PROTOCOLO BÁSICO DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA EL RETORNO A LAS ACTIVIDADES PRESENCIALES EN LA PRIMERA ETAPA

 

 

Resolución R-504/2020

Expediente Nº 489/2020

 

Bahía Blanca, 26 de agosto de 2020

 

VISTO:

La Resolución CSU-290/20, que estableció las pautas para el desarrollo de las actividades académicas durante el segundo cuatrimestre de 2020;

 

La Resolución CSU-291/20, que estableció las pautas y los lineamientos generales para el reinicio de las actividades presenciales no académicas en la Universidad Nacional del Sur; y

 

CONSIDERANDO:

Que dichas Resoluciones prevén la aprobación de un Protocolo Básico de Seguridad e Higiene para el Retorno a las Actividades Presenciales; Que para la elaboración de dicho Protocolo se tuvieron en cuenta:

- El Protocolo General Fase IV preparado por el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la UNS;

- El Protocolo Marco y Lineamientos Generales para el Retorno a las Actividades Académicas Presenciales en las Universidades e Institutos Universitarios, aprobado por la Resolución ME- 1084/2020 del Ministerio de Educación de la Nación;

- El Protocolo de Higiene y Seguridad para Unidades Ejecutoras para Reiniciar Actividades de Trabajos Experimentales en Provincias o Localidades que se encuentren al menos en Fase IV, aprobado por Resolución 1179/20 del Directorio del Conicet;

- El Decreto de Necesidad y Urgencia 677/2020;

 

POR ELLO:

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Aprobar el PROTOCOLO BÁSICO DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA EL RETORNO A LAS ACTIVIDADES PRESENCIALES EN LA PRIMERA ETAPA, que corre como ANEXO de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO 2º: Regístrese. Comuníquese a toda la comunidad universitaria.

 

DR. DANIEL ALBERTO VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SU

 

 

ANEXO

 

PROTOCOLO BÁSICO DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA EL RETORNO A LAS ACTIVIDADES PRESENCIALES EN LA PRIMERA ETAPA

 

Antes de realizar una actividad presencial piense si la misma es estrictamente necesaria. Analice si es factible realizarla en forma virtual o postergarla. No exponga a otros ni a Ud. mismo a un riesgo innecesario.

 

INTRODUCCIÓN

1. Este protocolo tiene su origen en la necesidad de actuación y planificación para la reapertura de los espacios de la Universidad Nacional del Sur. El retorno a las actividades presenciales es una de las tareas que con más cuidado deben conducir los responsables de las distintas dependencias de la Institución, a fin de garantizar el menor riesgo posible de contagio y propagación de Covid-19. La reapertura es un proceso consensuado, gradual y participativo, con intervención de todos los actores. Se estimulará el trabajo remoto en las actividades administrativas, cuando sea posible, y se procurará la asistencia alternada a fin de evitar la simultaneidad de personas dentro del mismo espacio de trabajo.

 

2. Como indica el art. 5° de la Resolución CSU-291/20, las autoridades allí listadas decidirán si para sus respectivas dependencias es suficiente este Protocolo Básico o si debe complementarse con un protocolo específico, de acuerdo a las particularidades de las actividades a desarrollar. Los protocolos específicos deberán ser aprobados por el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la UNS (SHST).

 

3. Este protocolo se aplicará en todas las instalaciones de las UNS y será de observancia obligatoria para todo el personal universitario, los estudiantes y el personal externo que ingrese a los edificios. A este último se le aplicarán los mismos controles que al personal propio respecto al acceso y las medidas de higiene y seguridad. Es condición para habilitar el ingreso declarar el conocimiento y aceptación de este protocolo. El Protocolo de Autoprotección (Res. R-269/20, http://www.uns.edu.ar/coronavirus/resoluciones.php) será de aplicación supletoria.

 

4. El personal propio de limpieza y las empresas de limpieza contratadas utilizarán el Protocolo de Limpieza y Desinfección preparado por el SHST. Las dependencias acordarán con la Dirección de Intendencia la frecuencia y el alcance de la limpieza de sus instalaciones.

 

Desplazamiento hacia y desde la Universidad

5. Si Ud. presenta uno de los siguientes síntomas: fiebre mayor a 37,5°C, tos, dolor de garganta, dificultad respiratoria, cefalea, diarrea y/o vómitos o pérdida brusca de gusto u olfato, no concurra a la Universidad, quédese en su casa, comuníquelo al Departamento de Sanidad (291 4595124 o sanidad@uns.edu.ar), y llame al teléfono 107.

 

6. Asegúrese de haber obtenido su código QR para el ingreso a cualquier edificio de la Universidad, ingresando en la página https://sites.google.com/view/uns-checkin-registro.

Además, es responsabilidad de cada individuo mantener actualizada su Declaración Jurada de Condición de Salud, https://forms.gle/9E7oA4gVGrraq98fA, aunque no deba asistir en ese momento a la Universidad.

 

7. Para desplazarse hacia la Universidad, siga el orden de prioridades que se cita:

 

- Caminando: mantenga una distancia mínima de 4 metros detrás de otra persona.

- En bicicleta: mantenga una distancia mínima de 20 metros con otras personas.

- En vehículo propio: siempre que sea posible, use el vehículo en forma individual. Si comparte el vehículo, cada uno debe ocupar una fila, sentarse en diagonal y ambos deben usar tapabocas. Desinfecte el vehículo tras cada uso, sobre todo las partes que se han manipulado.

- En transporte público (evítelo siempre que sea posible). Siempre use tapabocas. Mantenga la mayor distancia posible de otro pasajero (mínimo 2 metros).

 

En todos los casos, intente tocar el mínimo de superficies posibles y no se toque la cara.

 

Ingreso a los edificios

8. Al ingreso en las instalaciones, Ud. deberá:

a) Concurrir con tapaboca/barbijo. Éste debe cubrir nariz, boca y mentón, y ajustar bien contra el puente nasal y el costado de la cara;

b) No agruparse en la entrada, manteniendo un distancia mínima de 2 metros con otras personas;

 

c) El registro de ingreso se realizará utilizando un lector de QR. El código QR será enviado por mail, previo registro en la página https://sites.google.com/view/uns-checkin-registro;

 

d) Permitir que la vigilancia tome su temperatura corporal;

 

e) Limpiarse el calzado sobre un felpudo humedecido con solución sanitizante  que se encontrará en la entrada del edificio;

 

f) Higienizarse las manos (con alcohol en gel o alcohol al 70%).

 

Circulación y permanencia en espacios comunes.

9. Dentro de los edificios es obligatorio el uso de tapaboca/barbijo.

 

10. Cada persona dispone de un espacio propio, consistente en una esfera imaginaria de 2 metros de diámetro. Ud. se encuentra en su centro y la desplaza siempre que se mueve o traslada. Evite invadir la esfera propia de otra persona.

 

11. En caso de que el edificio posea ascensor, queda restringido su uso a una sola persona por viaje. El uso de las escaleras será de a una persona por tramo y tomando una distancia de un tramo libre entre persona y persona.

 

12. En los espacios de uso común y transitorio (baños, salas de reunión, etc.), el factor de ocupación será el indicado en el punto 15a. Respete la información expuesta en los carteles sobre la cantidad de personas permitidas en forma simultánea. Habrá recipientes con alcohol en gel o alcohol al 70 % y toallas de papel. Si no los encuentra, avise a la administración de la dependencia, a la mayordomía o a la Dirección de Intendencia.

 

Organización de los espacios de trabajo

13. Una vez arribado al puesto de trabajo el personal deberá despojarse del tapaboca de traslado, así como bultos y abrigos de calle. Cada dependencia designará sitios y metodologías para depositarlos, ya que estos elementos deberán estar separados del resto de los materiales y sin contacto entre sí.

 

14. El tapaboca a utilizar dentro de las instalaciones no puede ser el mismo que se utilice durante el traslado desde y hacia el domicilio. Cada miembro del personal deberá poseer un tapaboca exclusivo para las tareas dentro de la Universidad, provisto por ésta, que será solicitado al SHST. Adicionalmente, se utilizarán los elementos de seguridad habituales que la actividad requiera, tales como protectores faciales, barbijos especiales, guantes descartables, guardapolvos, camisolines, anteojos de seguridad, etc. de acuerdo con el protocolo específico de la dependencia.

 

15. En los espacios de ocupación permanente necesarios, deberá modificarse la disposición de los puestos de trabajo y organizarse las circulaciones, con el objetivo de garantizar en todo momento el mantenimiento de la esfera imaginaria de seguridad de 2 metros de diámetro que contendrá al trabajador. Se cumplirán los criterios de ocupación que se detallan:

 

a) El factor de ocupación para actividades sedentarias y con ventilación, no será inferior a doce (12) metros cuadrados por persona. En este cálculo se restará a la superficie total el espacio necesario para circulación. En recintos con altura inferior a tres (3) metros o que no posean ventilación, se consultará sobre el factor de ocupación al SHST.

 

b) Deberá existir una separación mínima de dos (2) metros lineales entre puestos de trabajo. No obstante, en esta primera etapa, se evitará en lo posible la simultaneidad de personas en un mismo ambiente, aunque se cumpla con el factor de ocupación

 

16. La capacidad máxima de cada espacio estará indicada mediante carteles de información en las dependencias. El texto y formato de los carteles será definido por el SHST.

 

17. En los espacios de trabajo habrá recipientes con alcohol en gel o alcohol al 70 % y toallas de papel, para uso exclusivo del personal que allí se desempeña. La reposición estará a cargo de la Dirección de Intendencia a través del servicio de limpieza contratado.

 

18. No podrán utilizarse sistemas de aire acondicionado con recirculación de aire ni caloventores. Para el uso de estufas eléctricas deberá pedirse autorización al SHST. La ventilación del espacio será permanente. Si por razones meteorológicas no fuera posible mantener permanentemente la ventilación, ésta se efectuará cada 45 minutos durante un lapso de 10 minutos.

 

19. Se instalarán mamparas transparentes de separación en los mostradores de atención, hasta 2,10 metros de altura, y se señalizará el suelo con una línea de espera, que no debe ser traspasada hasta que toque el turno Sobre los mostradores habrá recipientes con alcohol en gel o alcohol al 70 % para uso de las personas atendidas.

 

20. Se impedirán en todo momento las aglomeraciones, limitando el acceso de las personas ajenas a la oficina y evitando la invasión de espacios.

 

21. Cuando finalice la jornada de trabajo, los escritorios y mesadas deberán quedar libres de papeles y objetos, a fin de facilitar su limpieza por el personal a cargo de la misma.

 

Reuniones de trabajo

22. Las reuniones de más de 2 personas se realizarán preferentemente mediante sistemas de comunicación remota. Si fuera imprescindible realizarlas de modo presencial, se limitarán a un máximo de 10 personas y 2 horas de duración. Deberá existir una separación mínima de 2 metros lineales entre personas, el factor de ocupación será el indicado en el punto 15a y la ventilación se ajustará a lo descripto en el punto 18.

 

Organización de las aulas

23. En esta etapa no están permitidas las clases presenciales. En los exámenes presenciales se seguirá el Protocolo del Anexo de la Res. CSU-290/20, deberá existir una separación mínima de 2 metros lineales entre pupitres, y el factor de ocupación será el indicado en el punto 15a.

 

Recepción de insumos y documentación

24. Los proveedores dejarán los insumos en la parte exterior de la recepción, y serán ingresados por personal de la dependencia, previo rociado de los mismos con alcohol al 70 %. Los papeles, expedientes y toda otra documentación que se reciba deberán dejarse reposar al menos 24 horas antes de tocarlos con las manos.

 

Consumo de alimentos y bebidas

25. Está prohibida la ingesta de alimentos sólidos. Para el consumo de bebidas se utilizarán recipientes preferentemente descartables, de uso estrictamente individual, que luego se desecharán. La persona que use recipientes no descartables, no los compartirá, los traerá de su domicilio y los devolverá al mismo, sin dejarlos en ningún momento en espacios comunes.

 

Manipulación de residuos

26. Los residuos descartados en recipientes adecuados no se ven afectados por el virus, por lo que se continua con la clasificación selectiva de residuos GIRSU-UNS o especiales según corresponda.

 

Actuación ante la presencia de signos y síntomas compatibles con Covid

27. Si dentro de la UNS una persona presenta uno de los siguientes síntomas compatibles con Covid-19:

 

• Fiebre (37.5°C o más)

• Tos

Odinofagia (dolor al tragar sólidos o líquidos)

• Dificultad respiratoria

• Perdida repentina del gusto o del olfato

• Cefalea

• Diarrea y/o vómitos

 

será aislado preventivamente a la espera de su traslado a un centro de salud o a su domicilio, según corresponda. A tal fin en cada edificio deberá definirse un lugar específico, que será convenientemente desinfectado luego de su uso. El personal que la asista deberá utilizar camisolín, mascarilla N95, máscara facial o protección ocular y guantes descartables, y contar con alcohol en gel y en aerosol. A la persona con síntomas se le proporcionará barbijo quirúrgico. Kits con estos elementos estarán disponibles en las mayordomías. El personal recibirá capacitación sobre la actuación en estos casos

 

28. Se dará aviso de la situación a los Servicios de Medicina del Trabajo (docentes y no docentes, interno 2034), de Sanidad (alumnos, internos 2022/23) y de Higiene y Seguridad en el Trabajo (internos 2030/31/32), a fin de que determinen las medidas a seguir.

 

29. Si una persona que haya estado en un edificio de la UNS presenta síntomas compatibles con Covid-19, dará aviso a su dependencia y al Departamento de Sanidad (291 4595124 o sanidad@uns.edu.ar ), quien ordenará las acciones a seguir. Dichas medidas incluirán la suspensión de las actividades por un día en los ámbitos donde la persona estuvo y/o transitó dentro del edificio, para realizar desinfección exhaustiva. Los posibles contactos (personas que en las 48 horas previas al inicio de los síntomas del caso sospechoso hayan permanecido a una distancia menor a 2 metros durante al menos 15 minutos), se abstendrán de concurrir a la UNS hasta que el caso se descarte. En caso de ser positivo corresponderá un aislamiento de los contactos por 14 días a partir de la última exposición con el caso confirmado, y autorización del Servicio de Medicina del Trabajo previo a la reincorporación a la actividad laboral.

 

Instructivos

30. Afiches con estos instructivos sobre lavado de manos y colocación y retiro de los elementos de protección personal, deberán ser conocidos por el personal y estar disponibles en las zonas de uso común (baños, pasillos, etc.), garantizando su correcta visualización.

 

 

DR. DANIEL ALBERTO VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR