PLAZOS ADMINISTRATIVOS

PRORROGA SUSPENSIÓN

 

Resolución  N° R-435/2020

Expte. 489/20

 

BAHIA BLANCA, 20 de julio de 2020

VISTO:

 El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 605/20, que extendió la medida de distanciamiento social, preventivo y obligatorio desde el día 18 de julio hasta el día 2 de agosto de 2020, inclusive;

El Decreto Nº 604/20 de la Gobernación de la Pcia. de Buenos Aires, que aprobó la reglamentación para la implementación de la medida de distanciamiento social, preventivo y obligatorio;

El Calendario Universitario para el año 2020 (Res. CSU-866/19 y sus modificatorias)

Las Resoluciones R-206/20, R-358/20 y R-399/20; y

CONSIDERANDO:

Que no se han modificado las circunstancias por las cuales se prorrogó de modo general la suspensión del cómputo de plazos administrativos en la Universidad Nacional del Sur hasta el 17 de julio del corriente año inclusive (Resolución R-399/20);

Que si bien a la fecha no ha sido prorrogada por el Poder Ejecutivo Nacional la suspensión del curso de los plazos, a fin de resguardar la tutela de los derechos y garantías de los administrados deviene imperioso suspender los plazos administrativos en la UNS, en principio hasta la finalización del distanciamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto 605/20;

Que el Calendario Universitario para el año 2020 fijó el receso invernal en el período comprendido entre el 03 y el 14 de agosto de 2020 inclusive;

POR ELLO,

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR AD REFERENDUM DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º: Prorrogar de modo general la suspensión del cómputo de plazos administrativos desde el 18 de julio y hasta el 17 de agosto inclusive del corriente año, con las excepciones establecidas en los incisos a) y b) del artículo 1º de la Resolución R-206/20.

ARTÍCULO 2º: Regístrese. Comuníquese a todas las dependencias de la UNS. Pase al Consejo Superior Universitario a sus efectos.

DR. DANIEL ALBERTO VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR