MECANISMO DE INGRESO DE PERSONAS A LOS EDIFICIOS DE LA UNS ACTIVIDADES CRÍTICAS, ESENCIALES E INDISPENSABLES
(Deroga
arts. 2º, 3º y 4º, y los anexos I y II de la Resolución R-172/20)
Resolución N° R-269/2020
BAHIA BLANCA, 04 de mayo de 2020
VISTO:
Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 260, 297, 325, 355 y
408/20
Las Resoluciones R-151, 172 y 208/20; y
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud declaró al brote de COVID-19 como
una pandemia con fecha 11 de marzo de 2020;
Que por el DNU 260/2020 se amplió la emergencia sanitaria establecida por Ley
Nº27.541, en virtud de la referida pandemia;
Que por el DNU 297/20 se dispuso la medida de “aislamiento social, preventivo y
obligatorio” desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año,
prorrogándose sucesivamente por los DNU 325, 355 y 408/20;
Que, consecuentemente, el Rectorado de la Universidad Nacional del Sur, ad referéndum
del Consejo Superior Universitario, dispuso -entre otras medidas- el cierre de
los edificios de la Universidad a partir del 20 de marzo, el dictado de clases
y la toma de parciales y exámenes de modo no presencial, y el trabajo de su
personal desde el domicilio;
Que el DNU 297/20 exceptuó del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo
y obligatorio” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a las
actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, debiendo
limitarse sus desplazamientos al estricto cumplimiento de esas actividades y
servicios;
Que, entre las personas exceptuadas, el referido DNU incluyó a los trabajadores
ytrabajadoras del sector público nacional, convocados
para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas
autoridades (artículo 6° inc. 2.);
Que, por consiguiente, la Res. R-172/20 autorizó el ingreso a los edificios e instalaciones
de la UNS a las autoridades superiores, directores generales y personal convocado
específicamente para garantizar actividades esenciales;
Que dicha Resolución estableció que el ingreso se autorizaría mediante un
certificado expedido, según el caso, por una autoridad superior o director/a
general;
Que la experiencia recogida
hasta el presente, y las consultas efectuadas al Servicio de Seguridad e
Higiene en el Trabajo y al Comité de Crisis Covid-19, recomiendan la adopción de un sistema de permisos que reemplace al mencionado certificado,
a fin de mejorar las condiciones de seguridad de los trabajos y proporcionar la
trazabilidad de sus localizaciones;
Que, al mismo tiempo, es
aconsejable la aprobación de un protocolo de higiene y salud en el trabajo, con
la finalidad de reducir el riesgo de exposición del personal propio y de contratistas
al virus responsable de la pandemia Covid-19;
POR ELLO,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
AD REFERENDUM DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°: A los fines del artículo 6°, inciso 2) del Decreto de Necesidad y
Urgencia 297/2020, se establecen en el ámbito de la Universidad de Nacional del
Sur como servicios críticos, esenciales e indispensables las siguientes
actividades:
a) seguridad de edificios e instalaciones;
b) tareas de limpieza en lugares determinados y bajo solicitud expresa;
c) mantenimiento de equipos, sistemas informáticos y plataformas virtuales;
d) liquidación y pago de sueldos;
e) intervenciones in situ en sistemas o procedimientos inamovibles, o
requerimiento de información necesaria para la continuidad de actividades
esenciales; por ejemplo, servicios de administración financiera, de gestión de
la ejecución presupuestaria en materia de registración contable, compras,
contrataciones y tesorería;
f) emisión y entrega de títulos;
g) retiro de materiales indispensables para el dictado de clases en modalidad
no presencial;
h) actividades de investigación, desarrollo y extensión universitaria
vinculados a la pandemia de COVID-19;
i) mantenimiento de animales y cultivos en campos, laboratorios, bioterios y la Escuela de Agricultura y Ganadería
j) trabajos de obra pública y de supervisión de obra pública;
k) mantenimiento de edificios (civil, sanitario, eléctrico, etc.), en tanto la
actividad sea una urgencia que afecta a los sistemas críticos que deben seguir
funcionando durante el cierre de
edificios; o situaciones que ponen en riesgo cierto de vida a personas que
ingresan a trabajar con el correspondiente permiso de trabajo.
El Rector podrá ampliar las actividades o servicios esenciales no comprendidos
en la enumeración precedente, con carácter sumamente restrictivo.
ARTÍCULO 2°: Las
actividades a realizarse en dependencias de la UNS por miembros de la comunidad
universitaria o terceros deberán enmarcarse en la enumeración del artículo anterior,
y contar con un Permiso de Trabajo autorizado (PT). El PT será emitido por el servicio
de Seguridad e Higiene en el Trabajo (SHST) de la UNS. No se admitirá el inicio
del trabajo ni el ingreso a la dependencias de la UNS si no se cuenta con el PT
habilitante. A los fines de la utilización del PT, se definen los siguientes
actores:
a) Ejecutor: persona/s que ingresa/n a realizar la actividad;
b) Solicitante: autoridades superiores (Res. CSU-174/02), directoras/es
de las Escuelas Preuniversitarias o directoras/es generales;
c) Responsable del área: autoridad superior o personal docente o nodocente responsable del lugar específico donde se
realizará la actividad;
d) Responsable de la ejecución de los trabajos: en el caso de trabajos a
ejecutar por contratista, persona a cargo de los ejecutores del trabajo.
ARTÍCULO 3°: Todos los miembros de la comunidad universitaria o terceros
que ingresen en dependencias de la UNS para realizar alguna de las actividades
enumeradas en el artículo 1º deberán:
a) completar la declaración jurada (DJ) que corre como Anexo I de la presente,
y se encuentra en http://www.uns.edu.ar/contenidos/64/novedades/2178
, y enviarla al SHST.
La DJ se llena una única vez, salvo que la condición de salud del declarante
cambie, en cuyo caso deberá completar una nueva DJ y avisar al SHST.
b) haber leído y comprendido el Protocolo Coronavirus que corre como Anexo II
de la presente y se encuentra en http://www.uns.edu.ar/contenidos/64/novedades/2178.
. Descargar desde este sitio el Registro de Capacitación, completarlo
y enviarlo al SHST a través los medios indicados en el artículo 8º. El Registro
de Capacitación se completa y envía una única vez.
ARTÍCULO 4°: La Solicitud de Permiso de Trabajo (SPT), que corre como
Anexo III de la presente, será remitida por el Solicitante al SHST y al
Responsable del Área. Antes de completar la SPT, el Solicitante deberá requerir
al ejecutor que llene y envíe la DJ, tome conocimiento del Protocolo del Anexo
II, y complete y envíe el Registro de Capacitación.
ARTÍCULO 5°: El
SHST emitirá o negará el PT tal como fuera solicitado, o lo reprogramará de
común acuerdo con los interesados. En caso de aprobarse el permiso de trabajo,
el SHST lo enviará en formato pdf al Solicitante, al
Ejecutor, al Responsable del Área y a la mayordomía correspondiente. El PT
deberá permanecer en todo momento en poder del Ejecutor durante su permanencia
en la UNS.
Para trabajos de más de una jornada, el Solicitante enviará el aviso de cierre del
PT al SHST cuando finalice la actividad. Este requisito será condicionante para
habilitar nuevas actividades.
ARTÍCULO 6°: Las requisitos fijados en el Protocolo Coronavirus podrán
ser auditadas en el lugar de trabajo, y -en caso de no cumplirse- la actividad se
suspenderá y se informará al Comité de Crisis (Anexo II), quien no levantará la
suspensión hasta que no se cumplan los requisitos. En caso de reiterarse el
incumplimiento el Comité de Crisis retirará el PT.
ARTÍCULO 7°: En el caso de obras o servicios ejecutados por contratista,
éste preparará de acuerdo a los lineamientos de la Superintendencia de Riesgos
del Trabajo un Protocolo de Higiene y Seguridad para la Obra, alineado con el
de la UNS, y capacitará en este protocolo al personal afectado a las tareas
declaradas en la SPT. Este personal firmará el Registro de Capacitación como
prueba de haberla recibido y entender su contenido. El contratista enviará al
SHST el Registro de Capacitación mediante copia escaneada o foto.
ARTÍCULO
8°: Toda la comunicación entre los actores y el SHST se realizará por:
• e-mail: shst@uns.edu.ar
• WhatsApp al: +54 9 291 506 3766
ARTÍCULO
9°: Derogar los artículos 2º, 3º y 4º, y los anexos I y II de la
Resolución R-172/20.
ARTÍCULO
10º: Regístrese. Comuníquese a todas las dependencias de la UNS. Pase
al Consejo Superior Universitario a sus efectos.
DR.
DANIEL ALBERTO VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
ANEXO I - DECLARACIÓN JURADA
CONDICIONES DE SALUD DEL EJECUTOR DE LA ACTIVIDAD
Todos los campos son obligatorios
1. DATOS PERSONALES
• Apellido y Nombre
• Edad
• DNI (personal UNS); CUIL (personal contratistas)
• Teléfono celular (si no lo posee, indique uno fijo)
• Domicilio
2. CONDICIÓN CONTRACTUAL (marque con una X)
• Personal UNS
• Contratista
3. LUGAR DE TRABAJO (Completar lo que corresponda o indicar No Aplica NA)
a. Dependencia donde trabaja:
b. Ubicación
● Complejo: Colón 80, Alem, Palihue,
Htal. Militar, 11 de Abril 445, EAG, Colón 50
● Edificio
● Área
● Piso
● Oficina
● Otras referencias
4. ¿Ha viajado en los últimos 15 días o ha estado en contacto con personas que
hayan viajado? Nota: el virus puede incubarse durante 15 días, tiempo durante
el cual los primeros síntomas tardan en aparecer desde la infección. (marque con una X)
• No
• Si
5. ¿Convive con alguna persona que haya viajado o estado en contacto con
personas que han viajado? (marque con una X)
• No
• Si
6. ¿Tiene o ha tenido fiebre en los últimos 15 días? (marque con una X)
• No
• Si
7. ¿Ha tenido alguno de los síntomas que se describen a continuación? (marque
con una X)
• Tos
• Escalofríos
• Dolor de garganta
• Secreción nasal
• Falta de olfato
• Dificultad para respirar
• Ninguno
8. Comentarios y observaciones que desee agregar (por ejemplo, si ha estado en
contacto con personas sanas que luego se enfermaron)
NOTA: Por razones de espacio, no se publica el
ANEXO II - Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo en el marco de la
EMERGENCIA PANDEMIA COVID-19.
El mismo se puede ver en el siguiente link: http://www.uns.edu.ar/contenidos/64/novedades/2178