PERSONAL NO DOCENTE - REGIMEN DISCIPLINARIO - JURISDICCION
Resolución R494/92.
BAHIA BLANCA, 28 agosto 1992.
VISTO:
La resolución RN° 546/89; y
CONSIDERANDO:
La necesidad de unificar criterios entre los funcionarios autorizados
a aplicar las sanciones previstas en el artículo 30°
del Régimen Juridico Básico de la Función
Pública que involucra al personal no docente de esta Casa
de Estudios;
POR ELLO,
El Rector de la Universidad Nacional del Sur
RESUELVE:
ARTICULO 1°). Modificar el artículo 2° de la Resolución R655/88, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Articulo 2°: Establecer que las sanciones previstas en el articulo 30° del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública que involucra al personal no docente de esta Universidad sean aplicadas por los funcionarios que a continuación se indica, con excepción de las relacionadas con inasistencias injustificadas e incumplimiento de horarios, cuyo control ejercerá la Dirección General de Personal.
a) Apercibimiento: Por el funcionario de nivel no inferior a Jefe de Departamento o equivalente, de quien dependa el agente.
b) Suspensión de hasta diez (10) días: Por el funcionario de nivel no inferior a Director General Administrativo o equivalente de quien dependa el agente.
c) Suspensión mayor de diez (10) dias: Rector, previo sumario.
d) Cesantía y exoneración: Rector, previo sumario."
ARTICULO 2°). Derogar la Resolución RN° 546/89.
ARTICULO 3°). Regístrese. Pase a la Dirección
General de Personal para su conocimiento y demás efectos.
Comuníquese y tomen razón las distintas dependencias
de la Universidad. Cumplido, archívese.
Ing. Qco. CARLOS E. MAYER
Rector
Ing. RODOLFO SERRALUNGA
Secretario General Técnico