PERSONAL

REMUNERACIONES

NUEVOS INDICES

 

Resolución R-393/09

Expte. 1096/09

 

BAHIA BLANCA, 13 de mayo de 2009

 

            VISTO:

            El Instructivo para la liquidación de los salarios docentes correspondientes a los incrementos acordados para el año 2009, enviado por el Area de Recursos Humanos de las Universidades Nacionales dependiente de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que en el instructivo citado, se fijan incrementos remunerativos y bonificables en dos etapas para los Docentes Universitarios, siendo la primera a partir del mes de abril de 2009 y la segunda a partir del mes de junio de 2009;

 

            Que para el Personal Docente con Dedicación Semiexclusiva, se establece una Garantía Remunerativa para alcanzar un salario neto de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA ($ 1490,00), o lo que es similar a considerar una Garantía Remunerativa Nominal de PESOS UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON DIECIOCHO CENTAVOS ( 1795,18);

 

            Que en el mismo instructivo se establecen incrementos salariales en dos etapas para la totalidad de las remuneraciones con aportes de cada agente que se desempeñe en el Sector Preuniversitario, correspondiendo un 9% a partir del mes de abril de 2009 y un 6% a partir del mes de junio del mismo año;

 

            Que además, para los salarios docentes con cargos preuniversitarios, y/o quince (15) horas de nivel medio, y/o 12 horas de nivel superior, se establece una garantía salarial remunerativa neta de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA ( $ 1490,00), o lo que es similar a considerar una Garantía Remunerativa Nominal de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 51/100 ($ 1839,51);

 

            Que es necesario adecuar para esta Universidad Nacional del Sur la aplicación específica de dicho acuerdo;

 

            POR ELLO,

 

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR “ad referéndum del Consejo Superior Universitario”

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Modificar el Anexo I de la Resolución R-1510/08, estableciéndose el nuevo índice para cada cargo docente universitario a partir del cual se calculará el Sueldo Básico, según escala que se agrega como Anexo I a la presente Resolución.

 

ARTICULO 2º).- Las remuneraciones establecidas en el Anexo I de la presente Resolución tendrán vigencia a partir del 1º de abril de 2009.

 

ARTICULO 3º).- Establecer en el Anexo II de la presente resolución el índice que regirá para cada cargo docente universitario a partir del 1º de junio de 2009,

 

ARTICULO 4º).- Modificar el importe del Adicional de Garantía Remunerativa para el Personal Docente con Dedicación Semiexclusiva, dispuesto por el artículo 2º de la Resolución R-432/08, el que a partir del 1º de abril de 2009 alcanzará la suma nominal o bruta de PESOS  UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON DIECIOCHO CENTAVOS ( 1795,18).

 

ARTICULO 5º).- Modificar el Anexo II de la Resolución R-932/08 y el Anexo de la Resolución CSU-747/08, estableciéndose nuevos índices para cada cargo docente preuniversitario y horas cátedra, a partir del cual se calculará el sueldo básico, según escala que se agrega como Anexo III a la presente Resolución. El mismo refleja el incremento del 9%.

 

ARTICULO 6º).- Las remuneraciones establecidas en el Anexo III de la presente resolución tendrán vigencia a partir del 1º de abril de 2009.

 

ARTICULO 7º).- Establecer en el Anexo IV de la presente Resolución el índice que regirá para cada cargo docente preuniversitario y horas cátedra a partir del mes de junio de 2009, el cual refleja el incremento del 6% acordado para ese mes.

 

ARTICULO 8º).- Los incrementos establecidos en los artículos 5º y 7º de la presente alcanzarán también a las sumas que se liquidan en función de la Ley 26341 (incorporación de tickets al sueldo).

 

ARTICULO 9º).- Disponer la liquidación y pago de una garantía salarial remunerativa a fin de alcanzar un salario neto de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA ($ 1490,00), o lo que es similar a considerar una Garantía Remunerativa Nominal de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 51/100 ($ 1839,51), considerando como cargo testigo: el maestro de grado de jornada simple, el profesor de quince (15) horas de nivel medio y el profesor de doce (12) horas de nivel superior.

 

ARTICULO 10º).- La garantía salarial dispuesta en el artículo anterior tendrá carácter remunerativo y no bonificable, y para su determinación se considerarán todos los componentes del salario: sueldo básico, adicional antigüedad y el Adicional Ley 26341 incorporación de tickets al sueldo, como así también la cuota mensual del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID); e irá decreciendo en cada etapa por efecto de los incrementos otorgados.

 

ARTICULO 11º).- La erogación resultante de la aplicación de la presente Resolución se afectará presupuestariamente al Tipo de Actividad, Actividad y Centro de Costos a los cuales están imputados cada uno de los cargos.

 

ARTICULO 12º).- Regístrese. Pase a las Direcciones Generales de Personal y de Economía y Finanzas. Gírese al Consejo Superior Universitario para su ratificación. Tome razón ADUNS. Cumplido, oportunamente, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

ING. CIVIL JUAN CARLOS SCHEFFER

SEC. GRAL. TECNICO

 

ANEXO  I

 

DOCENTE UNIVERSITARIO

 

ABRIL 2009

 

CARGOS

INDICE

DEDICACIÓN EXCLUSIVA

PROFESOR TITULAR

9104

PROFESOR ASOCIADO

8372

PROFESOR ADJUNTO

7168

ASISTENTE DE DOCENCIA

6542

AYUDANTE DE DOCENCIA

5691

DEDICACIÓN SEMIEXCLUSIVA

PROFESOR TITULAR

4551

PROFESOR ASOCIADO

4181

PROFESOR ADJUNTO

3585

ASISTENTE DE DOCENCIA

3270

AYUDANTE DE DOCENCIA

2845

DEDICACIÓN SIMPLE

PROFESOR TITULAR

2277

PROFESOR ASOCIADO

2092

PROFESOR ADJUNTO

1792

ASISTENTE DE DOCENCIA

1635

AYUDANTE DOCENCIA “A”

1422

AYUDANTE DOCENCIA “B”

1138

 

ANEXO  II

 

DOCENTE UNIVERSITARIO

 

JUNIO 2009

 

CARGOS

INDICE

DEDICACIÓN EXCLUSIVA

PROFESOR TITULAR

9650

PROFESOR ASOCIADO

8874

PROFESOR ADJUNTO

7598

ASISTENTE DE DOCENCIA

6935

AYUDANTE DE DOCENCIA

6032

DEDICACIÓN SEMIEXCLUSIVA

PROFESOR TITULAR

4824

PROFESOR ASOCIADO

4432

PROFESOR ADJUNTO

3800

ASISTENTE DE DOCENCIA

3466

AYUDANTE DE DOCENCIA

3016

DEDICACIÓN SIMPLE

PROFESOR TITULAR

2413

PROFESOR ASOCIADO

2217

PROFESOR ADJUNTO

1900

ASISTENTE DE DOCENCIA

1733

AYUDANTE DOCENCIA “A”

1508

AYUDANTE DOCENCIA “B”

1206

 

ANEXO  III

 

DOCENTE PREUNIVERSITARIO

 

ABRIL 2009

 

CARGOS

INDICE

Rector Director

5586

Director EEGB

5586

Director de Primera Dos turnos

5586

Vicerrector Vicedirector

5196

Vice Director EEGB

5084

Vice Director Primera

5084

Vice Director Académico

5084

Vice Director Técnico

5084

Coordinador EGB Nivel Inicial

5029

Coordinador 1º ciclo EGB

5029

Coordinador 2º ciclo EGB

5029

Coordinador 3º ciclo EGB

5029

Coordinador de Departamento

4023

Coordinador de Espacios Curriculares Afines

5029

Coordinador Dpto. Orientación Educacional DOE

 

5029

Secretaria Nivel Superior No Universitaria

4134

Secretaria EEGB

4134

Secretaria de Primera

4134

Maestra Coordinadora

3746

Profesor Nivel Inicial

3610

Profesor EGB 1º y 2º ciclo

3583

Profesor Orientador

3492

Profesor Especial Nivel Inicial

3610

Profesor EGB 1º y 2º ciclo

3583

Profesor Orientador

3492

Profesor Especial Nivel Inicial

3230

Profesor Especial 1º y 2º ciclo

3230

Profesor Orientador

3492

Profesor Especial Nivel Inicial

3230

Profesor Especial 1º y 2º ciclo

3230

Psicopedagogo(equivalencia: 18 hs. nivel sup

4925

Psicólogo (equivalencia 18 hs. nivel superior)

4925

Jefe Auxiliares Docentes

3502

Jefe Dpto. Recursos Didácticos

3435

Jefe de Laboratorio/ Jefe de Sección

3435

Bibliotecario

3420

Auxiliar Docente (Preceptor)

3403

Ayudante Clases Prácticas

3319

Aydte. comp..Niv.Sup./Jefe Lab.Com. Niv. Medio

 

3507

Auxiliar de Gestión de la Junta Evaluadora

3319

Hora Cátedra Nivel Medio

223

Hora Cátedra Nivel Superior

274

 

ANEXO  IV

 

DOCENTE PREUNIVERSITARIO

 

JUNIO 2009

 

CARGOS

INDICE

Rector Director

5921

Director EEGB

5921

Director de Primera Dos turnos

5921

Vicerrector Vicedirector

5508

Vice Director EEGB

5389

Vice Director Primera

5389

Vice Director Académico

5389

Vice Director Técnico

5389

Coordinador EGB Nivel Inicial

5331

Coordinador 1º ciclo EGB

5331

Coordinador 2º ciclo EGB

5331

Coordinador 3º ciclo EGB

5331

Coordinador de Departamento

4264

Coordinador de Espacios Curriculares Afines

5331

Coordinador Dpto. Orientación Educacional DOE

 

5331

Secretaria Nivel Superior No Universitaria

4382

Secretaria EEGB

4382

Secretaria de Primera

4382

Maestra Coordinadora

3971

Profesor Nivel Inicial

3827

Profesor EGB 1º y 2º ciclo

3798

Profesor Orientador

3702

Profesor Especial Nivel Inicial

3424

Profesor EGB 1º y 2º ciclo

3798

Profesor Especial Nivel Inicial

3424

Profesor Especial 1º y 2º ciclo

3424

Profesor Orientador

3702

Profesor Especial Nivel Inicial

3424

Profesor Especial 1º y 2º ciclo

3424

Psicopedagogo(equivalencia: 18 hs. nivel sup

5221

Psicólogo (equivalencia 18 hs. nivel superior)

5221

Jefe Auxiliares Docentes

3712

Jefe Dpto. Recursos Didácticos

3641

Jefe de Laboratorio/ Jefe de Sección

3641

Bibliotecario

3625

Auxiliar Docente (Preceptor)

3607

Ayudante Clases Prácticas

3518

Aydte. comp..Niv.Sup./Jefe Lab.Com. Niv. Medio

 

3717

Auxiliar de Gestión de la Junta Evaluadora

3518

Hora Cátedra Nivel Medio

236

Hora Cátedra Nivel Superior

290

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

ING. CIVIL JUAN CARLOS SCHEFFER

SEC. GRAL. TECNICO