PERSONAL NO DOCENTE

REENCASILLAMIENTO

 

Resolución R-1339/08.

 

BAHIA BLANCA, 4 de noviembre de 2008.

 

            VISTO:

            El proceso de reencasillamiento del personal no docente de esta Institución Universitaria;

            El acta de la Comisión Paritaria de Nivel Particular para el Personal no docente de la Universidad Nacional del Sur de fecha 28 de octubre de 2008; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que la Resolución R-826/06 aprobó el procedimiento de reencasillamiento del sector no docente de la Universidad Nacional del Sur ;

            Que las Comisiones de Pre - reencasillamiento, la Comisión Central de Reencasillamiento y la Comisión Paritaria de Nivel Particular han concluido su labor y cumplimentado lo prescripto en la Resolución R-826/06;

            Que la Comisión Paritaria de Nivel General ha aprobado todo lo actuado y también el financiamiento de la pirámide indicativa de la Universidad Nacional del Sur;

            Que siendo menester adecuar  la designación del Personal No Docente de la Planta Permanente al Título 5 del Convenio Colectivo de Trabajo, homologado por el Decreto 366/06, este Rectorado ha dictado resoluciones en tal sentido;

            Que el Director General de Asuntos Jurídicos ha dictaminado que corresponde el reencasillamiento del personal no docente de la Universidad a partir del 1º de junio de 2007 en función de lo establecido en los arts. 4º y 153º, segundo párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo citado;

 

            POR ELLO,

 

EL RECTOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Establecer que el proceso de reencasillamiento del personal no docente de esta Universidad Nacional del Sur, en sus diversas instancias, es efectivo a partir del 1º de junio de 2007.

 

ARTICULO 2º).- Regístrese. Cumplido, remítase a las Direcciones Generales de Personal y de Economía y Finanzas a sus efectos. Gírese al Consejo Superior Universitario para su conocimiento. Tome razón ATUNS. Cumplido, oportunamente, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

LIC. MIGUEL H. LLITERAS

SEC. GRAL. TÉCNICO