PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE A CARGO DE MENORES - AUTORIZACION TRABAJO
DESDE DOMICILIO
Resolución R-140/20
BAHIA BLANCA, 16 de marzo de 2020
VISTO:
El artículo 8° de la Resolución 3/2020 de la Secretaría de Gestión y Empleo
Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros
Las solicitudes de la Asociación de Trabajadores de la
U.N.S. y de la Asociación de Docentes de la U.N.S.;
CONSIDERANDO:
Que por Res. 108/2020 del Ministerio de Educación de Nación se dispuso la
suspensión del dictado de clases presenciales en los niveles inicial, primario,
secundario en todas sus modalidades por catorce (14) días corridos a partir del
16 de marzo;
POR ELLO,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR AD REFERENDUM
DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: El personal docente y nodocente
padre, madre o tutor a cargo de menores de edad que concurran a
establecimientos educativos de nivel secundario o primario, o guarderías o
jardines maternales, tendrá derecho a trabajar desde su domicilio, desde el
16/03 y hasta el 30/03/20 inclusive. Su usufructo deberá comunicarse a la
dependencia donde desempeña su trabajo, sin necesidad de asistir a dicha
dependencia, y a la Dirección de Asistencia y Legajos (dal@uns.edu.ar)
En el supuesto que ambos padres trabajen en la Universidad
Nacional del Sur, el usufructo se otorgará sólo a uno de ellos, pero podrá
usarse alternadamente.
ARTICULO 2º: La modalidad del trabajo desde el domicilio
establecida en la presente resolución no afectarán la percepción de las
remuneraciones normales y habituales, como así tampoco la de los adicionales
que por ley o convenio les correspondiere percibir. Tampoco se computará a los
fines de considerar toda licencia prevista normativamente o por convenio y que
pudiera corresponder al uso y goce del trabajador.
ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese a todas las
dependencias de la UNS. Pase al Consejo Superior Universitario a sus efectos.
DR.DANIEL ALBERTO VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
Se aclara que el derecho a trabajar desde el domicilio para
el personal docente y nodocente padre, madre o tutor
a cargo de menores de edad que concurran a establecimientos educativos (Res.
R-140/20), incluye al NIVEL INICIAL.
SECRETARÍA GENERAL DE COORDINACIÓN