SUSPENSION CLASES PRESENCIALES (DNU 287/21)

 

Resolución R-245/21

Expte. N° 489/20

 

Bahía Blanca, 03 de mayo de 2021

 

VISTO:

El Decreto de Necesidad y Urgencia 287/21, de fecha 30/04/2021;

 

El Decreto de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires 270/21, de fecha 30/04/2021;

 

La Resolución 1555/21 de la de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires (JGMPBA), de fecha 02/05/2021; y

 

CONSIDERANDO:

Que el DNU 287/21 estableció parámetros para definir los distintos grados de riesgo epidemiológico y sanitario en los grandes aglomerados, urbanos, departamentos o partidos;

 

Que en las zonas que se encuentren en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria se suspendió el dictado de clases presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades, durante la vigencia del mencionado DNU;

 

Que en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, por Resolución 1555/21 de JGMPBA se estableció un sistema de fases en el que estarán incluidos los municipios de acuerdo al riesgo epidemiológico y sanitario que presenten, correspondiendo la Fase 2 a la Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria, descripta en el DNU 287/21;

 

Que, en concordancia con dicho decreto, en la Fase 2 no están permitidas las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades, salvo educación especial;

 

Que el Anexo II de la Res. 1555/21 incluyó al Municipio de Bahía Blanca en la Fase 2;

 

Que la Res. 1555/21 establece para la Fase 2 que las personas no podrán circular entre las 20:00 hs y las 6:00 hs del día siguiente;

 

POR ELLO,

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

“ad referendum” del “CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: En el período comprendido entre el 3 y el 21 de mayo inclusive del corriente año,

 

a) Suspender las clases presenciales en los niveles preuniversitario y universitario, en todas sus modalidades;

 

b) Los edificios e instalaciones de la Universidad permanecerán cerrados desde las 19:00 hs hasta las 7:00 hs del día siguiente;

 

ARTÍCULO 2º: Regístrese. Comuníquese a todas las dependencias. Pase al Consejo Superior Universitario a sus efectos.

 

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR