PERSONAL - ASIGNACIONES FAMILIARES /
ELEVANSE MONTOS DE TOPE.
Resolución
R-1186/08
BAHIA BLANCA, 25 de setiembre de
2008.
VISTO:
La publicación efectuada por la
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) en cuanto a la
modificación de los montos de las Asignaciones Familiares; y
CONSIDERANDO.
Que los topes y rangos de
remuneraciones que habilitan el cobro de las mismas, son a partir del mes de
setiembre de 2008;
Que es necesario determinar la nueva
modalidad de pago de las asignaciones familiares en el ámbito de esta
Universidad;
POR ELLO,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Elévese a
la suma de CUATRO MIL OCHOCIENTOS PESOS ($ 4800,00) el tope máximo de
remuneración a los efectos del derecho a la percepción de las Asignaciones
Familiares.
ARTICULO
2º).- Modifíquese la cuantía de la Asignación Familiar prevista en el artículo
18, inciso a), b), f), g), h) y j) de la Ley 24714 y sus modificaciones, así
como los topes de las remuneraciones a tenerse en cuenta para el cálculo de las
asignaciones por Hijo e Hijo con Discapacidad, los cuales quedarán fijados de
acuerdo a la siguiente escala:
CONCEPTO |
REMUNERACIONES |
||||
|
Menores
de $ 100 |
Entre $ 100
y $ 2.400,00 |
Entre $
2.400,01 y $ 3.600,00 |
Entre $
3.600,01 y $ 4.800,00 |
Más
de $
4.800 |
Hijo menor
de 18 años y prenatal |
--------------- |
135,00 |
101,30 |
67,50 |
---------------- |
Hijo
discapacitado |
540,00 |
540,00 |
405,00 |
270,00 |
270,00 |
Nacimiento |
----------------- |
600,00 |
--------------- |
||
Adopción |
---------------- |
3.600 |
--------------- |
||
Matrimonio |
----------------- |
900,00 |
---------------- |
ARTICULO
2º).- La presente resolución tendrá vigencia a partir del 1º de setiembre de
2008.
ARTICULO
3º).- Regístrese. Pase a las Direcciones Generales de Personal para su
conocimiento y demás efectos. Gírese al Boletín Oficial para su publicación.
Tomen razón la Dirección General de Economía y Finanzas y el Consejo Superior
Universitario. Cumplido, oportunamente, archívese.
DR. GUILLERMO
H. CRAPISTE
RECTOR
LIC. MIGUEL
H. LLITERAS
SEC. GRAL. TECNICO