PERSONAL NO DOCENTE

REMUNERACIONES

 

Resolución R-474/10

Expte. 1386/10

 

BAHIA BLANCA, 14 de mayo de 2010.

 

            VISTO:

            El acuerdo firmado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 5 de mayo del año 2010 en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MECyT) por representantes del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y de la Federación  Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (FATUN), con la presencia del señor Ministro de Educación Prof. Alberto Sileoni, el Señor Secretario de Políticas Universitarias Dr. Alberto Dibbern y el señor Secretario de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros Dr. Juan Manuel Abal Medina; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que en el Anexo IV del acuerdo mencionado en el Visto de la presente Resolución se establecen a partir del 1º de abril de 2010, 1º de octubre de 2010 y 1º de julio de 2011, modificaciones en la grilla salarial del personal no docente de las Universidades Nacionales;

 

            Que es necesario especificar para esta Universidad Nacional del Sur la aplicación de dicho acuerdo a fin de adecuar la liquidación de sueldos del personal no docente;

 

            POR ELLO,

 

LA VICERRECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR ad referéndum del Consejo Superior Universitario

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Establecer en el Anexo I de la presente resolución los importes que regirán para las remuneraciones del personal no docente, vigentes desde el mes de abril y octubre del año 2010 y desde el mes de julio del año 2011.

 

ARTICULO 2º).-. El Anexo I de la presente Resolución modifica en  Anexo IV de la Resolución R.520/09 que establecía las remuneraciones para el personal no docente de esta Casa de Estudios, vigentes en el año 2009 hasta el mes de marzo de 2010.

 

ARTICULO 3º).- El gasto emergente de la aplicación de la presente resolución se afectará presupuestariamente al Tipo de Actividad y Centro de Costos a los cuales están imputados cada uno de los cargos.-

 

ARTUCULO 4º).- Regístrese. Pase a las Direcciones Generales de Personal y de Economía y Finanzas. Gírese al Consejo  Superior Universitario para su ratificación. Tome razón ATUNS.

 

MG. MARIA DEL CARMEN VAQUERO VICERRECTORA UNS

ING. CIV. JUAN CARLOS SCHEFER

SEC. GRAL. TECNICO


 

 

A N E X O    I

 

Categorías

 CCT-Decreto  366/06

Sueldo Básico

Abril 2010

Sueldo Básico

Octubre 2010

Sueldo Básico

Julio 2011

 

1

6.213,84

6.513,84

7.863,03

2

5.178,20

5.428,20

6.552,53

3

4.308,26

4.516,26

5451,70

4

3.583,31

3.756,31

4.534,35

5

3.036,01

3.126,23

3.774,25

6

2.721,49

2721,49

3.145,21

7

2.621,01

2.621,01

2.621,01

 

 

MG. MARIA DEL CARMEN VAQUERO

VICERRECTORA UNS

ING. CIV. JUAN CARLOS SCHEFER

SEC. GRAL. TECNICO