CONVENIO UNS Y FUNDACION DE LA UNS - ASPECTOS ADMINISTRATIVOS Y ECONOMICO-FINANCIEROS

Resolucion R-388/94.

BAHIA BLANCA, 6 julio 1994.

VISTO:

El Convenio suscipto entre la Universidad Nacional del Sur y la Fundacion de la Universidad Nacional del Sur; y

CONSIDERANDO:

Que es necesario reglamentar los aspectos administrativos y Economico-financieros del citado Convenio contemplados en loa arts.CUARTO y QUINTO, estableciendo las competencias y responsabilidades de cada entidad;

Los antecedentes obrantes en los expedientes N°1564/92 y 689/89

Que el Reglamento para la Prestacion de Servicios Externos de la UNS, fue aprobado por Resolucion CU-245/93 y puesto en vigencla por Resolucion CUN°227/94;

POR ELLO,

E1 Rector de la Universidad Nacional del Sur

R E S U E L V E :

ARTICULO 1°). Las competencias y responsabilidades en el funcionamiento administrativo y economico-financiero en lo concerniente a facturacion, ingreso y egreso de los fondos emergentes de los convenios suscriptos por la prestacion de servicios que efectue la UNIVERSIDAD a traves de la FUNDACION en su calidad de Unidad de Vinculacion con los distintos comitentes son las determinadas por la presente reglamentacion.

ARTICULO 2°). La FUNDACION presupuestara los servicios sobre la base de las tareas y montos establecidos por los Departamentos o Dependencias a cargo de los trabajos, los que tendran en cuenta los lineamientos del Reglamento para la Prestacion de Servicios Externos.

ARTICULO 3°). La FUNDACION facturara la totalidad de los servicios en base al presupuesto citado en el articulo anterior.

ARTICULO 4). La FUNDACION percibira los importes de las facturas emitiendo el recibo correspondiente

ARTICULO 5°). En virtud de lo establecido en el art. 5° del convenio citado en el visto, en el Reglamento para la Prestacion de Servicios Externos de la Universidad Nacional del Sur y en el art. 19° del Decreto 508/92 reglamentario de la Ley 23877, la Universidad recibira de la Fundacion los importes que le corresponden de acuerdo al presupuesto, por los siguientes conceptos:

a) Montos correspondientes a los gastos directos y generales necesarios para la ejecucion de los trabajos.

b) Montos correspondientes al personal interviniente en los trabajos segun el articulo 24 del Reglamento para la Prestacion de Ser vicios Externos.

c) Montos correspondientes al porcentaje destinado a Rectorado segun Resolucion R-54/92.

ARTICULO 6°). La FUNDACION sera responsable de la Administracion de los fondos remanentes, que deberian ser aplicados a:

a) Pago de porcentaje correspondiente al Departamento o dependencia que presta el servicio.

b) Pago de honorarios al personal interviniente en el trabajo.

c) Porcentaje que le corresponda por su gestion.

Los porcentuales de participaci6n en los servicios surgiran del presupuesto elaborado en base a las disposiciones contenidas en la Reglamentacion para la Prestacion de Servicios Externos de la UNS.

ARTICULO 7°). La FUNDACION asumira la responsabilidad por todos los aspectos impositivos y previsionales emergentes de los creditos y su facturacion, salvo los relacionados con los gastos en personal citados en el art. 5° inc. b)

ARTICULO 8°). En los casos de compra de Bienes de Uso por parte de los Departamentos financiados con fondos indicados en el articulo 6° inc. a), los mismos seran ingresados al patrimonio de la UNIVERSIDAD mediante donacion, la que debera ser aceptada por el Consejo Universitario.

ARTICULO 9°) Para todos los aspectos relacionados con la implementacion de los servicios a prestar por los Departamentos, los mismos deberan regirse por lo establecido en la resolucion CU-245/93.

ARTICULO 10°). Registrese Pase para su conocinlento y denas efectos a la Direccion General de Economia y Finanzas y a la Fundacion de la Universidad Nacional del Sur. Cumplido, girese al Consejo Universitario para su ratificacion.

Ing.Qco.CARLOS E. MAYER

Rector

Ing. RODOLFO SERRALUNGA

Secretario Genral Tecnico