CEMS
MANUAL
DE EVALUACION DE ANTECEDENTES (INTERINOS Y SUPLENTES) DEROGA CSU-585/02
Resolución CSU-974/10
Expediente X-79/07 (Expte. 1597/96)
Bahia Blanca, 24 noviembre 2010.
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que resulta imprescindible
actualizar las pautas vigentes, las cuales serán aplicadas en los próximos
“Llamados a Inscripción para la cobertura de Interinatos y Suplencias”;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó sobre tablas en su reunión de l17 de noviembre de 2010 lo
aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios,
POR ELLO
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E
ARTICULO
1º).- Derogar
ARTICULO
2º).- Aprobar el Manual de Avaluación de Antecedentes del Consejo de Enseñanza
Media y Superior que consta como Anexos I y II de la presente resolución.
ARTICULO
3º).- Pase a
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO
ANEXO
I
Res. CSU-974/10
PARTE
I – BASES GENERALES PARA
1)-
Condiciones para
Todo aspirante
deberá presentar una carpeta numerada con la siguiente documentación en
fotocopias autenticadas:
1) Título
habilitante (de cada título se debe presentar el correspondiente certificado
analítico) Aunque los títulos ya hayan sido entregados en inscripciones
anteriores se deberán entregarlos nuevamente.
2) Otro/s título/s
3) Certificación de
antigüedad docente
a) en todos los
niveles
b) en el espacio
curricular y/o cargo en que se inscribe.
4) Certificación de
concepto obtenido en los dos últimos años trabajados.
5) Certificación de
capacitación docente.
6) Publicaciones,
becas, premios y cargos obtenidos por concurso.
7) Cursos de
capacitación
8) Otros
antecedentes.
Los auxiliares docentes de las EMUNS y los
ayudantes de Clases Prácticas del Departamento de Recursos Didácticos (DRD) que
se encuentran en actividad podrán inscribirse sin reunir el perfil requerido
para el cargo.
·
No se tendrán en cuenta fotocopias de los cuadernos
de actuación docente, ni recibos de sueldo como certificación.
·
NO se recibirán carpetas que no tengan el concepto
de los dos últimos años trabajados.
·
En la organización de la carpeta deberá respetarse
el orden establecido en las condiciones antes citadas para la inscripción.
·
Si
Ingresantes en
a) Nivel Inicial y
Escuela Primaria o nivel equivalente: se requiera contar con cuarenta (40) años de edad
como máximo a la fecha de inscripción en el concurso o llamado a inscripción.
b) Escuela de CBC,
Ciclo Superior, Terciarios y equivalentes: Tener menos de sesenta y cinco
(65) años de edad al momento de la inscripción.
c) Para el cargo de Maestro
Coordinador se requiere contar con cuarenta (40) años de edad como máximo
al momento de la inscripción.
Jubilados:
Se
confeccionará un listado complementario de aspirantes jubilados al que las
direcciones de los respectivos establecimientos educativos, recurrirán una vez
agotado el listado de aspirantes en actividad.
2)-
Títulos:
Sólo se considerarán títulos
expedidos por organismos oficiales o reconocidos oficialmente, de nivel
universitario o superior no universitario. Los títulos detallados se incluyen a
modo de orientación pudiendo
Independientemente
del título de base de nivel terciario o universitario, los aspirantes con
título de postgrado quedarán habilitados para dictar el espacio curricular afín
al mismo.
En
todos los casos, los títulos expedidos por
Para el nivel terciario se requerirá:
a) – Título docente
de origen universitario de carreras de duración no inferior a cuatro años.
b) - Para el Profesorado
de Educación Primaria e Inicial de
c) – En las áreas
especiales de Música, Plástica, Teatro, Educación Física y Expresión Corporal,
serán excepcionalmente considerados títulos habilitantes no expedidos por Universidades
Nacionales, si incluyen al menos uno de los siguientes requisitos
·
Haberse desempeñado en lo específico, capacitando
docentes de los niveles del Magisterio (talleres, seminarios)
·
Registrar antigüedad docente de no menos de 2 (dos)
años en los niveles primario y/o inicial.
·
Registrar antigüedad docente de no menos de 2 (dos)
años en Institutos de Formación Docente.
Se confeccionarán dos listados
·
Uno Oficial de aspirantes con título universitario
y uno Complementario con títulos no universitarios. Una vez agotado el primero
se recurrirá al segundo listado de aspirantes con títulos no universitarios.
Puntaje
de Títulos:
Carreras
de cuatro o más años de duración
Títulos Universitarios:
Título universitario docente específico expedido
por Universidad Nacional: 24 puntos
Título universitario docente específico expedido
por Universidad Privada: 23 puntos
Título universitario docente afín expedido por
Universidad Nacional: 20 puntos
Título universitario docente afín expedido por
Universidad Privada: 19 puntos
Título universitario profesional específico
expedido por Universidad Nacional: 20
puntos
Título universitario profesional específico
expedido por Universidad Privada: 19
puntos
Título universitario profesional afín expedido por
Universidad Nacional: 19 puntos
Título universitario profesional afín expedido por
Universidad Privada: 18 puntos
Títulos terciarios:
Título terciario (superior no universitario)
docente específico: 19 puntos
Título terciario docente afín: 17 puntos
Título terciario profesional específico 16 puntos
Título terciario profesional afín: 15 puntos
Carreras de duración inferior a cuatro años:
Títulos universitarios:
Título universitario profesional/docente específico
expedido por Universidad Nacional: 18
puntos
Título universitario profesional/docente específico
expedido por universidad Privada: 17
puntos
Título universitario profesional/docente afín
expedido por Universidad Nacional: 17
puntos
Título universitario profesional/docente afín
expedido por Universidad Privada: 16
puntos
Títulos terciarios:
Título terciario docente específico expedido por
Universidad Nacional: 16 puntos
Título terciario docente específico expedido por
Universidad Privada: 15 puntos
Título terciario docente específico expedido por
Institutos Terciarios: 14 puntos
Título terciario profesional de tres años expedido
por Universidad Nacional: 14 puntos
Título terciario profesional de tres años expedido
por Universidad Privada: 13 puntos
Título terciario profesional específico de tres
años expedido por Institutos Terciarios: 12
puntos
Título terciario profesional afín de tres años
expedido por Institutos Terciarios: 12
puntos
Otros títulos habilitantes:
Técnico Agrícola Ganadero expedido por Escuela de
Agricultura y Ganadería (UNS): 9 puntos
Técnico Superior en Computación expedido por
Escuela Superior de Comercio (UNS): 11
puntos
Títulos y condiciones para asesoramiento de alumnos
en Olimpíadas
Títulos
1) – LISTADO OFICIAL
Graduados universitarios o terciarios, en la
especialidad del taller concomitante, que acrediten experiencia como asesor en
Olimpíadas locales, regionales, etc.
2) – LISTADO COMPLEMENTARIO:
Graduados universitarios o terciarios en la
especialidad del taller a asesorar, sin la experiencia correspondiente.
3) – LISTADO DE ALUMNOS:
Alumnos de nivel medio o universitario con
experiencia y actuación destacada en Olimpíadas.
Condiciones
·
Para la ponderación de antecedentes de los alumnos
se utilizará la misma ficha de evaluación de antecedentes que la
establecida para los docentes con
excepción del ítem B y con la siguiente evaluación de títulos:
b)
Egresados de
las Escuelas Medias de
c)
Egresados de
otros Establecimientos…10 puntos
d)
Estudiantes
universitarios en la especialidad:
Sobre unos
máximos de 10 puntos que corresponderían a la totalidad de las materias de la
respectiva carrera aprobada, se evaluará proporcionalmente la cantidad de
materias aprobadas. Este puntaje se sumará al título de egresado secundario
correspondiente Res.CSU-900/98.
Olimpíadas de Biología y Ecología
·
Para
·
Para el resto de las escuelas, se confeccionará un
listado oficial con docentes que tengan experiencia en olimpíadas de cualquier
establecimiento y un listado complementario con docentes sin experiencia en las
mismas.
Títulos para Ayudantes de Clases Prácticas
Para Ayudantes de Clases Prácticas de nivel Polimodal y Ciclo Básico, la incumbencia de títulos será la
misma que para las materias respectivas. Para Computación o Informática se
tendrán en cuenta los títulos de Técnico Superior en Computación Administrativa
de
Para Ayudante de Clases Prácticas de Nivel
Superior se considerarán los mismos títulos que
para las asignaturas respectivas.
Condiciones para Bibliotecario Nivel Primaria
Además del título habilitante se requerirá
formación docente.
Condiciones para los profesores especiales de
informática Nivel Primario
Se priorizará la formación docente.
Condiciones para el cargo de Profesor Orientador
Para el cargo de Profesor Orientador se requiere:
·
Poseer título de Profesor emitido por Universidades
Nacionales o Privadas o Institutos de Formación
Superior con reconocimiento oficial o Licenciado en disciplinas
vinculadas con Ciencias de
Se considerarán títulos específicos:
Profesor en Ciencias de
Profesor en Filosofía y Pedagogía
Profesor en Humanidades con orientación en
Filosofía y Pedagogía
Profesor en Pedagogía
Profesor en Psicopedagogía
Profesor en Filosofía
Profesor en Psicología
Licenciado en disciplinas vinculadas con Ciencias
de
Se considerarán afines los títulos de Profesor de
otras áreas, pero para su acreditación requerirán de, por lo menos 4 (cuatro)
puntos por otros títulos, cursos, seminarios, etc. que guarden relación con la
función a desempeñar.
·
Los aspirantes deben tener una antigüedad mínima de
7 (siete) años como profesor en
·
Registrar concepto no inferior a
distinguido en los 3 (tres) últimos años de actividad docente.
3) – Bonificadores:
a)
ACUMULACION DE
TITULOS (excluidos incisos 3b) y 3c)
Se bonificará con un máximo de cinco puntos la
acumulación de otros títulos siempre que tengan afinidad con la especialidad a
la que aspira el postulante.
Títulos de Postgrado.
a) – Doctorado en
Universidad Nacional o reválida: 3 puntos
b) - Magíster, master o equivalente 2 puntos
c) – Posgrados 1
punto
Títulos de Grado
a) – Licenciaturas y
otros títulos de Universidad Nacional o Privada 1 punto
b) – Carreras
terciarias 0,50 puntos
b)
TITULOS
BONIFICADORES PARA MAESTRO CORDINADOR (Primer Año del CBC)
Prof. o Lic. en Cs. de
Prof. o Lic. en Cs. de
Prof. para Enseñanza Media carrera no inferior a
cuatro años 3 puntos.
c)
TITULOS
BONIFICADORES PARA NIVEL INICIAL, PRIMARIO O NIVEL EQUIVALENTE
Prof. o Lic. en Cs. de
Prof. o Lic. en Cs. de
Prof. para Enseñanza Media (carrera no inferior a cuatro años) 3 puntos.
Bibliotecario Universitario 3 puntos
Bibliotecario Escolar (dos años) 2 puntos
Títulos afines y posteriores a los títulos de Prof.
de Primaria e inicial 1 punto
d)
CAPACITACION
DOCENTE (NO PROFESORADO) HABILITANTE PARA PROFESIONALES Y TECNICOS NO DOCENTES,
DE CBC, CICLO SUPERIOR Y TERCIARIO.
Capacitación docente UNS 3 puntos
Capacitación docente otras universidades 2,5 puntos *
Capacitación docente nivel terciario (reconoc. Oficial) 2
puntos *
* Siempre y cuando
esté homologado el tiempo de formación con el que dicte
e)
CURSOS DE
CAPACITACION
Se aceptarán los certificados oficiales o con
reconocimiento de entes de las mismas categorías. Serán evaluados todos los
cursos de capacitación docente. Los de capacitación científica se tendrán en
cuenta sólo cuando correspondan a áreas estrictamente afines a la que se
postule el aspirante.
La evaluación se realizará en función de los
siguientes parámetros:
Otros Niveles |
Universitarios |
|||||
Nº horas |
Asistente |
Con Evaluación |
Dictante |
Asistente |
Con Evaluación |
Dictante |
0-10 |
0.08 |
0.10 |
0.12 |
0.12 |
0.15 |
0.18 |
11-30 |
0.15 |
0.20 |
0.25 |
0.19 |
0.25 |
0.31 |
31-60 |
0.19 |
0.25 |
0.31 |
0.27 |
0.35 |
0.43 |
61-90 |
0.23 |
0.30 |
0.37 |
0.30 |
0.40 |
0.50 |
91-180 |
0.27 |
0.35 |
0.43 |
0.34 |
0.45 |
0.56 |
181 y más |
0.30 |
0.40 |
0.50 |
0.38 |
0.50 |
0.62 |
Se incorpora asimismo un adicional para los cursos
expedidos por: Universidad Nacional del Sur, Escuelas Medias de
ADICIONAL UNS – EMUNS
Cursos de:
0-10 hs.
:
11-30hs:
31-60 hs:
61-90 hs:
91-180 hs:
181 y más:
f)
CONGRESOS,
SIMPOSIOS, ENCUENTROS, JORNADAS, ETC
Para evaluar la
participación en estos eventos se tendrán en cuenta dos parámetros: alcance y
carácter de la participación del docente.
Se dará por cada
evento realizado en
|
Local |
Regional |
Nacional |
Internacional |
Asistente |
0.08 |
0.11 |
0.16 |
0.21 |
Expositor |
0.13 |
0.16 |
0.21 |
0.26 |
Jurado |
0.18 |
0.21 |
0.26 |
0.31 |
g)
OTROS ESTUDIOS
Lengua extranjera: Se evaluarán
los cursos a partir de First Certificate
en Inglés (0.25 puntos) y de nivel equivalente en otras lenguas, hasta un
máximo de 1 punto, siempre que fueran expedidos por organismos reconocidos
oficialmente.
h)
BECAS
Se considerarán
sólo las becas obtenidas después de la graduación otorgada por universidades o
entidades oficiales de investigación. Se tendrán en cuenta las relativas a
la capacitación docente. Las científicas
se considerarán sólo cuando correspondan a áreas estrictamente afines a las que
se postule el aspirante.
Otorgadas por
universidades o entidad oficial de investigación 0.20 puntos
Otorgadas por
otros organismos reconocidos 0.10 puntos.
Tiempo de
Duración
|
0.05 puntos |
|
0.10 puntos |
12 meses o más |
0.12 puntos |
Con informe del organismo otorgante |
0.15 puntos |
Con publicación del trabajo |
0.20 puntos |
i)
PREMIOS
Se considerarán:
a) Premios a la
actividad docente: serán tenidos en cuenta los obtenidos en el nivel educativo
para el cual se postule
b) Premios a la
actividad científica: serán evaluados los que guarden relación con el área en
que se inscribe el aspirante.
Los premios para Ciencias, Música, Plástica y
Olimpíadas serán valorados según la siguiente escala:
Alcance |
1º premio |
2º premio |
3º premio o
mención |
Local |
0.15 |
0.10 |
0.05 |
Provincial |
0.20 |
0.14 |
0.10 |
Nacional |
0.25 |
0.20 |
0.15 |
Internacional |
0.35 |
0.30 |
0.25 |
j)
PUBLICACIONES
Se tendrán en cuenta todas las relativas a
capacitación docente y las científicas que guarden estricta relación con la
asignatura o área en la que se postule el aspirante. No se evaluarán los
trabajos publicados de tesis, maestrías o doctorados, artículos publicados en
periódicos, trabajos presentados para la
evaluación de cursos, seminarios, etc. ni las publicaciones en actas de
congresos.
Con referato
|
Autor |
Coautor Colabora. |
Publicación de divulgación universitaria |
0,25 |
0,18º |
Publicación de divulgación no universitaria |
0,15 |
0,11 |
Publicación en revistas Científicas o Pedagógicas |
0,30 |
0,22 |
Publicación de Congreso (Proceeding) |
0,35 |
0,26 |
Publicación de cátedra – Página Web |
0,20 |
0,15 |
Proyectos científicos o pedagógicos |
0,20 |
0,15 |
Sin referato
|
Autor |
Coautor Colabora. |
Publicación de divulgación universitaria |
0,12 |
0,09 |
Publicación de divulgación no universitaria |
0,07 |
0,05 |
Publicación en revistas Científicas o Pedagógicas |
0,15 |
0,11 |
Publicación de cátedra – Página Web |
0,10 |
0,07 |
Proyectos científicos o pedagógicos |
0,10 |
0,07 |
Libros: (Científicos, Técnicos,
Pedagógicos, Literarios, etc)
|
Autor |
Coautor Colabora. |
Publicado por editora de alcance internacional |
0,75 |
0,56 |
Publicado por editora de alcance nacional |
0,55 |
0,41 |
Publicado por editora de alcance regional |
0,35 |
0,26 |
Prólogo de libro –o Catálogo |
0,05 |
0,03 |
k)
CARGOS
Serán tenidos en
cuenta para su evaluación sólo aquellos obtenidos por concurso de antecedentes
y oposición para los Niveles de Inicial, Primaria, Ciclo Básico, Secundario
Superior, Terciario o niveles equivalentes.
Se bonificará con
un máximo de 1 (un) punto a todos los concursos ganados por el mismo cargo.
Directivo (Cualquier Nivel) |
1 punto por concurso ganado |
Profesor (Cualquier Nivel) |
0,50 puntos por concurso ganado |
Cargos Técnicos (Cualquier Nivel) |
0,25 puntos por concurso ganado |
Cargos Docentes
(Cualquier Nivel) |
0,35 puntos por concurso ganado |
Coordinador de Departamento |
0,75 puntos por concurso ganado |
l)
ANTIGÜEDAD
1) Antigüedad en la docencia: Se tendrá en
cuenta la antigüiedad docente en todos los niveles
educativos, bonificándose con 0,25 puntos por año hasta 5 puntos.
2) Antigüedad en la asignatura o cargo: se evaluará con puntaje adicional la antigüedad en la
asignatura o cargo para el que se postula el aspirante, siempre que hubiera
obtenido concepto no inferior a distinguido en los últimos dos años trabajados,
bonificándose con 0,50 puntos por año hasta 5 puntos.
Para
auxiliares docentes en actividad en las
EMUNS y ayudantes de Clases Prácticas de Departamento de Recursos Didácticos,
que no posean título habilitante y con concepto no inferior a
distinguido en los dos últimos años, se considerará un punto por año hasta un
máximo de diez.
Se
tendrá en cuenta la antigüedad de los docentes reubicados en asignaturas que
han cambiado de nombre sin cambio
significativo de contenido y la de los docentes reubicados en asignaturas por
afinidad y por incumbencia de títulos.
m) CURSOS DE POSGRADO
Se dará por cada
materia y seminario de posgrado con certificado de evaluación final un
adicional de 0,05 puntos
Con la
presentación del título, se otorgará el puntaje adicional que corresponda, de
acuerdo al título de posgrado obtenido.
n)
CONCEPTO
Se valorará el
concepto de los dos últimos años trabajados para quienes posean la calificación
de DISTINGUIDO o SOBRESALIENTE.
Se bonificará de
la siguiente manera
Sobresaliente: 1 punto por año
Distinguido: 0,50 por año
·
Dado que
Quien en el
último año trabajado obtuviese concepto BUENO no podrá inscribirse en el
llamado del año inmediato posterior.
Con concepto REGULAR
no podrá inscribirse durante dos llamados consecutivos posteriores al ciclo
lectivo en que obtuvo su concepto
Con concepto MALO
no podrá inscribirse durante cinco años consecutivos.
·
En el tema “CONCEPTO”, esta Junta no aceptará
legajos de inscripción docente que no incorporen el concepto de los 2 (dos)
últimos años trabajados. Es obligatoria la presentación del concepto de la
escuela respectiva si el docente pertenece a las EMUNS.
·
Quedarán exceptuados quienes no posean antigüedad en la docencia o quienes
justifiquen la no presentación del Concepto por medio de nota de la institución
donde prestó o presta servicios.
NOTA: Debido a su extensión, no se
publica