UPSO – PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EXPEDICION Y RECEPCION ACTAS EXAMANES

 

Resolución R-164/10

Expte. 409/06

 

BAHIA BLANCA, 9 de marzo de 2010.

 

            VISTO:

            La Resolución CSU-905/07 por la que se autoriza la suscripción del convenio específico UNS-UPSO para el funcionamiento del Programa de Estudios Universitarios en la Zona (PEUZO); y

 

            CONSIDERANDO:

            Que en la cláusula quinta se establece que la UPSO tendrá a su cargo el dictado de las asignaturas Taller de Transmisión de Experiencias Emprendedoras, Desarrollo  de Aptitudes Emprendedores y Proyecto Final de Carrera para todas las Tecnicaturas que se dictan en el marco del PEUZO a partir del Ciclo Lectivo 2009;

 

            Que la Dirección de Registro y Contralor de la Dirección General de Alumnos y Estudio, teniendo en cuenta las recomendaciones del Acuerdo 8, ha solicitado se establezcan instrucciones muy precisas, cuyo cumplimiento debe exigirse con rigurosidad;

 

            Que las actas de exámenes tienen carácter de documento público, siendo las únicas fuentes originales de información y el resultado de los exámenes se traslada de las actas cerradas a un registro informático donde consta la actividad académica de cada alumno y egresado;

 

            Que es necesario adecuar la instrumentación de los exámenes finales de las asignaturas en cuestión, a fin de que las mismas se reflejen correctamente en el sistema informático y a su vez establecer un procedimiento  administrativo de expedición y recepción de actas en el marco del Convenio Específico UNS-UPSO;

 

            POR ELLO,

 

El Rector

de la Universidad Nacional del Sur

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Aprobar el Procedimiento Administrativo de Expedición y Recepción de Actas de Exámenes en el marco del Convenio Específico UNS-UPSO aprobado por Resolución CSU-905/07, que corre como Anexo de la presente resolución.

 

ARTICULO 2º).- Regístrese. Pase a conocimiento de la UPSO, gírese a la Dirección General de Alumnos y Estudio. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE RECTOR

DR. MARCELO A. VILLAR

SECRETARIO GRAL. ACADEMICO

 

A N E X O

Res.R-164/10

 

ARTICULO 1º).- La UPSO tendrá a su cargo la confección de las actas de exámenes correspondientes a las asignaturas: Taller de Transmisión de Experiencias Emprendedoras, Desarrollo de Aptitudes Emprendedoras y Proyecto Final de carrera para todas las Tecnicaturas que se dictan en el marco del PEUZO a partir del Ciclo Lectivo 2009.

 

ARTICULO 2º).- La UPSO deberá remitir a la Dirección de Registro y Contralor de la Dirección General de Alumnos y Estudio, cada Acta de Examen debidamente conformada de acuerdo a lo establecido por la Resolución R.-805/04, y siempre en original.

 

ARTICULO 3º).- La autoridad correspondiente remitirá las actas de examen por nota rubricada.

 

ARTICULO  4º).-  La Dirección de Registro y Contralor procederá a trasladar el resultado de las Actas al registro informático donde consta la actividad académica de cada alumno.

 

ARTICULO 5º).- La incorporación de los exámenes de registrará con fecha y nota, a través de la opción (C) Equivalencia por Convenio con otras Universidades.

 

ARTICULO 6º).- Las Actas en su soporte de papel se archivarán por asignatura y fecha, siendo este el material respaldatorio para realizar las tareas que son propias de los controles de las distintas áreas.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. MARCELO A. VILLAR

SECRETARIO GRAL. ACADEMICO