PERSONAL NO DOCENTE - REGIMEN DISCIPLINARIO - JURISDICCION

Resolución R494/92.

BAHIA BLANCA, 28 agosto 1992.

VISTO:

La resolución RN° 546/89; y

CONSIDERANDO:

La necesidad de unificar criterios entre los funcionarios autorizados a aplicar las sanciones previstas en el artículo 30° del Régimen Juridico Básico de la Función Pública que involucra al personal no docente de esta Casa de Estudios;

POR ELLO,

El Rector de la Universidad Nacional del Sur

RESUELVE:

ARTICULO 1°). Modificar el artículo 2° de la Resolución R655/88, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"Articulo 2°: Establecer que las sanciones previstas en el articulo 30° del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública que involucra al personal no docente de esta Universidad sean aplicadas por los funcionarios que a continuación se indica, con excepción de las relacionadas con inasistencias injustificadas e incumplimiento de horarios, cuyo control ejercerá la Dirección General de Personal.

a) Apercibimiento: Por el funcionario de nivel no inferior a Jefe de Departamento o equivalente, de quien dependa el agente.

b) Suspensión de hasta diez (10) días: Por el funcionario de nivel no inferior a Director General Administrativo o equivalente de quien dependa el agente.

c) Suspensión mayor de diez (10) dias: Rector, previo sumario.

d) Cesantía y exoneración: Rector, previo sumario."

ARTICULO 2°). Derogar la Resolución RN° 546/89.

ARTICULO 3°). Regístrese. Pase a la Dirección General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Comuníquese y tomen razón las distintas dependencias de la Universidad. Cumplido, archívese.

Ing. Qco. CARLOS E. MAYER

Rector

Ing. RODOLFO SERRALUNGA

Secretario General Técnico