCION, PRORROGAS Y REVALIDA DE MATERIAS
Resolución CSU-891/00
Expediente L-1576/61
BAHIA BLANCA, 12 de diciembre de 2000.
VISTO:
La Resolución CU-388/89, mediante la cual se delega en los Consejos Departamentales la facultad de resolver las solicitudes de excepción formuladas por alumnos, relativas a las condiciones establecidas en los planes de estudio;
Que dicho trámite se inicia en la Dirección General de Alumnos y Estudio a fin de adjuntar los antecedentes curriculares de los alumnos y posteriormente se eleva a los respectivos Departamentos; y
CONSIDERANDO:
Que actualmente, los Departamentos tienen acceso directo a todo tipo de información académica y ficha personal de los alumnos, ya que se encuentran en red con la Dirección General de Alumnos y Estudio;
Que es necesario agilizar los trámites, dado que el alumno necesita una rápida resolución para poder cumplir con su plan de estudio y evitar así posibles irregularidades;
Que el Consejo Superior Universitario en su reunión de fecha 6 de diciembre de 2000, aprobó el dictamen de su Comisión de Interpretación y Reglamento;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Establecer que las solicitudes de pedido de equivalencias internas, excepción, prórrogas y reválida de materias vencidas, deberán presentarse en el Departamento correspondiente a la carrera en que se halla inscripto el alumno.
ARTICULO 2º).- El Consejo Departamental respectivo deberá girar a la Dirección General de Alumnos y Estudio el dictamen de cada caso a fin de tomar conocimiento y hacer los registros correspondientes.
ARTICULO 3º).- Derogar toda normativa que se oponga a la presente Resolución.
ARTICULO 4º).- Pase a la Secretaría General Académica y a la Dirección de Alumnos y Estudio. Tomen razón los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.
DR. LUIS MARIA FERNANDEZ
RECTOR
DR. LEANDRO BENGOCHEA
SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO