ALUMNOS - NORMAS DE INGRESO AÑO 1998.-

Resolución R-484/97.

Expediente 1079/84.

BAHIA BLANCA, 4 de agosto de 1997.

VISTO.

La necesidad de establecer las normas de ingreso a la Universidad Nacional del Sur; y

CONSIDERANDO:

Las sugerencias formuladas por la Dirección General de Alumnos y Estudio;

POR ELLO,

EL RECTOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Fijar las siguientes instrucciones para el ingreso a la Universidad Nacional del Sur:

  1. Se le asignará número de registro a todo aspirante a ingresar a la Universidad Nacional del Sur que hubiere completado la planilla de ingreso y entregado la constancia de que no adeuda materias de nivel secundario o de título en trámite.
  2. Los aspirantes tendrán como último plazo para la presentación del certificado de buena salud, hasta la finalización del cuatrimestre en el cual se hubieren inscripto; para la presentación del Título Secundario definitivo hasta el día 30 de octubre, en el caso de los ingresantes en el primer cuatrimestre y hasta la finalización del período de inscripción para cursar materias en el primer cuatrimestre. Vencidos estos plazos, quien no completare dicha documentación quedará automáticamente dado de baja.
  3. Los aspirantes a ingresar a la Universidad Nacional del Sur que al momento de su inscripción adeudaren materias de sus estudios secundarios, no se les asignará número de Libreta Universitaria hasta tanto no presenten la constancia de haber completado dichos estudios. Se fija como último plazo para regularizar tal situación, treinta (30) días antes de la finalización del cuatrimestre en el que se hubieren inscripto.
  4. La inscripción de aspirantes se llevará a cabo a partir del 1º de diciembre de cada año.
  5. Los aspirantes que deseen rendir los Exámenes Libres de Nivelación en las fechas adicionales establecidas oportunamente, deberán inscribirse en la Dirección General de Alumnos y Estudio con anterioridad.

ARTICULO 2º).- Regístrese, dése a publicidad; pase a la Dirección General de Alumnos y Estudio para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

DR. EDGARDO GUICHAL

SECRETARIO GENERAL ACADEMICO