LIBRO COPIADOR REGISTRO
DE TITULOS Y DIPLOMAS
(DEROGA RES. R-847/14)
Resolución R-1225/16
Bahía
Blanca, 24 de noviembre de 2016
VISTO:
El Libro de Registro de Títulos y
Diplomas originales implementado por medio de la Resolución R-Nº847 del
22/08/2014 del cual surgen los datos para la confección de Diplomas de
pregrado, grado y posgrado; y
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Plenario Nº8 del
Consejo de Universidades sobre Mecanismos de Seguridad y Control de los
Procesos Académicos establece que “Los diplomas deberán asentarse en un Libro
de Registros”;
Que la resolución Nº847 de fecha 22
de agosto de 2014 implementa el libro de Registro de Títulos y Diplomas;
Que por tratarse de un libro manual,
es necesario agilizar el registro de datos evitando duplicación de controles y
garantizando la veracidad de los daos registrados en el mismo;
Que la implementación del sistema de
gestión de la calidad en el sistema administrativo de expedición y entrega de
diplomas, implica analizar los procesos a fin de mejorarlos, y por ende
reformularlos y modificarlos;
Que la incorporación de las últimas
tecnologías permite implementar un Libro Copiador de Registro de Títulos y
Diplomas;
Que en virtud de lo antedicho es
necesario dejar sin efecto el procedimiento de registro y carga manual del
Libro de Registro de Títulos y Diplomas Nº 28, a fin de implementar el Libro
Copiador y su formato, así como establecer una metodología del proceso a
efectos de cumplimentar los requisitos propios de la implementación del sistema
de gestión de la calidad;
Que la presente resolución se enmarca en el Eje Estratégico 1-Gestión Institucional
y Eje Estratégico 2 – Gestión de la Calidad Académica del Plan Estratégico
Institucional aprobado por Resolución CSU-325/12;
POR
ELLO,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
RESUELVE.
ARTICULO 1º).- Derogar la Resolución R-847/14.
ARTICULO
2º).- Implementar el Libro Copiador para el Registro de Títulos y Diplomas a
partir del 20 de febrero de 2017. El mismo se denominará: Libro Copiador DE
Registro de Títulos y Diplomas.
ARTICULO
3º). Inhabilitar las hojas que no serán utilizadas del Libro de Registro de
Títulos y Diplomas Nº28 a partir de la
implementación del Libro Copiador.
ARTICULO
4º).- Establecer la metodología del proceso de alta, baja y uso del Libro
Copiador así como su formato, a efectos de cumplimentar los requisitos propios
de la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad en el Sistema
Administrativo de Expedición y Entrega de Diplomas de Pregrado, Grado y
Posgrado de la Universidad Nacional del Sur que corre como Anexo I y II de la
presente.-
ARTICULO
5º).- Regístrese. Pasar a la Coordinación de Auditorías Internas de Calidad y a
las Direcciones de Títulos y Egresados y de Control de Títulos y
Certificaciones. Girar a la Dirección General de Sistemas de Información, a la
Unidad de Auditoría Interna y al boletín Oficial. Cumplido, archivar.
DR. MARIO RICARDO SABBATINI
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
DRA. GRACIELA P.
BRIZUELA
SECRETARIA GENERAL
ACADEMICA
ANEXO I
Resolución R-1225/16
METODOLOGÍA DEL PROCESO DE ALTA, BAJA Y USO DE
LIBRO COPÌADOR.
1).- Objetivo: Definir una metodología del proceso
de alta, baja y uso de libro copiador así como su formato a fin de reglamentar
y sistematizar su ejecución asegurando que se realice bajo condiciones
controladas, cumpliendo con todas las reglamentaciones aplicables.
2).- Proceso de alta: El libro copiador será dado
de alta de la siguiente manera:
2.1 En la primera fija útil se agregará un sello
que contendrá los siguientes datos:
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
SECRETARÍA
GENERAL ACADEMICA
Libro
de Registro de Títulos y Diplomas Nº..
Fojas
habilitadas del Nº………a……………..
Bahía
blanca……de …………..de………......
A continuación suscribirán los datos el/la
Directora/a Administrativa y la Autoridad de Gestión de la Secretaría General
Académica.
3).- Proceso de baja: El libro copiador será dado
de baja de la siguiente manera:
3.1 En la última foja útil se agregará un sello que
contendrá los siguientes datos:
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
SECRETARÍA
GENERAL ACADEMICA
En la
fecha se procede a la rúbrica de un nuevo Libro de Registro de Títulos y
Diplomas que corresponde al Nº………
Dandose por terminado el presente Libro Nº ……..que consta de…………..fojas.
Bahía
blanca……de …………..de………......
A continuación suscribirán los datos el/la
directora/a Administrativa y la Autoridad de Gestión de la Secretaría General
Académica.
4).- De su formato y uso:
4.1 El Sistema SIU-Guaraní proveerá una operación
que permitirá imprimir las hojas del
Libro de Registro de Títulos y Diplomas en forma automática. Cada hoja de
formato oficio contendrá dos registros alumno-título en letra Arial 10. Los márgenes inferior y derecho serán de 2 cm. El
margen superior de 2,5 cms, y el margen izquierdo de
1 cm. Con un espacio entre los registros de 1 cm.
4.2 Los datos que deben imprimirse en el registro
de cada alumno-título son los detallados en el Anexo II de la presente
resolución.
4.3 Previo al Acto de Colación de Grado se
imprimirán las hojas de Registro de Títulos para ser rubricadas por las
autoridades de gestión de Rectorado de la Secretaría General Académica, el/la
directora/a de Títulos y Egresados y el encargado del registro.
4.4. Periódicamente se deberán copias las horas
completas y rubricadas de Registro de Títulos al Libro Copiador a fin de que se
resguarde la información de manera consecutiva y sin demoras administrativas.
5).- Disposiciones Complementarias.
5.1 A los efectos de dar de baja las hojas no
utilizadas del libro manual de Registro de Títulos y Diplomas Nº28 se procederá
de acuerdo a lo detallado en 3.1.-
5.2 Los casos no contemplados en la presente
resolución serán analizados y resueltos por la Autoridad de Gestión de la
Secretaría General Académica o la instancia que se determine según corresponda
dependiendo del nivel de complejidad que se presente.
5.3 Archivo y Guarda de los Libros de Registro de
Títulos y Diplomas: Permanente.
DR. MARIO RICARDO SABBATINI
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
DRA. GRACIELA P. BRIZUELA
SECRETARIA GENERAL ACADEMICA
ANEXO II
Resolución R-1225/16
MODELO DE REGISTRO DE
TITULO
Nro.
Expediente:
Fecha
Expedición de Título:
Título
de………………………………………………………..
A
nombre de……………………………………………………
Legajo:…………………..…………………………………………
Tipo y Nro. Documento:………………………………………..
Lugar
de Nacimiento………………….
Fecha de Nacimiento…………………………………………..
Fecha
de Egreso……………………...... Libro…………………… Folio………………………. Registro………………………………………………………….
Número
de Diploma………………………………………………………………
Encargado
de Registro……………………………………………… Director
de Títulos y Egresados……………………………………………………………………………………..
Secretario
General Académico……………………………………..
Rector………………………………………………………………………………………………………………………………………………….
Observaciones:
DR. MARIO RICARDO SABBATINI
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
DRA. GRACIELA P. BRIZUELA
SECRETARIA GENERAL ACADEMICA