CEMS
NORMAS
DE CURSADO Y EVALUACION MAGISTERIO SUPERIOR (Modif. CSU-285/00)
Resolución CSU-943/09
Expte.X-1/79
(61/79)
BAHIA BLANCA, 18 diciembre de 2009
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer las
condiciones para conservar la regularidad de los alumnos de los Profesorados de
Educación Inicial y Primaria;
Que el Consejo Superior Universitario
en su sesión de fecha 16 de diciembre de 2009, aprobó lo recomendado por su
Comisión de Establecimientos Secundarios y;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO
1º).- Incorporar al artículo 2º de
“Para
conservar el carácter de REGULAR, el alumno deberá aprobar por lo menos 1 (una)
asignatura en el plazo de 2 (dos) años corridos.
Los
alumnos que pierdan su regularidad serán reincorporados al Plan de Estudios
vigente.”
ARTICULO
2º).- Pase a
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
ABOG. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO