VIAJES AL
EXTERIOR / VIATICOS ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL (MODIFICA DECRETO 280/05
ANEXO IV)
Resolución 761/2010
Régimen al que se
ajustarán los viajes al exterior. Modifícase el Anexo
IV del Decreto Nº 280/95.
Bs. As., 8/11/2010
VISTO el Expediente Nº
S01:0304316/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
el Decreto Nº 280 de fecha 23 de febrero de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 280
de fecha 23 de febrero de 1995 se aprobó el Régimen de Viajes al Exterior del
personal de
Que tomando como base la
estructura de viáticos de
Que el mencionado organismo
internacional posee una metodología que le permite determinar y actualizar en
forma permanente el monto de viáticos para sus funcionarios, considerando
modificaciones del tipo de cambio y variaciones en el costo de vida de los
distintos destinos.
Que la tabla de
Que, no obstante, del
estudio de los valores de la mencionada escala a julio de 2010 surge un
incremento promedio estimado del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) en los últimos
QUINCE (15) años.
Que por lo expuesto,
corresponde la aplicación de dicho porcentaje sobre los valores oportunamente
asignados para todos los Niveles Jerárquicos mediante el Anexo IV del Decreto
Nº 280/95, de manera que las personas que realicen comisiones en el exterior
reciban una cuantía acorde a los gastos que en concepto de viáticos sus
misiones demanden.
Que, asimismo, teniendo en cuenta
las modificaciones geopolíticas acaecidas desde la entrada en vigencia del
Decreto Nº 280/95, se propone actualizar la nómina de países incluyendo
aquellos no previstos en su Anexo IV con los viáticos calculados en función de
la tabla de
Que
Que
Que la presente medida se
dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 18 del Decreto Nº
280/95.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
Artículo
1º — Sustitúyese el Anexo IV del Artículo 17 del Decreto Nº 280 de
fecha del 23 de febrero de 1995 por el Anexo que forma parte integrante de la
presente medida, a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art.
2º — Comuníquese, publíquese, dése a
ANEXO
ANEXO IV
Régimen de asignación de viáticos al
exterior