LIBRO COPIADOR REGISTRO DE TITULOS Y DIPLOMAS

(DEROGA RES. R-847/14)

 

Resolución R-1225/16

 

Bahía Blanca, 24 de noviembre de 2016

 

            VISTO:

            El Libro de Registro de Títulos y Diplomas originales implementado por medio de la Resolución R-Nº847 del 22/08/2014 del cual surgen los datos para la confección de Diplomas de pregrado, grado y posgrado; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que el Acuerdo Plenario Nº8 del Consejo de Universidades sobre Mecanismos de Seguridad y Control de los Procesos Académicos establece que “Los diplomas deberán asentarse en un Libro de Registros”;

 

            Que la resolución Nº847 de fecha 22 de agosto de 2014 implementa el libro de Registro de Títulos y Diplomas;

 

            Que por tratarse de un libro manual, es necesario agilizar el registro de datos evitando duplicación de controles y garantizando la veracidad de los daos registrados en el mismo;

 

            Que la implementación del sistema de gestión de la calidad en el sistema administrativo de expedición y entrega de diplomas, implica analizar los procesos a fin de mejorarlos, y por ende reformularlos y modificarlos;

 

            Que la incorporación de las últimas tecnologías permite implementar un Libro Copiador de Registro de Títulos y Diplomas;

 

            Que en virtud de lo antedicho es necesario dejar sin efecto el procedimiento de registro y carga manual del Libro de Registro de Títulos y Diplomas Nº 28, a fin de implementar el Libro Copiador y su formato, así como establecer una metodología del proceso a efectos de cumplimentar los requisitos propios de la implementación del sistema de gestión de la calidad;

 

            Que  la presente resolución se enmarca  en el Eje Estratégico 1-Gestión Institucional y Eje Estratégico 2 – Gestión de la Calidad Académica del Plan Estratégico Institucional aprobado por Resolución CSU-325/12;

 

POR ELLO,

 

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

RESUELVE.

 

ARTICULO  1º).- Derogar la Resolución R-847/14.

 

ARTICULO 2º).- Implementar el Libro Copiador para el Registro de Títulos y Diplomas a partir del 20 de febrero de 2017. El mismo se denominará: Libro Copiador DE Registro de Títulos y Diplomas.

 

ARTICULO 3º). Inhabilitar las hojas que no serán utilizadas del Libro de Registro de Títulos y Diplomas  Nº28 a partir de la implementación del Libro Copiador.

 

ARTICULO 4º).- Establecer la metodología del proceso de alta, baja y uso del Libro Copiador así como su formato, a efectos de cumplimentar los requisitos propios de la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad en el Sistema Administrativo de Expedición y Entrega de Diplomas de Pregrado, Grado y Posgrado de la Universidad Nacional del Sur que corre como Anexo I y II de la presente.-

 

ARTICULO 5º).- Regístrese. Pasar a la Coordinación de Auditorías Internas de Calidad y a las Direcciones de Títulos y Egresados y de Control de Títulos y Certificaciones. Girar a la Dirección General de Sistemas de Información, a la Unidad de Auditoría Interna y al boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

DR. MARIO RICARDO SABBATINI

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DRA. GRACIELA P. BRIZUELA

SECRETARIA GENERAL ACADEMICA

 

 

ANEXO I

Resolución R-1225/16

 

METODOLOGÍA DEL PROCESO DE ALTA, BAJA Y USO DE LIBRO COPÌADOR.

 

1).- Objetivo: Definir una metodología del proceso de alta, baja y uso de libro copiador así como su formato a fin de reglamentar y sistematizar su ejecución asegurando que se realice bajo condiciones controladas, cumpliendo con todas las reglamentaciones aplicables.

 

2).- Proceso de alta: El libro copiador será dado de alta de la siguiente manera:

 

2.1 En la primera fija útil se agregará un sello que contendrá los siguientes datos:

 

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

SECRETARÍA GENERAL ACADEMICA

 

Libro de Registro de Títulos y Diplomas Nº..

Fojas habilitadas del Nº………a……………..

Bahía blanca……de …………..de………......

 

 

A continuación suscribirán los datos el/la Directora/a Administrativa y la Autoridad de Gestión de la Secretaría General Académica.

 

3).- Proceso de baja: El libro copiador será dado de baja de la siguiente manera:

3.1 En la última foja útil se agregará un sello que contendrá los siguientes datos:

 

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

SECRETARÍA GENERAL ACADEMICA

 

En la fecha se procede a la rúbrica de un nuevo Libro de Registro de Títulos y Diplomas que corresponde al Nº………

Dandose por terminado el presente Libro Nº ……..que consta de…………..fojas.

Bahía blanca……de …………..de………......

 

 

A continuación suscribirán los datos el/la directora/a Administrativa y la Autoridad de Gestión de la Secretaría General Académica.

 

4).- De su formato y uso:

 

4.1 El Sistema SIU-Guaraní proveerá una operación que permitirá imprimir las hojas  del Libro de Registro de Títulos y Diplomas en forma automática. Cada hoja de formato oficio contendrá dos registros alumno-título en letra Arial 10. Los márgenes inferior y derecho serán de 2 cm. El margen superior de 2,5 cms, y el margen izquierdo de 1 cm. Con un espacio entre los registros de 1 cm.

 

4.2 Los datos que deben imprimirse en el registro de cada alumno-título son los detallados en el Anexo II de la presente resolución.

 

4.3 Previo al Acto de Colación de Grado se imprimirán las hojas de Registro de Títulos para ser rubricadas por las autoridades de gestión de Rectorado de la Secretaría General Académica, el/la directora/a de Títulos y Egresados y el encargado del registro.

 

4.4. Periódicamente se deberán copias las horas completas y rubricadas de Registro de Títulos al Libro Copiador a fin de que se resguarde la información de manera consecutiva y sin demoras administrativas.

 

5).- Disposiciones Complementarias.

 

5.1 A los efectos de dar de baja las hojas no utilizadas del libro manual de Registro de Títulos y Diplomas Nº28 se procederá de acuerdo a lo detallado en 3.1.-

 

5.2 Los casos no contemplados en la presente resolución serán analizados y resueltos por la Autoridad de Gestión de la Secretaría General Académica o la instancia que se determine según corresponda dependiendo del nivel de complejidad que se presente.

 

5.3 Archivo y Guarda de los Libros de Registro de Títulos y Diplomas: Permanente.

 

DR. MARIO RICARDO SABBATINI

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DRA. GRACIELA P. BRIZUELA

SECRETARIA GENERAL ACADEMICA

 

 

 

 

ANEXO II

Resolución R-1225/16

 

MODELO DE REGISTRO DE TITULO

 

Nro. Expediente:

Fecha Expedición de Título:

 

Título de………………………………………………………..

A nombre de……………………………………………………

Legajo:…………………..…………………………………………                                                                                                                      Tipo y Nro. Documento:………………………………………..

Lugar de Nacimiento………………….                                                                                                                                                        Fecha de Nacimiento…………………………………………..

Fecha de Egreso……………………......                                             Libro……………………     Folio……………………….                             Registro………………………………………………………….

Número de Diploma………………………………………………………………

Encargado de Registro………………………………………………                                               Director de Títulos y Egresados……………………………………………………………………………………..

Secretario General Académico……………………………………..          Rector………………………………………………………………………………………………………………………………………………….

Observaciones:

 

 

DR. MARIO RICARDO SABBATINI

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DRA. GRACIELA P. BRIZUELA

SECRETARIA GENERAL ACADEMICA