PERSONAL
“BONOS DEL GOBIERNO NACIONAL EN PESOS 2% 2008”
(Restitución del 13%)
Resolución R-224/03.
BAHIA BLANCA, 24 de abril de 2003.
VISTO:
La
Decisión Administrativa 8/2003 mediante la cual se dispuso la restitución al
personal del Sector Público Nacional de la reducción del TRECE POR CIENTO (13%)
a que se refiere el segundo párrafo del Decreto 1819/2002; y
CONSIDERANDO:
Que
durante el mes de marzo último se dieron a conocer a esta Universidad, por
parte de la Secretaría de Políticas Universitarias, las instrucciones relativas
a la liquidación de los importes a abonar por parte de la Secretaría de
Hacienda al personal universitario en concepto de restitución del TRECE POR
CIENTO (13%) de los haberes deducidos durante los años 2001 y 2002;
Que
mediante Resolución Conjunta 56/2003 y 16/2003 de la Secretaría de Hacienda y
de la Secretaría de Finanzas, se reglamentó el instructivo técnico para la
liquidación de los importes a reintegrar en “Bonos del Gobierno Nacional en
Pesos 2% 2008”
La
nota del señor Director General de Economía y Finanzas de fecha 17 de marzo
último en la cual manifiesta, en su carácter de Jefe del Servicio
Administrativo y Financiero de la UNS, la necesidad de fijar pautas claras
sobre los montos a liquidar a favor de cada agente por parte de la Dirección
General de Personal;
Que
se estima conveniente que los descuentos personales a tener en cuenta para la
liquidación de los importes a restituir con Bonos, sean los vigentes a marzo de
2003, fecha en la que se conocieron las instrucciones de liquidación;
Que
en el caso de ex – agentes fallecidos, se comparte el criterio del señor
Director General de Asuntos Jurídicos, en cuanto a que corresponde que la
titularidad de los bonos sea emitida a favor de los derechohabientes ;
Que
resulta necesario también fijar un criterio respecto de ex – agentes que a la fecha mantienen deudas con esta Casa de
Estudios. En tal sentido, se estima
conveniente ratificar el dictamen nº 4943 del señor Director General de Asuntos
Jurídicos en el que se expresa que resulta procedente la compensación de
montos;
POR
ELLO,
EL RECTOR
DE LA
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
R E S U E
L V E :
ARTICULO 1º).- Disponer que los
descuentos personales a tener en cuenta para la restitución de los importes
correspondientes a la reducción salarial del TRECE POR CIENTO (13%) mediante
“BONOS DEL GOBIERNO NACIONAL EN PESOS 2% 2008”, sean los vigentes al mes de
marzo de 2003.
ARTICULO 2º).- Disponer Que se
informe como aporte patronal a ingresar a la AFIP el ONCE CON SESENTA Y SIETE
POR CIENTO (11,67 %), de acuerdo a la interpretación fundada en el artículo 2º
inciso b) del Decreto 814/2001.
ARTICULO 3º).- En el caso de ex –
agentes fallecidos, la titularidad de los bonos se extenderá a favor de los
derechohabientes
ARTICULO 4º).- Disponer la
compensación de montos en los casos de ex – agentes que mantienen deudas con
esta Universidad al 30 de abril de 2003.
ARTICULO 5º).- Convalidar los
pagos efectuados al personal mediante Vales de Almuerzo durante el período
comprendido entre julio de 2001 y diciembre de 2002.
ARTICULO 6º).- Regístrese. Pase a
la Dirección General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Tomen
razón la Dirección General de Economía
Finanzas.- Gírese al Consejo Superior Universitario para su
ratificación. Cumplido, oportunamente, archívese.
DR. LUIS
MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC.
GUILLERMO M. LUCANERA
SEC. GRAL.
TÉCNICO