JUBILACIONES - PERSONAL NO DOCENTE Y AUTORIDADES SUPERIORES


Resolución R-202/92.

Expediente DGP-453/92.


BAHIA BLANCA, 28 abril 1992.


VISTO:

La nota presentada por la Sra. Directora General de Personal, relacionada con lod porcentajes a descontar al personal no docente y superior en concepto de aportes previsionales; y


CONSIDERANDO:

Lo dispuesto en el Régimen Genera1 de la ley 18037;

El dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Universidad Nacional del Sur;


POR ELLO,

El Rector de la Universidad Nacional del Sur

RESUELVE:


ARTICULO 1°). Disponer la adecuación a la normativa de la Ley 18037 de los porcentajes correspondientes a los aportes previsionles del personal no docente y superior de la Universidad Nacional del Sur a partir del 1 de enero de 1992.

ARTICULO 2°). Disponer el reintegro de lo descontado de más al personal en el período eneroabril de 1992.

ARTICULO 3°).- Regístrese. Pase a la Dirección General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón la Dirección General de Economía y Finanzas y el Consejo Universitario. Cumplído, oportunamente archívese.



Ing. Qco. CARLOS E. MAYER

Rector

Ing. RODOLFO SERRALUNGA

Secretario General Técnico