JUBILACIONES - PERSONAL NO DOCENTE Y AUTORIDADES SUPERIORES
Resolución R-202/92.
Expediente DGP-453/92.
BAHIA BLANCA, 28 abril 1992.
VISTO:
La nota presentada por la Sra. Directora General de Personal, relacionada con lod porcentajes a descontar al personal no docente y superior en concepto de aportes previsionales; y
CONSIDERANDO:
Lo dispuesto en el Régimen Genera1 de la ley 18037;
El dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Universidad Nacional del Sur;
POR ELLO,
El Rector de la Universidad Nacional del Sur
RESUELVE:
ARTICULO 1°). Disponer la adecuación a la normativa de la Ley 18037 de los porcentajes correspondientes a los aportes previsionles del personal no docente y superior de la Universidad Nacional del Sur a partir del 1 de enero de 1992.
ARTICULO 2°). Disponer el reintegro de lo descontado de más al personal en el período eneroabril de 1992.
ARTICULO 3°).- Regístrese. Pase a la Dirección General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón la Dirección General de Economía y Finanzas y el Consejo Universitario. Cumplído, oportunamente archívese.
Ing. Qco. CARLOS E. MAYER
Rector
Ing. RODOLFO SERRALUNGA
Secretario General Técnico