ADHESION DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO A DECLARACION DE
USHUAIA DEL 25/2/12 SOBERANIA SOBRE ISLAS
MALVINAS
Resolución CSU-93/12
Expte. 816/2012
Bahía
Blanca, 30 de marzo de 2012
VISTO:
La “Declaración de Ushuaia” suscripta por los
integrantes de las comisiones de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados
y del Senado de la
Nación, el 25 de febrero de 2012 en la ciudad de Ushuaia
(Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur;
Que el Congreso de la Nación mediante
votaciones unánimes en el Senado y en la Cámara de Diputados refrendó el texto de la
declaración mencionada, convirtiéndolo en ley;
CONSIDERANDO:
Que el texto mencionado en el
visto declara la legítima e
imprescriptible soberanía de la República Argentina sobre las Islas Malvinas,
Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios
marítimos circundantes, tal como lo establece la Constitución Nacional;
expresa su total convicción acerca de la situación colonial de las Islas, que
afecta la integridad territorial de la República Argentina;
reafirma la vocación por el diálogo y la paz de la República Argentina
en un esfuerzo sostenido para recuperar el ejercicio de la soberanía sobre esos
territorios, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme al derecho
internacional; advierte, ante la comunidad internacional y las Naciones Unidas,
acerca de la militarización e introducción de armas nucleares en el Atlántico
Sur por parte del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en violación
de la Zona de
Paz; insta al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a cumplir con las
resoluciones adoptadas por la Asamblea General de la ONU y refrendadas anualmente
por su Comité Especial de Descolonización con el fin de alcanzar una solución
pacífica sobre la cuestión Malvinas; establece que se acerque dicha Declaración
a todos los Parlamentos y a todos los foros y organismos internacionales
correspondientes, a efectos de promover su apoyo a la reanudación de la
negociación entre ambos países;
Que la Universidad Nacional
del Sur debe expedirse al respecto en tanto institución pública de educación
superior;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del 28 de marzo de 2012, lo
aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;
POR ELLO;
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Adherir en todos sus términos a la Declaración de
Ushuaia del 25 de febrero de 2012.
ARTÍCULO 2º: Recordar a los ciudadanos argentinos que combatieron
en defensa de los derechos soberanos de nuestra Nación durante el último
conflicto del Atlántico Sur.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Pase a la Dirección de
Prensa y Ceremonial para su difusión en los medios locales y a la Dirección General
de Sistemas Informáticos para su publicación en la página Web de la
Universidad Nacional del Sur. Tome razón el Boletín Oficial.
Cumplido, archívese.
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO
ANEXO RES. CSU-`93/12
Declaración de Ushuaia
(25 de febrero de
2012, Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
Sur)
“1 – La legítima e
imprescriptible soberanía de la República Argentina sobre las Islas Malvinas,
Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios
marítimos circundantes, tal como lo establece la Disposición
Transitoria Primera de la Constitución Nacional,
en su condición de partes integrantes del territorio nacional, en consonancia
con lo dispuesto por la ley 26.552, que fija los límites de la Provincia de Tierra del
Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y por la documentación que
establece la delimitación de la plataforma continental argentina, presentada
por el gobierno argentino ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental,
en cumplimiento de lo dispuesto por el Anexo II de la Convención sobre
Derecho del Mar.
2 – Su total convicción
acerca de la situación colonial de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y
Sándwich del Sur que afecta la integridad territorial de la República Argentina
y de que la disputa entre los gobiernos de la República Argentina
y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte acerca de la soberanía
sobre esos territorios debe resolverse pacíficamente, de acuerdo con lo
dispuesto por la
Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante las
Resoluciones 2065 (XX), 3160 (XXVIII), 31/49, 37/9, 38/12, 39/6, 40/21, 41/40,
42/19 y 43/25, que instan a ambos gobiernos a proseguir las negociaciones, en
el marco de la Carta
de las Naciones Unidas y del Derecho Internacional, conforme a las
recomendaciones del Comité de Descolonización de las Naciones Unidas, y a
abstenerse de adoptar decisiones que impliquen la introducción de
modificaciones unilaterales en la situación mientras continúe el proceso de
negociación.
3– Su reafirmación de la
vocación por el diálogo y la paz de la República Argentina
respecto de las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich
del Sur y los espacios marítimos circundantes en un esfuerzo sostenido para
recuperar el ejercicio de la soberanía sobre esos territorios, respetando el
modo de vida de sus habitantes y conforme al derecho internacional. En este
sentido, una vez más instamos a las negociaciones de soberanía con el Reino
Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
4– Su advertencia ante la
comunidad internacional y las Naciones Unidas de la militarización e
introducción de armas nucleares en el Atlántico Sur, por parte del Reino Unido
de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en violación de la Zona de Paz (Resolución
Asamblea General ONU 41/11) y el rechazo a la realización de prácticas
contrarias a la necesidad de mantener a la región libre de medidas de
militarización, de carreras armamentísticas, de presencia militar extraregional y de armas nucleares.
5– Su rechazo a la
persistente actitud colonialista y militarista del Reino Unido de Gran Bretaña
e Irlanda del Norte en el Atlántico Sur, vulnerando los legítimos derechos
soberanos de la
República Argentina y desconociendo las Resoluciones de las
Naciones Unidas que instan a la búsqueda de una solución pacífica, justa y
duradera en la
Cuestión de las Islas Malvinas.
6– Su condena a las
acciones unilaterales ilegítimas de Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del
Norte en materia pesquera e hidrocarburífera que
violan las diversas resoluciones de las Naciones Unidas y de la Organización
de Estados Americanos, y su denuncia del potencial peligro de un desastre
medioambiental en el Atlántico Sur como consecuencia de actividades ilegales
del Reino Unido en la zona. En este sentido, nuestra posición es acompañar
todas las decisiones que conviertan a la República Argentina
en un activo participante de las acciones de protección del medio ambiente en la Antártida y el
Atlántico Sur.
7 – Su respaldo a la
presentación de la República Argentina, ante la Comisión de
Limites de la
Plataforma Continental (CLPC), el organismo creado por la Convención de
las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Esto implicó reafirmar la
soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich
del Sur y los espacios marítimos circundantes, y el acceso a los recursos allí
disponibles. El apoyo a los propósitos del Tratado Antártico, como su sistema
jurídico, para asegurar una pacífica convivencia internacional en la zona,
profundizando el compromiso de protección del medio ambiente, la conservación
de sus ecosistemas, y el uso racional de los recursos vivos marinos antárticos,
para fortalecer el respaldo continental para el establecimiento de políticas
nacionales y regionales de carácter integrador.
8– Su voluntad de instar a la Unión Europea
a revisar lo dispuesto en el Tratado de la Unión Europea
(TUE Maastricht, 1992), Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
(TFUE, Lisboa, 2007), en relación a la estrategia de asociación PTU–CE en 2013 (Países y Territorios de Ultramar) – cuando
expira la actual Decisión de Asociación – y que la Comisión Europea
ya está elaborando, para que la Unión Europea reconozca la situación particular
de estos territorios conforme resulta, no solo de las afirmaciones argentinas,
sino de las resoluciones de las Naciones Unidas. En este sentido, agradece a
los países Europeos que constantemente apoyan las citadas resoluciones.
9– Su profundo
agradecimiento a los gobiernos y pueblos hermanos de Chile, Uruguay y Brasil,
por sus recientes manifestaciones reiterando el compromiso asumido, de impedir
el ingreso a sus puertos de barcos identificados con la bandera ilegal de las
Islas Malvinas, apoyando así una vez más la posición argentina respecto de su
soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los
espacios marítimos circundantes. También agradece el apoyo del MERCOSUR y Estados
Asociados, la OEA,
la UNASUR, la CELAC y el ALBA, así como grupos
bi–regionales o regionales como la Cumbre Iberoamericana,
la Cumbre
América del Sur África (ASA), la Cumbre de países
Sudamericanos y países Árabes (AFA) y el Grupo de los 77 más China. Al mismo
tiempo, manifiesta su respaldo a las gestiones que vienen desarrollando los gobiernos
argentinos de la democracia en todos los Foros internacionales con el objetivo
de que el conjunto de la comunidad internacional se manifieste a favor del
cumplimiento de la
Resolución 2065 de Naciones Unidas.
10– Su decisión de instar
al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a cumplir con las
resoluciones adoptadas por la Asamblea General de la ONU, y refrendadas anualmente
por su Comité Especial de Descolonización, con el fin de alcanzar una solución
pacífica sobre la disputa de soberanía concerniente a la Cuestión Malvinas.
Asimismo, manifiesta su voluntad de hacer llegar esta Declaración a todos los Parlamentos,
en particular a los de la región y a todos los foros y organismos
internacionales correspondientes, a efectos de promover su apoyo a la
reanudación de la negociación entre ambos países para alcanzar una solución
pacífica y definitiva a la disputa de soberanía sobre Islas Malvinas, Georgias del
Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes”.