MINISTERIO DE EDUCACION
CREACION DEL RENAV
Resolución ME- Nº 982/2013
Publicada BORA: 22/5/13
Bs. As., 15/5/2013
VISTO el Expediente Nº 5510/13, la Ley
de Educación Nacional Nº 26.206, el Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL Nº
115/10, la Resolución del MINISTERIO DE EDUCACION Nº 1041/12, y la Resolución del
CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION Nº 59/08, y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 115° y
116º de la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 (LEN) establecen que el
MINISTERIO DE EDUCACION fijará las políticas y estrategias educativas conforme
a los fines y objetivos establecidos para el Sistema Educativo Nacional y que
el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION será el ámbito de concertación, acuerdo y
coordinación de la política educativa nacional.
Que el artículo 115º inciso “g” de la citada
ley, establece como función del PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del
MINISTERIO DE EDUCACION, el otorgamiento de la validez nacional de los títulos
y certificados de estudios.
Que el Decreto PEN Nº 115/10 estableció como
responsabilidad primaria de la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y
ESTUDIOS la gestión de las tramitaciones conducentes al otorgamiento de validez
nacional para los títulos y certificados correspondientes a las ofertas
educativas existentes en el país; el registro de los estudios de todo el país
que otorgan certificados con validez nacional; y la asistencia técnica a las
jurisdicciones en lo relativo a la validez nacional de títulos y certificados.
Que dentro de las acciones de la DIRECCION DE
VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS establecidas por el citado Decreto, se
encuentra el dar respuesta a las consultas provenientes de organismos,
instituciones y público en general en relación con la validez nacional de
títulos y certificados; y procesar, digitalizar y sistematizar la información
escolar de todos los alumnos de nivel de educación secundaria y superior del
país.
Que distintas áreas y niveles del Sistema
Educativo Nacional se encuentran trabajando en el diseño, desarrollo y
actualización de los sistemas de informatización de la gestión educativa.
Que la Resolución Ministerial Nº 1041/12
aprobó las líneas de acción del Sistema Integral de Información Educativa y el
Portal InfoEdu, teniendo como objetivo integrar la
información nominal de alumnos y docentes con las de las instituciones
educativas, y las variables educativas necesarias para la gestión de la
política educativa a nivel nacional y jurisdiccional, a través del Sistema
Integral de Información Digital (SInIDE).
Que el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION aprobó
mediante Resolución Nº 59/08 el “Sistema Federal de Títulos y Certificados
Analíticos con Resguardo Documental”, correspondiente a la finalización de los
estudios de la Educación Secundaria y la Educación Superior.
Que dicho Sistema tiene como objetivo
fortalecer la confiabilidad de la documentación educativa, unificando criterios
en el procedimiento de emisión, legalización y registro de títulos de estudios
en los establecimientos educativos, en las jurisdicciones y en el Ministerio de
Educación de la Nación; y cuya información se encuentra digitalizada a partir
del ciclo 2010 a través del software provisto por este Ministerio.
Que atendiendo a la multiplicidad de
relevamientos normativos e informáticos existentes en las distintas
jurisdicciones del país, resulta necesario sistematizar la información
correspondiente a los títulos y certificados con validez nacional.
Que la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE
TITULOS Y ESTUDIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las
facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, Decreto Nacional Nº 355/2002 (artículo 23 quarter, punto 14) y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Crear el Registro Nacional de
Títulos y Certificados con Validez Nacional (ReNaV)
de Nivel Inicial, Primario, Secundario y Superior, y cuyos objetivos y líneas
de acción se establecen en el Anexo I de la presente Resolución.
ARTICULO 2º — Establecer que el Registro
creado en el ARTICULO 1º será desarrollado y administrado por la DIRECCION DE
VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS.
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación.
ANEXO I
Introducción
La
Ley de Educación Nacional 26.206 refleja una nueva etapa del Estado Nacional
que se inició en mayo de 2003 y encuentra su correlato en la inmensa cantidad
de niños, jóvenes y adultos que desean estudiar y al mismo tiempo cuentan con
las posibilidades para hacerlo. Asimismo, ese nuevo Estado Nacional promotor de
una educación de calidad para todas y todos, cuenta con la atribución de
unificar el Sistema Educativo Nacional; entre otras formas, a través del
otorgamiento de la validez nacional de títulos y certificados. Esto constituye
una herramienta de política educativa nacional reflejada en el artículo 115°
inciso “g” de la Ley 26.206, el cual faculta de manera exclusiva al Ministerio
de Educación de la Nación para otorgar validez nacional.
Actualmente es la Dirección de Validez
Nacional de Títulos y Estudios la encargada de tramitar la validez nacional de
los títulos y certificados de todo el país tal como lo indica su responsabilidad
primaria establecida mediante el Decreto PEN 115/10: gestionar las
tramitaciones conducentes al otorgamiento de la validez nacional para los
títulos y certificados correspondientes a las ofertas educativas existentes en
el país, registrar los estudios de todo el país que otorgan certificados con
validez nacional y asistir técnicamente a las jurisdicciones en lo relativo a
la validez nacional de títulos y certificados.
Considerando
lo expuesto en párrafos precedentes y teniendo en cuenta que la validez nacional
implica un instrumento de política educativa nacional que permite la
unificación del Sistema Educativo Nacional y contribuye a la movilidad, tanto
horizontal como vertical, de los alumnos y alumnas dentro y fuera del país; la
Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios encuentra beneficioso para
el conjunto de la comunidad educativa y de la sociedad toda, crear el Registro
Nacional de Títulos y Certificados de Estudios con Validez Nacional (ReNaV), de Nivel Inicial, Primario, Secundario y Superior.
El mismo permitirá consultar todos los Títulos
y Certificados de estudios de Nivel Inicial, Primario, Secundario y Superior
del territorio nacional que cuentan con validez nacional.
Será de carácter público, gratuito y
atribución exclusiva del Ministerio de Educación de la Nación.
Objetivos
General:
• Registrar los estudios de Nivel Inicial,
Primario, Secundario y Superior, de todo el territorio nacional que cuentan con
validez nacional.
Específicos:
• Asesorar técnicamente a las 24 jurisdicciones
del país en lo relativo a la validez nacional de títulos y certificados de
Nivel Inicial, Primario, Secundario y Superior.
• Atender las consultas provenientes de
organismos, instituciones y público en general referentes a la validez nacional
de los títulos y certificados de Nivel Inicial, Primario, Secundario y
Superior.
• Agilizar la inserción escolar dentro del
sistema educativo nacional y en los sistemas educativos extranjeros, de quienes
cuenten con estudios aprobados dentro del territorio argentino con validez
nacional.
Líneas de Acción
•
Relevamiento de datos
Se
relevará la normativa de validez nacional correspondiente a los títulos y
certificados de Nivel Inicial, Primario, Secundario y Superior.
• Diseño del ReNaV
Para
tal fin se procederá a la programación de un registro informático que permita
contener la información relevada, susceptible de ser actualizado
constantemente.
• Sistematización de datos
Se
analizará la información relevada volcándola de manera comprensible en el registro
nacional creado a tal fin.
• Difusión
Se
publicará online, en la página web de la Dirección de Validez Nacional de
Títulos y Estudios del Ministerio de Educación de la Nación los datos relevados
hasta el momento.
Se prevé la construcción de un observatorio de
validez nacional, el cual tendrá como función la elaboración de material
teórico-conceptual acerca de la validez nacional y su correlato práctico; y que
a su vez, permitirá la consulta constante y sistemática como también la
consolidación de la validez nacional como instrumento de política educativa
nacional.