CURSOS INTENSIVOS DE VERANO

ASIGNAC. COMPLEMENTARIAS MODIF. CSU-948/06, ART. 1º

 

 

Resolución CSU-946/09

Expte. X-33/98 (1526/98)

 

BAHIA BLANCA, 18 diciembre 2009

 

            VISTO:

            Las Resoluciones Nº CSU-769/02 y CSU-900/05 por las cuales se estableció la modalidad de ingreso a la Universidad Nacional del Sur y la actualización de la retribución a los docentes responsables del dictado de los mismos respectivamente;

 

            Que los docentes a cargo de las diferentes instancias de toma de exámenes y dictado de cursos para el ingreso de alumnos son remunerados mediante asignaciones complementarias, fijadas por la Resolución Nº CSU-656/02; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que los salarios del personal docente de la Universidad Nacional del Sur se han incrementado a lo largo del corriente año;

 

            Que, por este mismo motivo, es adecuado ajustar los montos de las asignaciones complementarias de los docentes que tienen a cargo la toma de exámenes de diagnóstico, el dictado de los Cursos y Exámenes de Nivelación que se establecieron mediante Resolución CSU-900/05;

 

            Que se ha realizado el costeo y presupuesto de los Cursos de Nivelación y es posible atender al aumento propuesto en las remuneraciones de los docentes que estarán a cargo del dictado de los mismos;

           

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su reunión del 16 de diciembre de 2009, lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Modifcar los montos establecidos en el artículo 1º de la Resolución CSU-948/06, de acuerdo al siguiente detalle:

 

§    Asignación complementaria para profesores a cargo de tareas de la Etapa de Nivelación: DOS MIL QUINIENTOS PESOS ($ 2500)

 

§    Asignación complementaria para auxiliares de tareas de la Etapa de Nivelación: MIL PESOS ($ 1000)

 

ARTICULO 2º).- Imputar la erogación que implique el pago a profesores y auxiliares responsables de las etapas de nivelación del mecanismo de ingreso a la UNS al Centro de Costos 58, Fuente F.1.1.

 

ARTICULO 3º).- Pase a la Secretaría General Académica, a las Direcciones Generales de Economía y Finanzas y de Personal. Tomen razón los departamentos académicos. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

ABOG. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO