BIENESTAR ESTUDIANTIL
INCREMENTO MONTO BECAS Y SUBSIDIOS
Resolución CSU-99/17
Expte X-11/16
BAHIA BLANCA, 30 de marzo de 2017
VISTO:
La resolución CSU-015/17 mediante la
que se otorgan subsidios económicos a alumnos de la UNS para el año 2017;
CONSIDERANDO:
Que la resolución CSU-15/16
establece los montos a otorgar a los alumnos;
Que el sistema de becas y subsidios
de la Universidad Nacional del Sur está dirigido a promover la igualdad de
oportunidades, facilitando el acceso y/o la permanencia de alumnos de escasos
recursos económicos y buen desempeño académico en los estudios de grado;
Que resulta imprescindible que el
monto que se otorga a cada estudiante beneficiario de las becas y subsidios de
la UNS se incremente a fin de evitar que
las dificultades económicas impidan el normal desarrollo de la carrera y
deriven en situaciones de deserción;
Que en los dos últimos años no se
han modificado los montos de los Subsidios, manteniéndose el valor de $ 7.150.-
(pesos siete mil ciento cincuenta) a cada estudiante oriundo de Bahía Blanca, y
$ 7.800 (pesos siete mil ochocientos) a los estudiantes no oriundos de esta,
ambos pagaderos en diez (10) cuotas sucesivas;
Que en los últimos años y sobre todo
en los últimos meses se viene produciendo un aumento sostenido en el nivel
general de los precios de la economía, lo cual afecta significativamente el
poder adquisitivo de los subsidios y becas otorgadas a los estudiantes;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó en su reunión de fecha 29 de marzo de 2017, lo aconsejado
por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;
POR
ELLO,
EL
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESEUELVE:
ARTICULO
1º).- Incrementar en un cincuenta por ciento (50%) el monto de los Subsidios
Universitarios a partir del mes de marzo de 2017, quedando establecido de la
siguiente manera:
Monto
Anual de Subsidios para alumnos oriundos de Bahía Blanca, la suma de Pesos Diez
Mil Setecientos Veinticinco ($ 10.725)
Monto
Anual de Subsidios para alumnos no oriundos de Bahía Blanca, la suma de Pesos
Once Mil Setecientos ($ 11.700)
ARTICULO
2º).- Incrementar en un cincuenta por ciento (50%) el monto de las Becas de
Estímulo al Estudio a partir del mes de marzo de 2017, quedando en un total de
Pesos Nueve Mil Setecientos Cincuenta ($ 9.750)
ARTICULO
3º).- El monto de los subsidios enunciados en los artículos 1º y 2º, a partir
del año 2018 se deberá actualizar automáticamente en base al aumento
inflacionario oficial anual.
ARTICULO
4º).- Establecer que se deberá notificar anualmente la constancia del aumento
de becas y subsidios universitarios al Consejo Superior Universitario.
ARTICULO 5º).- Pase a la Secretaría General de
bienestar Universitario a sus efectos. Gírese a la Dirección General de
Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.
MG.
CLAUDIA PATRICIA LEGNINI
VICERRECTORA
UNS
DR.
DIEGO DUPRAT
SEC.
GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO