PERSONAL –
JUBILACIONES
Prorroga
CSU-563/09
Resolución R-1632/09
Expte. 77/1991
BAHIA BLANCA, 30 de diciembre de
2009
VISTO:
La
Resolución CSU-N° 563/09 del
Consejo Superior Universitario por la que suspendió transitoriamente los
efectos de la
Resolución CSU-N°
479/08, y todos los actos administrativos llevados a cabo con motivo del
inicio de los tramites jubilatorios para el personal
No Docente, a partir del 1 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2009
inclusive; y
CONSIDERANDO:
La
nota presentada por la
Asociación de Trabajadores de la Universidad Nacional
del Sur en cuanto a que se suspendan las intimaciones a iniciar el trámite ante
la ANSES a los
Trabajadores que reúnen los requisitos para jubilarse y se dejen sin efecto las
efectuadas;
Que
el proyecto de Ley marco regulatorio del régimen previsional para los trabajadores No Docentes de las
Universidades Públicas, con el beneficio del ochenta y dos por ciento (82 %) móvil,
se encuentra para su tratamiento en la Cámara Baja;
Atento
la difícil situación en que se encuentran los trabajadores que al jubilarse
perciben sumas muy inferiores al salario en actividad y que al promulgarse la Ley mencionada, esa situación
se vería reparada;
Que
las autoridades de esta Universidad Nacional del Sur consideran necesario
atender situaciones como la que se plantea;
POR ELLO:
EL RECTOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR "ad referendum
del Consejo Superior Universitario"
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Prorrogar los términos de la Resolución CSU
N° 563/09, mediante la cual se suspendió
transitoriamente los efectos de la Resolución CSU-N° 479/08, y
todos los actos administrativos llevados a cabo con motivo del inicio de los
tramites jubilatorios, para el personal no docente, a
partir del 1 de enero 'y hasta el 30 de junio de 2010 inclusive.
ARTICULO 2°._ El personal que así lo dispusiera
podrá continuar con la prosecución de su trámite jubilatorio
iniciado, haciéndolo saber por escrito ala Subsecretaria de Recursos Humanos (o
ante la
Dirección General de Personal) dentro de los diez (10) días
contados a partir de la vigencia de presente Resolución.
ARTICULO 3°._ Pase a la Dirección General
de Personal para su conocimiento y demás efectos. Gírese al Consejo Superior
Universitario para su ratificación. Comuníquese a los Departamentos Académicos,
a la Secretaria
General Académica y a la Asociación de
Trabajadores No Docentes de la UNS
(ATUNS). Cumplido, oportunamente, archívese.-
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
ABOG. CLAUDIO CARUCCI
SUBSECRETARIO RECURSOS HUMANOS