SUSPENSION CLASES PRESENCIALES
(DNU 287/21)
Resolución
R-245/21
Expte. N° 489/20
Bahía Blanca,
03 de mayo de 2021
VISTO:
El Decreto de
Necesidad y Urgencia 287/21, de fecha 30/04/2021;
El Decreto de
la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires 270/21, de fecha 30/04/2021;
La Resolución
1555/21 de la de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos
Aires (JGMPBA), de fecha 02/05/2021; y
CONSIDERANDO:
Que el DNU
287/21 estableció parámetros para definir los distintos grados de riesgo
epidemiológico y sanitario en los grandes aglomerados, urbanos, departamentos o
partidos;
Que en las
zonas que se encuentren en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria se suspendió el dictado de clases
presenciales en todos los niveles y en todas sus
modalidades, durante la vigencia del mencionado DNU;
Que en el
ámbito de la provincia de Buenos Aires, por Resolución 1555/21 de JGMPBA se
estableció un sistema de fases en el que estarán incluidos los municipios de acuerdo
al riesgo epidemiológico y sanitario que presenten, correspondiendo la Fase 2 a
la Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria, descripta en
el DNU 287/21;
Que, en
concordancia con dicho decreto, en la Fase 2 no están permitidas las clases
presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos
los niveles y en todas sus modalidades, salvo educación especial;
Que el Anexo II
de la Res. 1555/21 incluyó al Municipio de Bahía Blanca en la Fase 2;
Que la Res.
1555/21 establece para la Fase 2 que las personas no podrán circular entre las
20:00 hs y las 6:00 hs del
día siguiente;
POR ELLO,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
“ad referendum” del “CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º: En el período
comprendido entre el 3 y el 21 de mayo inclusive del corriente año,
a) Suspender
las clases presenciales en los niveles preuniversitario y universitario, en todas
sus modalidades;
b) Los
edificios e instalaciones de la Universidad permanecerán cerrados desde las
19:00 hs hasta las 7:00 hs
del día siguiente;
ARTÍCULO
2º: Regístrese.
Comuníquese a todas las dependencias. Pase al Consejo Superior Universitario a
sus efectos.
DR. DANIEL A. VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR