PREMIO ANUAL

CARRERAS DE INGENIERIA Y AGRIMENSURA / MEJORES PROMEDIOS

 

Resolución CSU-911/05

Expediente 3625/05

 

BAHIA BLANCA, 15 de diciembre de 2005.

 

            VISTO:

            La propuesta consensuada entre el Departamento de Ingeniería de la UNS, el Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires (Distrito I) y el Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires (Colegio de Distrito III) tendiente a instituir anualmente un Premio que reconozca a los mejores egresados de las carreras de Ingeniería y de Agrimensura, que se dictan en los distintos Departamentos de la Universidad Nacional del Sur; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que la finalidad de la propuesta de otorgar tal distinción es poner en evidencia ante la comunidad el alto grado de excelencia alcanzado por los graduados de las distintas carreras de Ingeniería y de Agrimensura, que a lo largo de la historia de la Universidad se ha plasmado en la ocupación por parte de muchos de ellos, en cargos de relevante importancia tanto en el país y como fuera de él.

 

            Que con el mismo se premia el esfuerzo, la capacidad y la dedicación que sus egresados han realizado para obtener su preciado título con altas calificaciones y en tiempo considerado razonable para el desarrollo  de sus carreras;

 

            Que el presente premio se otorga con el consentimiento de los Departamentos de Ingeniería, de Agronomía, de Ingeniería Eléctrica y Computadoras y de Ingeniería Química;

 

            Que el Consejo Superior Universitario, en su reuníón de fecha 14 de diciembre de 2005 aprobó lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

            POR ELLO,

 

ARTICULO 1º).-. Aprobar el otorgamiento de un Premio Anual a cada uno de los Mejores Egresados de las carreras de Ingeniería y Agrimensura que se dictan en la UNS de acuerdo con el Reglamento que corre como Anexo de la presente resolución.

 

ARTICULO 2º).- A tal fin, el Colegio de Ingenieros  de la Provincia de Buenos Aires Distrito I y el Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires  (Colegio de Distrito III), otorgarán a los egresados distinguidos, una medalla y diploma que lo acrediten.

 

ARTICULO 3º).- Pase a la Secretaría General Académica a todos sus efectos y comuníquese a los Departamentos de Ingeniería, Agronomía, Ingeniería Eléctrica y de Computadores e Ingeniería Química. Cumplido, archívese.

 

MG. JORGE RAUL ARDENGHI

VICERRECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

 

A N E X O

(Resol. CSU-911/05)

 

REGLAMENTO PARA OTORGAR PREMIOS ANUALES A LOS MEJORES EGRESADOS DE LAS CARRERAS DE INGENIERIAS Y AGRIMENSURA

 

ARTICULO 1º).- El Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, Distrito I, el Colegio de Agrimensores de la Provincia de Buenos Aires, Distrito III, y la Universidad Nacional del Sur acuerdan instituir anualmente premios para reconocer a egresados sobresalientes de las carreras de Ingeniería y Agrimensura que se dictan en la Universidad de acuerdo con lo que establece el presente reglamento.

 

ARTICULO 2º).- Los premios a instituir tienen por objeto distinguir públicamente a quienes se hayan destacado por su capacidad y dedicación al estudio durante su carrera universitaria, alcanzando un nivel sobresaliente de capacitación científico técnica que es reconocido por esta Universidad y los Colegios Profesionales participantes.

 

ARTICULO 3º).- Los premios se otorgarán anualmente y consistirán en medalla y diploma que así lo acrediten. Su entrega se llevará a cabo en la última colación de grado de cada año que realice la Universidad Nacional del Sur.

 

ARTICULO 4º).- Los candidatos a obtener el premio deberán ser graduados de alguna de las carreras de Ingeniería o de Agrimensura colegiadas que se dictan en esta Universidad, poseer un promedio igual o superior al promedio histórico de la carrera, no haber tenido ningún aplazo durante sus estudios universitarios y haber realizado los mismos en un término que de ninguna manera podrá superar un cincuenta por ciento (50%) al plazo nominal de la carrera.

 

ARTICULO 5º).- A efectos de determinar al mejor candidato a la obtención del Premio, se aplicará la siguiente expresión que determinará el mejor rendimiento académico:

 


 

 

Indice de Rendimiento académico                  

=

P.A

´ 

D.N.C.

 

 

P.H.C

 

D.R.

 

 

 

 

 

 

 

Siendo:

P.A.     = Promedio del Alumno

P.H.C. = Promedio Histórico de la Carrera

D.N.C  = Duración Nominal de la Carrera en Años

D.R.     = Duración Real de la Carrera en Años.

 

 


ARTICULO 6º).- Los candidatos deberán haber recibido su diploma habilitante en alguna de las colaciones de grado que la Universidad Nacional del Sur llevara a cabo durante el año.

 

ARTICULO 7º).- Los Consejos Departamentales correspondientes seleccionarán el postulante al Premio por cada carrera, que mejor cumpla las condiciones establecidas en los artículos 4º y 5º, siendo su decisión, inapelable.

 

 

MG. JORGE RAUL ARDENGHI

VICERRECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO