PERSONAL

“BONOS DEL GOBIERNO NACIONAL EN PESOS 2% 2008” (Restitución  del 13%)

 

Resolución R-224/03.

 

BAHIA BLANCA, 24 de abril de 2003.

 

            VISTO:

            La Decisión Administrativa 8/2003 mediante la cual se dispuso la restitución al personal del Sector Público Nacional de la reducción del TRECE POR CIENTO (13%) a que se refiere el segundo párrafo del Decreto 1819/2002; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que durante el mes de marzo último se dieron a conocer a esta Universidad, por parte de la Secretaría de Políticas Universitarias, las instrucciones relativas a la liquidación de los importes a abonar por parte de la Secretaría de Hacienda al personal universitario en concepto de restitución del TRECE POR CIENTO (13%) de los haberes deducidos durante los años 2001 y 2002;

 

            Que mediante Resolución Conjunta 56/2003 y 16/2003 de la Secretaría de Hacienda y de la Secretaría de Finanzas, se reglamentó el instructivo técnico para la liquidación de los importes a reintegrar en “Bonos del Gobierno Nacional en Pesos 2% 2008”

 

            La nota del señor Director General de Economía y Finanzas de fecha 17 de marzo último en la cual manifiesta, en su carácter de Jefe del Servicio Administrativo y Financiero de la UNS, la necesidad de fijar pautas claras sobre los montos a liquidar a favor de cada agente por parte de la Dirección General de Personal;

 

            Que se estima conveniente que los descuentos personales a tener en cuenta para la liquidación de los importes a restituir con Bonos, sean los vigentes a marzo de 2003, fecha en la que se conocieron las instrucciones de liquidación;

 

            Que en el caso de ex – agentes fallecidos, se comparte el criterio del señor Director General de Asuntos Jurídicos, en cuanto a que corresponde que la titularidad de los bonos sea emitida a favor de los derechohabientes ;

 

            Que resulta necesario también fijar un criterio respecto  de ex – agentes que a la fecha mantienen deudas con esta Casa de Estudios. En tal  sentido, se estima conveniente ratificar el dictamen nº 4943 del señor Director General de Asuntos Jurídicos en el que se expresa que resulta procedente la compensación de montos;

 

            POR ELLO,

 

EL RECTOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Disponer que los descuentos personales a tener en cuenta para la restitución de los importes correspondientes a la reducción salarial del TRECE POR CIENTO (13%) mediante “BONOS DEL GOBIERNO NACIONAL EN PESOS 2% 2008”, sean los vigentes al mes de marzo de 2003.

 

ARTICULO 2º).- Disponer Que se informe como aporte patronal a ingresar a la AFIP el ONCE CON SESENTA Y SIETE POR CIENTO (11,67 %), de acuerdo a la interpretación fundada en el artículo 2º inciso b) del Decreto 814/2001.

 

ARTICULO 3º).- En el caso de ex – agentes fallecidos, la titularidad de los bonos se extenderá a favor de los derechohabientes

 

ARTICULO 4º).- Disponer la compensación de montos en los casos de ex – agentes que mantienen deudas con esta Universidad al 30 de abril de 2003.

 

ARTICULO 5º).- Convalidar los pagos efectuados al personal mediante Vales de Almuerzo durante el período comprendido entre julio de 2001 y diciembre de 2002.

 

ARTICULO 6º).- Regístrese. Pase a la Dirección General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón la Dirección General de Economía  Finanzas.- Gírese al Consejo Superior Universitario para su ratificación. Cumplido, oportunamente, archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC. GRAL. TÉCNICO