PERSONAL NO DOCENTE - LICENCIA ESPECIAL CON GOCE DE HABERES (MUDANZA Y
CAPACITACION)
BAHIA BLANCA, 5 de setiembre de
2008.
VISTO:
La propuesta presentada por la
Asociación de Trabajadores de la Universidad Nacional del Sur requiriendo se
acuerden para todo el personal no docente de esta Casa de Estudios, días de
licencia por mudanza y por capacitación; y
CONSIDERANDO:
El Acta Paritaria de fecha 24 de
julio de 2008;
POR ELLO,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Otorgar a
todo el personal no docente de la Universidad Nacional del Sur, dos (2) días de
licencia especial con goce de haberes por mudanza, la que podrá solicitarse una
(1) vez por año, no pudiendo mediar menos de un (1) año entre una licencia y la
otra.
ARTICULO
2º).- Otorgar a todo el personal no docente de la Universidad Nacional del Sur,
cinco (5) días de licencia con goce de haberes por año, continuos o
discontinuos, previa aprobación del superior jerárquico, con motivo de
capacitación y/o formación del agente, quien deberá acreditar la realización de
los cursos, conferencias, seminarios o talleres.
ARTICULO
3º).- Regístrese. Caratúlese por Mesa General de Entradas, Pase a la Dirección
General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Cumplido,
oportunamente, archívese.
DR.
GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
LIC. MIGUEL
H. LLITERAS
SEC. GRAL. TÉCNICO