ADHESION DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO A DECLARACION DE USHUAIA DEL 25/2/12 SOBERANIA SOBRE ISLAS  MALVINAS

 

Resolución CSU-93/12

Expte.  816/2012

 

Bahía Blanca, 30 de marzo de 2012

 

 

VISTO:

 

La “Declaración de Ushuaia” suscripta por los integrantes de las comisiones de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados y del Senado de la Nación, el 25 de febrero de 2012 en la ciudad de Ushuaia (Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur;

 

Que el Congreso de la Nación mediante votaciones unánimes en el Senado y en la Cámara de Diputados refrendó el texto de la declaración mencionada, convirtiéndolo en ley;

 

CONSIDERANDO:

 

Que el texto mencionado en el visto declara la legítima e imprescriptible soberanía de la República Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, tal como lo establece la Constitución Nacional; expresa su total convicción acerca de la situación colonial de las Islas, que afecta la integridad territorial de la República Argentina; reafirma la vocación por el diálogo y la paz de la República Argentina en un esfuerzo sostenido para recuperar el ejercicio de la soberanía sobre esos territorios, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme al derecho internacional; advierte, ante la comunidad internacional y las Naciones Unidas, acerca de la militarización e introducción de armas nucleares en el Atlántico Sur por parte del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en violación de la Zona de Paz; insta al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a cumplir con las resoluciones adoptadas por la Asamblea General de la ONU y refrendadas anualmente por su Comité Especial de Descolonización con el fin de alcanzar una solución pacífica sobre la cuestión Malvinas; establece que se acerque dicha Declaración a todos los Parlamentos y a todos los foros y organismos internacionales correspondientes, a efectos de promover su apoyo a la reanudación de la negociación entre ambos países;

 

Que la Universidad Nacional del Sur debe expedirse al respecto en tanto institución pública de educación superior;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del 28 de marzo de 2012, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

POR ELLO;

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Adherir en todos sus términos a la Declaración de Ushuaia del 25 de febrero de 2012.

 

ARTÍCULO 2º: Recordar a los ciudadanos argentinos que combatieron en defensa de los derechos soberanos de nuestra Nación durante el último conflicto del Atlántico Sur.

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Pase a la Dirección de Prensa y Ceremonial para su difusión en los medios locales y a la Dirección General de Sistemas Informáticos para su publicación en la página Web de la Universidad Nacional del Sur. Tome razón el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.      

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

 

ANEXO RES. CSU-`93/12

Declaración de Ushuaia

(25 de febrero de 2012, Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur)

“1 – La legítima e imprescriptible soberanía de la República Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, tal como lo establece la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, en su condición de partes integrantes del territorio nacional, en consonancia con lo dispuesto por la ley 26.552, que fija los límites de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y por la documentación que establece la delimitación de la plataforma continental argentina, presentada por el gobierno argentino ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, en cumplimiento de lo dispuesto por el Anexo II de la Convención sobre Derecho del Mar.

2 – Su total convicción acerca de la situación colonial de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur que afecta la integridad territorial de la República Argentina y de que la disputa entre los gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte acerca de la soberanía sobre esos territorios debe resolverse pacíficamente, de acuerdo con lo dispuesto por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante las Resoluciones 2065 (XX), 3160 (XXVIII), 31/49, 37/9, 38/12, 39/6, 40/21, 41/40, 42/19 y 43/25, que instan a ambos gobiernos a proseguir las negociaciones, en el marco de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho Internacional, conforme a las recomendaciones del Comité de Descolonización de las Naciones Unidas, y a abstenerse de adoptar decisiones que impliquen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras continúe el proceso de negociación.

3– Su reafirmación de la vocación por el diálogo y la paz de la República Argentina respecto de las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes en un esfuerzo sostenido para recuperar el ejercicio de la soberanía sobre esos territorios, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme al derecho internacional. En este sentido, una vez más instamos a las negociaciones de soberanía con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

4– Su advertencia ante la comunidad internacional y las Naciones Unidas de la militarización e introducción de armas nucleares en el Atlántico Sur, por parte del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en violación de la Zona de Paz (Resolución Asamblea General ONU 41/11) y el rechazo a la realización de prácticas contrarias a la necesidad de mantener a la región libre de medidas de militarización, de carreras armamentísticas, de presencia militar extraregional y de armas nucleares.

5– Su rechazo a la persistente actitud colonialista y militarista del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el Atlántico Sur, vulnerando los legítimos derechos soberanos de la República Argentina y desconociendo las Resoluciones de las Naciones Unidas que instan a la búsqueda de una solución pacífica, justa y duradera en la Cuestión de las Islas Malvinas.

6– Su condena a las acciones unilaterales ilegítimas de Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en materia pesquera e hidrocarburífera que violan las diversas resoluciones de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, y su denuncia del potencial peligro de un desastre medioambiental en el Atlántico Sur como consecuencia de actividades ilegales del Reino Unido en la zona. En este sentido, nuestra posición es acompañar todas las decisiones que conviertan a la República Argentina en un activo participante de las acciones de protección del medio ambiente en la Antártida y el Atlántico Sur.

7 – Su respaldo a la presentación de la República Argentina, ante la Comisión de Limites de la Plataforma Continental (CLPC), el organismo creado por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Esto implicó reafirmar la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, y el acceso a los recursos allí disponibles. El apoyo a los propósitos del Tratado Antártico, como su sistema jurídico, para asegurar una pacífica convivencia internacional en la zona, profundizando el compromiso de protección del medio ambiente, la conservación de sus ecosistemas, y el uso racional de los recursos vivos marinos antárticos, para fortalecer el respaldo continental para el establecimiento de políticas nacionales y regionales de carácter integrador.

8– Su voluntad de instar a la Unión Europea a revisar lo dispuesto en el Tratado de la Unión Europea (TUE Maastricht, 1992), Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE, Lisboa, 2007), en relación a la estrategia de asociación PTU–CE en 2013 (Países y Territorios de Ultramar) – cuando expira la actual Decisión de Asociación – y que la Comisión Europea ya está elaborando, para que la Unión Europea reconozca la situación particular de estos territorios conforme resulta, no solo de las afirmaciones argentinas, sino de las resoluciones de las Naciones Unidas. En este sentido, agradece a los países Europeos que constantemente apoyan las citadas resoluciones.

9– Su profundo agradecimiento a los gobiernos y pueblos hermanos de Chile, Uruguay y Brasil, por sus recientes manifestaciones reiterando el compromiso asumido, de impedir el ingreso a sus puertos de barcos identificados con la bandera ilegal de las Islas Malvinas, apoyando así una vez más la posición argentina respecto de su soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes. También agradece el apoyo del MERCOSUR y Estados Asociados, la OEA, la UNASUR, la CELAC y el ALBA, así como grupos bi–regionales o regionales como la Cumbre Iberoamericana, la Cumbre América del Sur África (ASA), la Cumbre de países Sudamericanos y países Árabes (AFA) y el Grupo de los 77 más China. Al mismo tiempo, manifiesta su respaldo a las gestiones que vienen desarrollando los gobiernos argentinos de la democracia en todos los Foros internacionales con el objetivo de que el conjunto de la comunidad internacional se manifieste a favor del cumplimiento de la Resolución 2065 de Naciones Unidas.

10– Su decisión de instar al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a cumplir con las resoluciones adoptadas por la Asamblea General de la ONU, y refrendadas anualmente por su Comité Especial de Descolonización, con el fin de alcanzar una solución pacífica sobre la disputa de soberanía concerniente a la Cuestión Malvinas. Asimismo, manifiesta su voluntad de hacer llegar esta Declaración a todos los Parlamentos, en particular a los de la región y a todos los foros y organismos internacionales correspondientes, a efectos de promover su apoyo a la reanudación de la negociación entre ambos países para alcanzar una solución pacífica y definitiva a la disputa de soberanía sobre Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes”.