PROTOCOLO BÁSICO DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA EL RETORNO A LAS
ACTIVIDADES PRESENCIALES EN LA PRIMERA ETAPA
Resolución
R-504/2020
Expediente Nº 489/2020
Bahía
Blanca, 26 de agosto de 2020
VISTO:
La Resolución CSU-290/20, que estableció las pautas
para el desarrollo de las actividades académicas durante el segundo
cuatrimestre de 2020;
La Resolución CSU-291/20, que estableció las pautas
y los lineamientos generales para el reinicio de las actividades presenciales
no académicas en la Universidad Nacional del Sur; y
CONSIDERANDO:
Que dichas Resoluciones prevén la aprobación de un Protocolo
Básico de Seguridad e Higiene para el Retorno a las Actividades Presenciales; Que
para la elaboración de dicho Protocolo se tuvieron en cuenta:
- El Protocolo General Fase IV preparado por el Servicio de
Higiene y Seguridad en el Trabajo de la UNS;
- El Protocolo Marco y Lineamientos Generales para el Retorno a
las Actividades Académicas Presenciales en las Universidades e Institutos
Universitarios, aprobado por la Resolución ME- 1084/2020 del Ministerio de
Educación de la Nación;
- El Protocolo de Higiene y Seguridad para Unidades Ejecutoras
para Reiniciar Actividades de Trabajos Experimentales en Provincias o
Localidades que se encuentren al menos en Fase IV, aprobado por Resolución
1179/20 del Directorio del Conicet;
- El Decreto de Necesidad y Urgencia 677/2020;
POR ELLO:
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
DEL SUR
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Aprobar el PROTOCOLO BÁSICO DE
SEGURIDAD E HIGIENE PARA EL RETORNO A LAS ACTIVIDADES PRESENCIALES EN LA
PRIMERA ETAPA, que corre como ANEXO de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º: Regístrese. Comuníquese a toda la comunidad
universitaria.
DR. DANIEL ALBERTO
VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL
DEL SU
ANEXO
PROTOCOLO BÁSICO DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA
EL RETORNO A LAS ACTIVIDADES PRESENCIALES EN LA PRIMERA ETAPA
Antes de realizar una actividad presencial piense si la misma es
estrictamente necesaria. Analice si es factible realizarla en forma virtual o
postergarla. No exponga a otros ni a Ud. mismo a un riesgo innecesario.
INTRODUCCIÓN
1. Este protocolo tiene su origen en la necesidad de actuación y
planificación para la reapertura de los espacios de la Universidad Nacional del
Sur. El retorno a las actividades presenciales es una de las tareas que con más
cuidado deben conducir los responsables de las distintas dependencias de la
Institución, a fin de garantizar el menor riesgo posible de contagio y propagación
de Covid-19. La reapertura es un proceso consensuado, gradual y participativo, con
intervención de todos los actores. Se estimulará el trabajo remoto en las
actividades administrativas, cuando sea posible, y se procurará la asistencia
alternada a fin de evitar la simultaneidad de personas dentro del mismo espacio
de trabajo.
2. Como indica el art. 5° de la Resolución CSU-291/20, las
autoridades allí listadas decidirán si para sus respectivas dependencias es
suficiente este Protocolo Básico o si debe complementarse con un protocolo
específico, de acuerdo a las particularidades de las actividades a desarrollar.
Los protocolos específicos deberán ser aprobados por el Servicio de Higiene y
Seguridad en el Trabajo de la UNS (SHST).
3. Este protocolo se aplicará en todas las instalaciones de las
UNS y será de observancia obligatoria para todo el personal universitario, los
estudiantes y el personal externo que ingrese a los edificios. A este último se
le aplicarán los mismos controles que al personal propio respecto al acceso y
las medidas de higiene y seguridad. Es condición para habilitar el ingreso
declarar el conocimiento y aceptación de este protocolo. El Protocolo de Autoprotección
(Res. R-269/20, http://www.uns.edu.ar/coronavirus/resoluciones.php)
será de aplicación supletoria.
4. El personal propio de limpieza y las empresas de limpieza
contratadas utilizarán el Protocolo de Limpieza y Desinfección preparado por el
SHST. Las dependencias acordarán con la Dirección de Intendencia la frecuencia
y el alcance de la limpieza de sus instalaciones.
Desplazamiento hacia y desde la Universidad
5. Si Ud. presenta uno de los siguientes síntomas: fiebre mayor a
37,5°C, tos, dolor de garganta, dificultad respiratoria, cefalea, diarrea y/o
vómitos o pérdida brusca de gusto u olfato, no concurra a la Universidad,
quédese en su casa, comuníquelo al Departamento de Sanidad (291 4595124 o
sanidad@uns.edu.ar), y llame al teléfono 107.
6. Asegúrese de haber obtenido su código QR para el ingreso a
cualquier edificio de la Universidad, ingresando en la página https://sites.google.com/view/uns-checkin-registro.
Además, es responsabilidad de cada individuo mantener actualizada
su Declaración Jurada de Condición de Salud, https://forms.gle/9E7oA4gVGrraq98fA, aunque
no deba asistir en ese momento a la Universidad.
7. Para desplazarse hacia la Universidad, siga el orden de
prioridades que se cita:
- Caminando: mantenga una distancia mínima de 4 metros detrás de
otra persona.
- En bicicleta: mantenga una distancia mínima de 20 metros con
otras personas.
- En vehículo propio: siempre que sea posible, use el vehículo en
forma individual. Si comparte el vehículo, cada uno debe ocupar una fila,
sentarse en diagonal y ambos deben usar tapabocas. Desinfecte el vehículo tras
cada uso, sobre todo las partes que se han manipulado.
- En transporte público (evítelo siempre que sea posible). Siempre
use tapabocas. Mantenga la mayor distancia posible de otro pasajero (mínimo 2
metros).
En todos los casos, intente tocar el mínimo de superficies
posibles y no se toque la cara.
Ingreso a los edificios
8. Al ingreso en las instalaciones, Ud. deberá:
a) Concurrir con tapaboca/barbijo. Éste debe cubrir nariz, boca y
mentón, y ajustar bien contra el puente nasal y el costado de la cara;
b) No agruparse en la entrada, manteniendo un
distancia mínima de 2 metros con otras personas;
c) El registro de ingreso se realizará utilizando un lector de QR.
El código QR será enviado por mail, previo registro en la página https://sites.google.com/view/uns-checkin-registro;
d) Permitir que la vigilancia tome su temperatura corporal;
e) Limpiarse el calzado sobre un felpudo humedecido con solución sanitizante que se encontrará
en la entrada del edificio;
f) Higienizarse las manos (con alcohol en gel o alcohol al 70%).
Circulación y permanencia en espacios comunes.
9. Dentro de los edificios es obligatorio el uso de
tapaboca/barbijo.
10. Cada persona dispone de un espacio propio, consistente en una
esfera imaginaria de 2 metros de diámetro. Ud. se encuentra en su centro y la desplaza
siempre que se mueve o traslada. Evite invadir la esfera propia de otra
persona.
11. En caso de que el edificio posea ascensor, queda restringido
su uso a una sola persona por viaje. El uso de las escaleras será de a una
persona por tramo y tomando una distancia de un tramo libre entre persona y
persona.
12. En los espacios de uso común y transitorio (baños, salas de
reunión, etc.), el factor de ocupación será el indicado en el punto 15a.
Respete la información expuesta en los carteles sobre la cantidad de personas
permitidas en forma simultánea. Habrá recipientes con alcohol en gel o alcohol
al 70 % y toallas de papel. Si no los encuentra, avise a la administración de
la dependencia, a la mayordomía o a la Dirección de Intendencia.
Organización de los espacios de trabajo
13. Una vez arribado al puesto de trabajo el personal deberá
despojarse del tapaboca de traslado, así como bultos y abrigos de calle. Cada
dependencia designará sitios y metodologías para depositarlos, ya que estos
elementos deberán estar separados del resto de los materiales y sin contacto
entre sí.
14. El tapaboca a utilizar dentro de las instalaciones no puede
ser el mismo que se utilice durante el traslado desde y hacia el domicilio.
Cada miembro del personal deberá poseer un tapaboca exclusivo para las tareas
dentro de la Universidad, provisto por ésta, que será solicitado al SHST.
Adicionalmente, se utilizarán los elementos de seguridad habituales que la actividad
requiera, tales como protectores faciales, barbijos especiales, guantes
descartables, guardapolvos, camisolines, anteojos de seguridad, etc. de acuerdo
con el protocolo específico de la dependencia.
15. En los espacios de ocupación permanente necesarios, deberá
modificarse la disposición de los puestos de trabajo y organizarse las
circulaciones, con el objetivo de garantizar en todo momento el mantenimiento
de la esfera imaginaria de seguridad de 2 metros de diámetro que contendrá al
trabajador. Se cumplirán los criterios de ocupación que se detallan:
a) El factor de ocupación para actividades sedentarias y con ventilación,
no será inferior a doce (12) metros cuadrados por persona. En este cálculo se restará
a la superficie total el espacio necesario para circulación. En recintos con
altura inferior a tres (3) metros o que no posean ventilación, se consultará
sobre el factor de ocupación al SHST.
b) Deberá existir una separación mínima de dos (2) metros lineales
entre puestos de trabajo. No obstante, en esta primera etapa, se evitará en lo
posible la simultaneidad de personas en un mismo ambiente, aunque se cumpla con
el factor de ocupación
16. La capacidad máxima de cada espacio estará indicada mediante
carteles de información en las dependencias. El texto y formato de los carteles
será definido por el SHST.
17. En los espacios de trabajo habrá recipientes con alcohol en gel
o alcohol al 70 % y toallas de papel, para uso exclusivo del personal que allí
se desempeña. La reposición estará a cargo de la Dirección de Intendencia a
través del servicio de limpieza contratado.
18. No podrán utilizarse sistemas de aire acondicionado con
recirculación de aire ni caloventores. Para el uso de
estufas eléctricas deberá pedirse autorización al SHST. La ventilación del
espacio será permanente. Si por razones meteorológicas no fuera posible mantener
permanentemente la ventilación, ésta se efectuará cada 45 minutos durante un
lapso de 10 minutos.
19. Se instalarán mamparas transparentes de separación en los
mostradores de atención, hasta 2,10 metros de altura, y se señalizará el suelo
con una línea de espera, que no debe ser traspasada hasta que toque el turno
Sobre los mostradores habrá recipientes con alcohol en gel o alcohol al 70 %
para uso de las personas atendidas.
20. Se impedirán en todo momento las aglomeraciones, limitando el
acceso de las personas ajenas a la oficina y evitando la invasión de espacios.
21. Cuando finalice la jornada de trabajo, los escritorios y mesadas
deberán quedar libres de papeles y objetos, a fin de facilitar su limpieza por
el personal a cargo de la misma.
Reuniones de trabajo
22. Las reuniones de más de 2 personas se realizarán preferentemente
mediante sistemas de comunicación remota. Si fuera imprescindible realizarlas
de modo presencial, se limitarán a un máximo de 10 personas y 2 horas de
duración. Deberá existir una separación mínima de 2 metros lineales entre
personas, el factor de ocupación será el indicado en el punto 15a y la ventilación
se ajustará a lo descripto en el punto 18.
Organización de las aulas
23. En esta etapa no están permitidas las clases presenciales. En
los exámenes presenciales se seguirá el Protocolo del Anexo de la Res. CSU-290/20,
deberá existir una separación mínima de 2 metros lineales entre pupitres, y el
factor de ocupación será el indicado en el punto 15a.
Recepción de insumos y documentación
24. Los proveedores dejarán los insumos en la parte exterior de la
recepción, y serán ingresados por personal de la dependencia, previo rociado de
los mismos con alcohol al 70 %. Los papeles, expedientes y toda otra
documentación que se reciba deberán dejarse reposar al menos 24
horas antes de tocarlos con las manos.
Consumo de alimentos y bebidas
25. Está prohibida la ingesta de alimentos sólidos. Para el consumo
de bebidas se utilizarán recipientes preferentemente descartables, de uso
estrictamente individual, que luego se desecharán. La persona que use
recipientes no descartables, no los compartirá, los traerá de su domicilio y
los devolverá al mismo, sin dejarlos en ningún momento en espacios comunes.
Manipulación de residuos
26. Los residuos descartados en recipientes adecuados no se ven
afectados por el virus, por lo que se continua con la clasificación selectiva
de residuos GIRSU-UNS o especiales según corresponda.
Actuación ante la presencia de signos y síntomas compatibles con Covid
27. Si dentro de la UNS una persona presenta uno de los siguientes
síntomas compatibles con Covid-19:
• Fiebre (37.5°C o más)
• Tos
• Odinofagia (dolor al tragar sólidos o
líquidos)
• Dificultad respiratoria
• Perdida repentina del gusto o del olfato
• Cefalea
• Diarrea y/o vómitos
será
aislado preventivamente a la espera de su traslado a un centro de salud o a su domicilio,
según corresponda. A tal fin en cada edificio deberá definirse un lugar específico,
que será convenientemente desinfectado luego de su uso. El personal que la asista
deberá utilizar camisolín, mascarilla N95, máscara facial o protección ocular y
guantes descartables, y contar con alcohol en gel y en aerosol. A la persona
con síntomas se le proporcionará barbijo quirúrgico. Kits con estos elementos
estarán disponibles en las mayordomías. El personal recibirá capacitación sobre
la actuación en estos casos
28. Se dará aviso de la situación a los Servicios de Medicina del
Trabajo (docentes y no docentes, interno 2034), de Sanidad (alumnos, internos
2022/23) y de Higiene y Seguridad en el Trabajo (internos 2030/31/32), a fin de
que determinen las medidas a seguir.
29. Si una persona que haya estado en un edificio de la UNS presenta
síntomas compatibles con Covid-19, dará aviso a su dependencia y al Departamento
de Sanidad (291 4595124 o sanidad@uns.edu.ar
), quien ordenará las acciones a seguir. Dichas medidas incluirán la suspensión
de las actividades por un día en los ámbitos donde la persona estuvo y/o
transitó dentro del edificio, para realizar desinfección exhaustiva. Los
posibles contactos (personas que en las 48 horas previas al inicio de los síntomas
del caso sospechoso hayan permanecido a una distancia menor a 2 metros durante
al menos 15 minutos), se abstendrán de concurrir a la UNS hasta que el caso se
descarte. En caso de ser positivo corresponderá un aislamiento de los contactos
por 14 días a partir de la última exposición con el caso confirmado, y
autorización del Servicio de Medicina del Trabajo previo a la reincorporación a
la actividad laboral.
Instructivos
30. Afiches con estos instructivos sobre lavado de manos y
colocación y retiro de los elementos de protección personal, deberán ser
conocidos por el personal y estar disponibles en las zonas de uso común (baños,
pasillos, etc.), garantizando su correcta visualización.
DR. DANIEL
ALBERTO VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR