REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA OPERATORIA ACORDADA MEDIAN TE EL CONVENIO CELE BRADO ENTRE LA FUNDACION BOLSA DE COMER CiO Y LA U.N.S.


Resolución R-222/89

Expediente R-382/89


BAHIA BLANCA, 2 mayo 1989.


VISTO:

El convenio de asistencia económica suscripto entre la Universidad Nacional del Sur y la Fundación Bolsa de Comercio de Bahía Blanca, con fecha 24 de abril de 1989; y


CONSIDERANDO:

Que a los efectos de dar cum plimiento a los objetivos del convenio, es preciso reglamentar la operatoria acordada, ya sea en cuanto al funcionamiento in-terno, como en lo relativo a las relaciones entre la Universidad y la Fundación;


POR ELLO,

El Rector de la

Universidad Nacional del Sur

R E S U E L V E :


ARTICULO 1°).- APROBAR el reglamento que se agrega a la presente como anexo, mediante el cual se regula la operatoria acordada mediante el convenio de asistencia económica celebrado Aparte la Universidad Nacional del Sur y la Fundación Bolsa de Comercio de Bahia Blanca, con fecha 24 de Abril de 1989

ARTICULO 2°).- Establecer que el reglamento aprobado es de aplicación inmediata, debiendo ser cum plido, estrictamente, por las partes y dependencias intervi -nientes según se indica: Fundación Bolsa de Comercio de Bahia

Blanca, Comisión especial convenio Fundación Bolsa de Comercio y Directores de Departamentos de la Universidad.

ARTICULO 3°).- Registrese; agréguese al expediente R-382/89. Co muniquese a la Fundación Bolsa de Comercio de Bahia Blanca, a la Comisión de Economia, Finanzas y Edificios del Consejo Universitario y a los Directores de Departamento; tomen conocimiento las Secretarías Generales Técnica y Académica y la Dirección de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. - - - - - - - - - -

Ing.Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA

Rector

Cr. OSCAR DANTE GARCIA

Secretario General Técnico

ANEXO I

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA OPERATORIA ACORDADA MEDIANTE / EL CONVENIO DE ASISTENCIA ECONOMI CA CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD Y LA FUNDACION BOLSA DE COMERCIO.

Teniendo en cuenta la necesidad manifiesta de la Universidad de recurrir al apoyo económico de la comunidad para atender las di ficultades financieras por las que atraviesa y asegurar el minimo e imprescindible funcionamiento de sus actividades académicas, la Fundación Bolsa de Comercio de Bahia Blanca ha ofrecido su apoyo para la consecución de dichos objetivos; por tal razón se ha suscripto entre la citada Fun Ración y la Universidad un convenio con fecha 24 de abril de 1989, en virtud del cual la Fundación ofrece su estructura institucional y administrativa a los efectos de recibir donaciones, contribuciones y aportes de cualquier naturaleza que la comunidad le efectúe, con cargo de destinar las exclusivamente a solventar las necesidades docentes según los conceptos que sugiera la Universidad. Con el objeto de normar la operatoria acordada ya sea en cuanto al funcionamiento interno como en lo relativo a las relacio nes entre la Universidad y la Fundación, se describe seguidamente el REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA OPERATORIA ACORDADA MEDIANTE EL CONVENIO DE ASISTENCIA ECONOMICA CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD Y LA FUNDACION BOLSA DE COMERCIO.

Articulo 1°).- CONCEPTOS A FINANCIAR: Con los fondos que se obtengan se financiarán exclusivamente los siguientes conceptos: Bienes de consumo: papelería, drogas y bienes de consumo en general destinados a la actividad docente, Inversiones material bibliográfico, instrumental y bienes en general afectados a la actividad docente; Viajes de alumnos: gastos de movilidad originados en el traslado de alumnos, que resulten imprescindibles para el cursado de las clases prácticas de determinadas asignaturas.

Artículo 2°).- PAUTAS PARA LA PROVISION DE FONDOS Y FUNCIONARIOS AUTORIZADOS A REALIZAR LAS GESTIONES: La distribución de los recursos que se obtengan sera dispuesta por la Comision especial convenio Fundación Bolsa de Comercio que funcionara en la Universidad; teniendo en cuenta los pedidos fundamentados que presentaran los Departamentos, la Comisión deberá establecer prioridades en cuanto a conceptos y montos. Los funcionarios autorizados a gestionar la pro-visión de los recursos serán exclusivamente los Directores de Departamento.

Artículo 3°).- ORIGEN Y DESTINO DE LOS FONDOS: Los fondos que recaudará la Fundación podrán provenir de: donaciones, contribuciones y aportes de cualquier naturaleza que la comunidad le efectúe y las rentas de inversiones que realice la Fundación con fondos así obtenidos. Dichos fondos serán con cargo para ser destinados exclusivamente a la actividad docente y para los conceptos que sugiera la Universidad a través de la Comisión especial

Artículo 4°).- DONACIONES DE LA FUNDACIÓN A LA UNIVERSIDAD: Según lo prevé el convenios si al concluir su vigencia se produjera un remanente de fondos originado en la operatoria, los mis mos serán donados a la Universidad; de igual modo se procederá en el caso de que las asignaciones tengan como destino la inversión en bienes inventariables o en material bibliográfico, con lo cual dichas inversiones quedarán incorporadas al patrimonio de la Universidad.

Artículo 5°).- COMISION ESPECIAL CONVENIO FUNDACION BOLSA DE COMERCIO. INTEGRACIÓN Y FUNCIONES: La Comisión estará integrada por cuatro representantes de la Comisión de Economía, Finanzas y Edificios del Consejo Universitario (dos profesores, un graduado y un alumno), la Secretaria General Académica y el Secretario General Técnico de la Universidad. Son funciones de la Comisión las siguientes:

a) Evaluación de los pedidos pre sentados por los Departamentos, determinación de prioridades y autorización para la utilización de los recursos.

b) Recepción de la Fundación de la información acerca de los fondos recaudados.

c) Comunicación a los Directores de Departamento de las autorizaciones acordadas.

d) Intervención de las órdenes de compra, luego de haberse efectuado las adquisiciones, juntamente con el Director de Departamento.

e) Recepción y convalidación de las liquidaciones que mensualmente recibirá de la Fundación acerca de los ingresos y egresos de fondos.

f) Difusión de las liquidaciones referidas en el punto ante -rior e informe periódico al Consejo Universitario y Rectorado.

g) Reserva de la documentación relativa a pedidos, autorizaciones y liquidaciones en la Secretaría del Consejo Universitario.

h) Las decisiones de la Comisión en lo relativo a determinación de prioridades, actualizaciones y convalidaciones, serán adoptadas por mayoría absoluta de sus miembros.

Artículo 6°).- LA FUNDACIÓN. FUNCIONES. De acuerdo a lo previsto en el convenio y en concordancia con lo establecido en este reglamento, son funciones de la Fundación las siguientes:

a) Recaudar los fondos que reciba con destino a la actividad académica otorgando los correspondientes recibos a los donantes.

b) Depositar los fondos en cuentas bancarias a nombre de la Fundación Bolsa de Comercio de Bahía Blanca - Convenio U.N.S.

c) Efectuar inversiones con los fondos recaudados cuando lo considere conveniente.

d) Llevar la contabilidad de los ingresos y egresos de fondos con respaldo documentado correspondiente.

e) Destinar los fondos recaudados al financiamiento de los conceptos previstos, debiendo para ello los Directores de Departamento presentar las órdenes de compra debidamente intervenidas

f) Efectuar liquidaciones mensua les de ingresos y egresos de fondos, las que deberán ser remitidas a la Comisión especial para su verificación y convalidación.

Articulo 7°).- DIRECTORES DE DE PARTAMENTO. FUNCIONES. Serán funciones primordiales de los Directores de Departamento las siguientes:

a) Presentar a la Comisión especial en tiempo y forma los pedidos de necesidades debidamente fundamentados y circunscriptos a los conceptos señalados en el art. 1°).

b) Efectuar los gastos e inversiones en función de las autorizaciones escritasotorga das por la Comisión especial.

c) Presentar las órdenes de compra previamente intervenidas y autorizadas por la Comisión especial ante la Fundación para que ésta posteriormente las haga efectivas

Artículo 8°).- ORDENAMIENTO SE CUENCIAL DE LA OPERATORIA. Se detalla seguidamente el ordenamiento secuencial de la operatoria que ha sido reglamentada a tra vés del articulado precedente:

a) Día lunes: reunión de la Comisión especial

- Recibe la información de los fondos disponibles suministrada por la Fundación.

- Se reciben de los Directores de Departamento los pedidos ajustados a los conceptos definidos en el art. 1°; establece las prioridades en función de conceptos y montos, labrando un acta y dejando constancia de la decision adoptada.

- Se comunica a los Directores de DEpartamento los montos y con Septos autorizados mediante la remisión de un Memorandum, cuya copia quedará archivada junto con los pedidos recibidos en la Secretaria del Consejo Uníversi-tario.

b) Dia martes a viernes: tramitación de las compras.

- Recibido el Memorandum el Director de Departamento efectúa la tramitación de la compra, la que deberá ajustarse a los conceptos y montos autorizados.

- El Director emite una orden de compra por proveedor utilizando los formularios preimpresos sumi nistrados, debiendo dejar cons tancia en la misma del nombre del proveedor, domicilio, cantidad de artículos, descripción, precio unitario, precio total, firma, sello y fecha.

- Cada orden de compra se emite por triplicado; el triplicado queda en poder del Director, el original es entregado al proveedor al efectuar la compra y el duplicado con la firma del proveedor confirmando la provisión, el precio y la indicación de la posterior facturación a la Fundación, es presentado por el Director de Departamento a la Comisión especial para su intervencion

c) Día lunes de la segunda semana: intervención de la Orden de compra por parte de la Comision especial.

- El duplicado de la Orden de Compra es presentado por el Director de Departamento ante la Comisión especial para su intervención. Se verifica que su con tenido coincida con el memoran dum de autorización, siendo firmada la orden por un miembro de la Comisión especial y el propio Director de Departamento.

d) Día martes de la segunda semana: presentación de la orden de compra en la Fundación.

- Los duplicados de las órdenes de compra que han sido reunidos el día lunes por la Comisión es pecial son presentados ante la Fundación para su posterior pago a los proveedores.

- Las órdenes serán adjuntadas a un listado que elaborado por duplicado será también suscripto por la Comisión especial.

e) Día jueves de la segunda semana: pago a los proveedores.

- La Fundación hace efectivo los pagos a los proveedores con la presentación por parte de éstos de las órdenes de compra originales y las facturas.

- La Fundación presentará a la Comisión especial las liquidaciones referidas a ingresos y egresos de fondos producidos en el mest las que serán verificadas y convalidadas. La documentación en cuestión será archivada en la Secretaría del Consejo Universitario.

g) Primera reunión mensual del Consejo Universitario.

- Mensualmente y en la primera reunión del Consejo Universitario posterior a la recepción de la liquidación por parte de la Fundación, la Comisión Especial elevará un informe al Consejo Universitario y al Rectorado sobre lo actuado.

Ing.Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA

Rector

Cr. OSCAR DANTE GARCIA

Secretario General Técnico