ALUMNOS
EQUIVALENCIAS PROGRAMA JIMA
(INTERCAMBIO MEXICO / ARGENTINA)
Resolución R-473/10
Bahía
Blanca, 12 de mayo de 2010.
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que en el anexo I de
Que, no obstante lo indicado en el
considerando anterior, debe contarse con una norma general para el otorgamiento
de equivalencias que de reconocimiento académico de los estudios realizados;
Que
Que es necesario adecuar la instrumentación
de las equivalencias que surgen del programa de intercambio JIMA con las
asignaturas que se dictan en
POR ELLO,
EL RECTOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
R E S U E L V E :
ARTICULO
1º).- Aprobar el Procedimiento Administrativo de expedición y recepción de
equivalencias en el marco del convenio aprobado por Resolución CSU-321/07, que
corre como anexo de la presente
resolución.
ARTICULO
2º).- Regístrese. Pase a conocimiento de
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. MARCELO A. VILLAR
SEC. GRAL. ACADEMICO
A N E X O
Res. R-473/10
1.-
Los Departamentos Académicos girarán a
a)
Pedido de
reconocimiento de equivalencias
b)
Certificado
donde consten las asignaturas que realizó como estudiante visitante con su
correspondiente calificación
c)
Informe del
Profesor
d)
Dictamen de
e)
Resolución del
Consejo Departamental por la que se resuelve otorgar equivalencias detallando
si las mismas son directas o están supeditadas a la aprobación de temas.-
2.-
3.-
La incorporación de las equivalencias se registrará con fecha de otorgamiento
de la equivalencia y calificación obtenida en la/s materia/s de origen que da/n
lugar a la equivalencia, siempre que coincidan con el sistema de
calificaciones de
4.-
A los efectos del cálculo del promedio el mismo se realizará de acuerdo a lo
establecido por resolución CSU-827/02.
5.-
Las actuaciones en su soporte de papel se archivarán por número de registro,
siendo este el material respaldatorio para realizar
las tareas que son propias de los controles de las distintas áreas.
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. MARCELO A. VILLAR
SECRETARIO GENERAL ACADEMICO