ALUMNOS

REGLAMENTO DE USO DE COLECTIVO (Deja sin efecto R-887/14)

 

Resolución R-192/16

 

Bahía Blanca, 30 de marzo de 2016.

 

            VISTO:

            La resolución R-887/14 que aprueba el reglamento de uso del colectivo destinado a viajes de contingentes estudiantiles de la UNS; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que es necesario redefinir el reglamento basándonos en la experiencia obtenida en el tiempo transcurrido;

 

            Que es indispensable definir en forma exacta las condiciones de uso del ómnibus de larga distancia;

 

            Que se debe reformular una nueva planilla de solicitud de viajes con mayores datos;

 

            Que es menester contemplar los viáticos extras por viajes en días inhábiles o feriados;

 

            Que por los posibles daños que puedan ocasionarse en el ómnibus durante un viaje, es necesario delimitar las responsabilidades correspondientes;

 

            Que amerita dejar sin efecto la Resolución R-887/14;

 

POR ELLO

 

LA VICERRECTORA DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Dejar sin efecto los términos de la Resolución R-887/14.

 

ARTICULO  2º).- Aprobar el NUEVO  reglamento de uso del colectivo destinado a viajes de contingentes estudiantiles que obra en el Anexo I y Anexo II.

 

ARTICULO  3º).- Regístrese. Pase a la Secretaría General de Bienestar Universitario a sus efectos. Tomen razón los Departamentos Académicos, Secretarías y CEMS:

 

MG. CLAUDIA PATRICIA LEGNINI

VICERRECTORA UNS

 

ANEXO I

 

ARTICULO 1º).- La Universidad Nacional del Sur brindará servicio de transporte para delegaciones estudiantiles mediante el uso de un ómnibus de media distancia de acuerdo a lo establecido en este reglamento.

 

ARTICULO 2°).- Podrán utilizar el servicio contingentes de estudiantes de las distintas unidades académicas o de sus establecimientos dependientes nucleados en el CEMS, para las siguientes actividades:

 

a) Viajes de estudio establecidos en los programas de asignaturas o planes de carreras.

 

b) Viajes de delegaciones deportivas de equipos de la Universidad a torneos o competencias de carácter universitario.

 

c) Viajes a Congresos, Jornadas, Cursos o eventos de carácter académico o para la formación de los estudiantes y que hayan sido declarados de interés por los respectivos Departamentos Académicos, Secretarías de Rectorado o el CEMS.

 

d) Viajes establecidos dentro de programas o convenios de la Universidad Nacional del Sur con el aval de la Secretaría General de Bienestar Universitario.

 

ARTICULO 3°).- El ómnibus se podrá utilizar para viajes a localidades distantes a más de 70 kilómetros de la ciudad de Bahía Blanca y con un mínimo de 30 pasajeros.

 

ARTICULO 4°).- El colectivo no sé podrá utilizar para viajes que tengan en el recorrido caminos de tierra.

 

ARTICULO 5°).- En caso de coincidencia de fechas de viajes se establecerán las prioridades de acuerdo a los siguientes criterios:

 

a) Distancia del lugar de destino de correspondiente viaje.

 

b) Cantidad de viajes realizados por el Departamento, Secretaría o Escuela en el año previo a la fecha de solicitud.

 

c) Cantidad de alumnos que integran la delegación.

 

ARTICULO 6°).- Los viajes se podrán solicitar desde el inicio de clases de cada cuatrimestre hasta la finalización de los mismos acorde al calendario académico. La antelación de la solicitud no deberá ser menor a 20 días corridos. La solicitud se realizará mediante un formulario web y se deberán consignar los datos establecidos en el ANEXO II.

 

ARTICULO 7°).- La Secretaría General de Bienestar Universitario evaluará las solicitudes de acuerdo a los criterios establecidos eri los artículos 2°), 3°) 4°) y 5°) del presente reglamento y autorizará los viajes en un plazo máximo de 5 días hábiles.

 

ARTICULO 8°).- Todos los viajes deberán contar con la presencia de al menos un docente responsable.

 

ARTICULO 9°).-Los gastos de combustible y viáticos de los choferes estarán a cargo de la dependencia que solicita el uso del transporte. En caso de que el viaje se realice en días inhábiles o fines de semana corresponderá pagar un viático extra por cada día.

 

ARTICULO 10º).-Los posibles daños que puedan llegar a ocasionar los ocupantes por un uso indebido del ómnibus serán afectados a la dependencia que solicitó el viaje o responsable a cargo. El estado del colectivo será controlado por el chófer y el responsable del viaje.

 

MG. CLAUDIA PATRICIA LEGNINI

VICERRECTORA UNS

 

ANEXO II

 

UNS -SGBU -Solicitud de Transporte de larga distancia

 

 

* fecha Solicitud:../../.. ( dd/mm/aa)

 

 

Bahía Blanca *

Fecha de Salida:    í.. i      (dd/mm/aa) -Hora: …:. (hh:mm -00:00-23:59)

 

Lugar de Salida: ……………………………………………..

Fecha de Llegada: …/…/… (dd/mm/aa) Hora Estimada: : (hh:mm -00:00- 23:59)

 

Lugar de Llegada:

………………………………………………

 

Datos Generales

* Dependencia:

……………………………………………..

* Curso/Materia::

ð      Delegación Deportiva

ð      Congreso, Jornadas, Eventos

 

* Tipo de

ð                  Estudio

Viaje: …………………

 

* Cantidad de Pasajeros: ……….

 

Objetivo:

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

 

Aval:

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

 

Destino: *

Lugar de Destino:

………………………………………………….

Total de Kilómetros:………………………….

 

Docentes Responsables

 

*Legajo……..       Apellido……Nombre:

……………..

Legajo/DNI…       Apellido……Nombre:

……………

Legajo/DNI…       Apellido……Nombre:

 

 

Información de Contacto *

Teléfono:………………………….

Mail: ………………………………

 

………………………

Firma

 

(*) Los campos con asteriscos son Obligatorios