PERSONAL – JUBILACIONES

Prorroga CSU-563/09

 

Resolución R-1632/09

Expte. 77/1991

 

BAHIA BLANCA, 30 de diciembre de 2009

 

VISTO:

La Resolución CSU-N° 563/09 del Consejo Superior Universitario por la que suspendió transitoriamente los efectos de la Resolución CSU-N° 479/08, y todos los actos administrativos llevados a cabo con motivo del inicio de los tramites jubilatorios para el personal No Docente, a partir del 1 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2009 inclusive; y

 

CONSIDERANDO:

La nota presentada por la Asociación de Trabajadores de la Universidad Nacional del Sur en cuanto a que se suspendan las intimaciones a iniciar el trámite ante la ANSES a los Trabajadores que reúnen los requisitos para jubilarse y se dejen sin efecto las efectuadas;

Que el proyecto de Ley marco regulatorio del régimen previsional para los trabajadores No Docentes de las Universidades Públicas, con el beneficio del ochenta y dos por ciento (82 %) móvil, se encuentra para su tratamiento en la Cámara Baja;

Atento la difícil situación en que se encuentran los trabajadores que al jubilarse perciben sumas muy inferiores al salario en actividad y que al promulgarse la Ley mencionada, esa situación se vería reparada;

Que las autoridades de esta Universidad Nacional del Sur consideran necesario atender situaciones como la que se plantea;

 

POR ELLO:

 

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR "ad referendum del Consejo Superior Universitario"

RESUELVE:

 

ARTICULO.-Prorrogar los términos de la Resolución CSU 563/09, mediante la cual se suspendió transitoriamente los efectos de la Resolución CSU-N° 479/08, y todos los actos administrativos llevados a cabo con motivo del inicio de los tramites jubilatorios, para el personal no docente, a partir del 1 de enero 'y hasta el 30 de junio de 2010 inclusive.

 

ARTICULO 2°._ El personal que así lo dispusiera podrá continuar con la prosecución de su trámite jubilatorio iniciado, haciéndolo saber por escrito ala Subsecretaria de Recursos Humanos (o ante la Dirección General de Personal) dentro de los diez (10) días contados a partir de la vigencia de presente Resolución.

 

ARTICULO 3°._ Pase a la Dirección General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Gírese al Consejo Superior Universitario para su ratificación. Comuníquese a los Departamentos Académicos, a la Secretaria General Académica y a la Asociación de Trabajadores No Docentes de la UNS (ATUNS). Cumplido, oportunamente, archívese.-

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

ABOG. CLAUDIO CARUCCI

SUBSECRETARIO RECURSOS HUMANOS