PERSONAL DOCENTE
PAUTAS PARA PERIODOS ALTAS
Resolución
CSU-094/08
Expediente
CSU-1076/01
BAHIA BLANCA, 13 de marzo de 2008.
VISTO:
La necesidad de establecer pautas
para los períodos de altas de cargos docentes en la Universidad Nacional del
Sur, dadas las condiciones presupuestarias actuales y las efectivas necesidades
de prestación de servicios académicos; y
CONSIDERANDO:
Que las prestaciones académicas de
docencia se distribuyen en dos cuatrimestres al año;
Que para dar cobertura a dichas
prestaciones, resulta conveniente dar de alta a los docentes en el período
inmediato anterior al inicio de cada cuatrimestre, o eventualmente en las
primeras semanas luego del inicio de cada uno de ellos;
Que por razones de operatividad
resulta conveniente exceptuar a los Ayudantes “B” de estos considerandos;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó en su reunión del 12 de marzo de 2008 lo aconsejado por su
Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;
POR
ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO
1º).- Aprobar las pautas para los períodos de altas de cargos docentes en la
Universidad Nacional del Sur que consta como Anexo de la presente resolución.
ARTICULO
2º).- Pase a las Secretarías Generales Técnica y Académica. Gírese a las
Direcciones Generales de Personal y de Economía y Finanzas . Comuníquese a los
Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. JORGE CARRICA
SEC. GRAL. CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO
A N E X O
Resolución CSU-94/08
1.
Las altas de los cargos docentes
universitarios sólo podrán efectivizarse a partir del inicio de las actividades
docentes y administrativas de cada año, hasta 30 días corridos luego de
comenzado el primer cuatrimestre; y a partir de la reanudación de dichas
actividades luego del receso invernal y hasta 30 días corridos luego de
comenzado el segundo cuatrimestre.
2.
Fuera De los períodos indicados
y de los períodos de receso docente y administrativo, las altas serán admitidas
en los siguientes casos:
a) Altas
de cargos de Ayudantes “B”
b) Cobertura
de suplencias dentro de los diez días hábiles posteriores al inicio de
licencias sin goce de haberes.
c) Cobertura
de cargos por concurso o llamado a inscripción, cuando el cargo hubiere estado
ocupado hasta la fecha del alta.
3.
Designaciones directas motivadas
por renuncias o fallecimientos, dentro de los primeros diez días hábiles de
producida la causal.
DR.
GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. JORGE CARRICA
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO