PERSONAL NO DOCENTE - VACACIONES ESPECIALES DE INVIERNO.-


Resolución R-349/96.-

Expediente R-694/89.-


BAHIA BLANCA, 25 de junio de 1996.-


VISTO:

Que el Calendario Universitario 1996 establece que el receso invernal para el personal docente,se ajustará a las fechas que fije el MInisterio de Educación; y


CONSIDERANDO:

Que el período fijado por dicho organismo comprende desde el 22 de julio al 2 de agosto de 1996;

Que es necesario adecuar el receso del personal no docente al académico;

El informe del señor Secretario del Consejo Universitario de fs. 33;

Que el Rectorado es autoridad competente para resolver el otorgamiento del receso al personal no docente de la Universidad;


POR ELLO,

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

R E S U E L V E


ARTICULO 1º).- Conceder vacaciones especiales de invierno con goce de haberes al personal no docente de esta Universidad, por el período comprendido entre el 22 de julio y el 2 de agosto de 1996, con cierre de todas las dependencias, manteniéndose las guardias mínimas indispensables en todos los edificios.-


ARTICULO 2º).- Regístrese. Pase a la Dirección General de Personal para su comunicación a todas las dependencias. Cumplido, oportunamente, archívese.-



LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

CR. ARTURO JOSE GUEVARA

SEC. GRAL. TECNICO