PERSONAL

ASIGNACIONES FAMILIARES

 

Resolución R-1138/04

Expediente  465/97

 

BAHIA B LANCA, 15 de diciembre de 2004.

 

            VISTO:

 

            El Decreto 1691/2004 mediante el cual se incrementan los montos de las asignaciones familiares, así como también el tope máximo de remuneración exigido para su percepción, a partir del 1 de octubre de 2004; y

 

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario determinar en el ámbito de esta Universidad el procedimiento que se utilizara para la presentación de la documentación por parte del personal que pudiera encontrarse comprendido dentro del nuevo tope de remuneración;

 

POR ELLO,

 

El Vicerrector de la

Universidad Nacional del Sur

RESUELVE:

ARTICULO 1°,- Incrementase en un CINCUENTA POR CIENTO (50 %) la cuantía de las asignaciones familiares, en los términos del Decreto 1691/2004 y dispónese  su liquidación y pago con carácter retroactivo al 1 de octubre de 2004.

 

ARTICULO 2°.- Incrementase a la suma de DOS MIL VEINTICINCO Pesos ($ 2.025) el tope de remuneración para tener derecho el cobro de asignaciones familiares, a partir del 1 de octubre de 2004, en el marco del Decreto 1691/2004.

 

ARTICULO 3°.- Establécese en el 28 de febrero de 2005, el plazo para presentar la documentación necesaria a los efectos de acreditar el derecho al cobro de asignaciones familiares con carácter retroactivo al 1 de octubre de 2004, por parte del personal que se encuentre en condiciones de percibirla por aplicación del nuevo tope salarial. El personal que presente la documentación con a posterioridad al vencimiento de dicho plazo, tendrá derecho a la percepción de asignaciones familiares a partir de la presentación de la misma, perdiendo el derecho a la liquidación retroactiva.

 

ARTICULO 4°.- Regístrese. Pase a la Dirección General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Gírese al Boletín Oficial para su publicación, la Dirección General de Economía y Finanzas y

el Consejo Superior Universitario. Cumplido, oportunamente, archívese.

MG. JORGE RAUL ARDENGHI

VICERRECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SECRETARIO GENERAL TÉCNICO

 

PERSONAL

ASIGNACIONES FAMILIARES

 

Resolución R-1138/04

Expediente  465/97

 

BAHIA B LANCA, 15 de diciembre de 2004.

 

            VISTO:

 

            El Decreto 1691/2004 mediante el cual se incrementan los montos de las asignaciones familiares, así como también el tope máximo de remuneración exigido para su percepción, a partir del 1 de octubre de 2004; y

 

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario determinar en el ámbito de esta Universidad el procedimiento que se utilizara para la presentación de la documentación por parte del personal que pudiera encontrarse comprendido dentro del nuevo tope de remuneración;

 

POR ELLO,

 

El Vicerrector de la

Universidad Nacional del Sur

RESUELVE:

ARTICULO 1°,- Incrementase en un CINCUENTA POR CIENTO (50 %) la cuantía de las asignaciones familiares, en los términos del Decreto 1691/2004 y dispónese  su liquidación y pago con carácter retroactivo al 1 de octubre de 2004.

 

ARTICULO 2°.- Incrementase a la suma de DOS MIL VEINTICINCO Pesos ($ 2.025) el tope de remuneración para tener derecho el cobro de asignaciones familiares, a partir del 1 de octubre de 2004, en el marco del Decreto 1691/2004.

 

ARTICULO 3°.- Establécese en el 28 de febrero de 2005, el plazo para presentar la documentación necesaria a los efectos de acreditar el derecho al cobro de asignaciones familiares con carácter retroactivo al 1 de octubre de 2004, por parte del personal que se encuentre en condiciones de percibirla por aplicación del nuevo tope salarial. El personal que presente la documentación con a posterioridad al vencimiento de dicho plazo, tendrá derecho a la percepción de asignaciones familiares a partir de la presentación de la misma, perdiendo el derecho a la liquidación retroactiva.

 

ARTICULO 4°.- Regístrese. Pase a la Dirección General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Gírese al Boletín Oficial para su publicación, la Dirección General de Economía y Finanzas y

el Consejo Superior Universitario. Cumplido, oportunamente, archívese.

MG. JORGE RAUL ARDENGHI

VICERRECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SECRETARIO GENERAL TÉCNICO