PROCEDIMIENTO / DIPLOMAS DE PROFESORES EXTRAORDINARIOS  Y DOCTOR HONORIS CAUSA

 

Resolución R- Nº 518/22

Exp- 703/1988 y 1350/2009

 

Bahía Blanca, 27 de junio de 2022.

 

VISTO:

La Resolución AU 5/88, mediante la cual se establecen las pautas generales para el nombramiento de Profesores Extraordinarios;

 

La Resolución CU 118/93, que aprueba el Reglamento de Designación de Profesores Extraordinarios;

 

La Res. CU 281/95, que regula lo relativo al diploma que acredita el título de Profesor Extraordinario de la UNS, en cualquiera de sus categorías;

 

Lo establecido en la Resolución CSU 411/06, por medio de la cual se define el modelo de diploma a entregar a las y los Profesores Extraordinarios;

 

La Resolución CSU 563/12, que establece el marco reglamentario para el otorgamiento del título de Doctor Honoris Causa de la UNS;

 

La Resolución R 140/19, que aprueba el modelo de Diploma a entregar por la UNS para los títulos de grado, pregrado y posgrado.

 

Y CONSIDERANDO:

Que, a partir de la normativa mencionada en el Visto, surge la necesidad de establecer el procedimiento para designación y entrega de diplomas de Profesores Extraordinarios y Doctores Honoris Causa, definiendo en el mismo acto las responsabilidades asignadas a las partes intervinientes en el proceso;

 

Que, tratándose de certificaciones institucionales, resulta conveniente precisar los modelos, y definir el detalle descriptivo de los diplomas que se entregan a los Profesores Extraordinarios y Doctores Honoris Causa;

 

Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo que establezca las responsabilidades en el procedimiento de designación de Profesores Extraordinarios y Doctores Honoris Causa, así como el detalle descriptivo y el modelo de Diploma a entregar por esta Casa de Estudios;

 

Que lo aprobado se enmarca en el Eje Estratégico –Gestión Institucional aprobado por Resolución CSU-325/2012;

 

POR ELLO;

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Establecer el procedimiento y responsabilidades en el proceso de designación y entrega de diplomas de Profesores Extraordinarios y Doctor Honoris Causa, conforme lo establecido en el Anexo I.

 

ARTÍCULO 2º: Aprobar los modelos de Diploma a entregar por la Universidad Nacional del Sur a los Profesores Extraordinarios en todas sus categorías, y a los Doctores Honoris Causa, que corren agregados como Anexo II de esta Resolución.

 

ARTÍCULO 3º: Aprobar el detalle descriptivo de los Diplomas a entregar, conforme Anexo III de la presente.

 

ARTÍCULO 4º: Registrar. Comunicar a los Departamentos Académicos. Tomen razón la Secretaría General Académica, el Consejo Superior Universitario, la Dirección de Comunicación Institucional y la Dirección de Títulos y Egresados. Cumplido, archivar.

 

 

DR. DANIEL ALBERTO VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

 

ANEXO I

 

PROCEDIMIENTO DE DESIGNACIÓN DE PROFESORES EXTRAORDINARIOS. RESPONSABILIDADES ASIGNADAS

 

·      El Departamento Académico que inicia el trámite para la postulación de un/a docente como Profesor/a Extraordinario/a ante el CSU es responsable de:

 

-        presentar al CSU el CV del/la docente y toda la documentación requerida, de acuerdo con la Res CSU 118/1993;

 

-        proponer al CSU la lista de cinco (5) especialistas de primer nivel internacional (en el caso de Profesores Eméritos) o nacional (en el caso de Profesores Consultos);

 

-        proporcionar los correos electrónicos actualizados de los jurados. En caso de no poder contactar a alguno de los jurados titulares, el departamento, una vez informado, es responsable de solicitar que se llame a alguno de los suplentes, y en su defecto, si estos tampoco pudieran, de proporcionar un nuevo listado de hasta tres (3) nuevos nombres de especialistas;

 

-        comunicar al/la docente su designación, luego de su aprobación en el CSU;

 

-        coordinar la entrega del Diploma en conjunto con la Dirección de Comunicación Institucional, en el caso de no coincidir su entrega con la siguiente Colación de Grados.

 

·      El Consejo Superior Universitario (CSU) es responsable de:

 

-        seleccionar tres (3) especialistas para conformar el jurado que participará en el análisis de los antecedentes del/la docente que ha sido postulado/a, a los efectos de su designación como Profesor Extraordinario en el marco de la Resolución CU N°118/1993; y comunicar a la Secretaría General Académica (SGA) los jurados seleccionados como titulares y suplentes;

 

-        confeccionar y comunicar la Resolución CSU con la consecuente designación;

 

-        rubricar el Diploma, en el que se incluirán, junto con la firma del Secretario General del Consejo Superior Universitario, las firmas del Rector y la del Guardasellos.

 

·           La Secretaría General Académica es responsable de:

 

-establecer el contacto con los jurados y enviarles por correo electrónico el reglamento correspondiente (Resolución CU N°118/1993) y el CV del/la docente postulado/a, para el análisis de sus antecedentes; en caso de ser necesario, contactará al jurado suplente;

 

- hacer un seguimiento de la entrega de cada dictamen y su posterior presentación en el CSU para su tratamiento;

 

-comunicar la resolución de designación al Departamento Académico interesado y a la Dirección de Títulos y Egresados, para la impresión del diploma;

 

·      La Dirección de Títulos y Egresados es responsable de:

 

-imprimir el correspondiente diploma y entregarlo a la SGA para su firma y posterior coordinación de entrega.

 

·      La Dirección de Comunicación Institucional es responsable de:

 

-recepcionar los diplomas rubricados y coordinar las entregas con las Unidades Académicas correspondientes, cuando correspondiere.

 

 

PROCEDIMIENTO DE DESIGNACIÓN DE DOCTORES HONORIS CAUSA. RESPONSABILIDADES ASIGNADAS

 

·      El miembro de la comunidad universitaria o Departamento Académico que asuma la iniciativa de proponer el otorgamiento del título de Doctor Honoris Causa, es responsable de:

 

-     elevar la propuesta al CSU junto con la siguiente documentación:

 

-        detalle de los antecedentes del/la postulante;

 

-        motivaciones académicas, sociales, culturales y/o artísticas que impulsaron su postulación;

 

-        relato de las contribuciones relevantes al bienestar de la humanidad realizadas por el candidato, y del ámbito académico o social en el que se produjeron los impactos.

 

·           El Consejo Superior Universitario (CSU) es responsable de:

 

-        considerar la iniciativa; o designar al/ los Departamento/s Académico/s y/o dependencias que tomará/n intervención en el proceso de asignación del título;

 

-        designar la comisión ad hoc que asesorará sobre la postulación en trámite (a propuesta de la unidad académica);

 

-        elaborar y comunicar la resolución, con la consecuente designación;

 

-        comunicar la resolución a la Dirección de Títulos y Egresados para que proceda a la impresión del diploma; o rubricar el Diploma, con las firmas del Secretario General del CSU y el Rector;

 

-        girar el expediente y el diploma firmado a la Dirección de Comunicación Institucional.

 

·            El Departamento Académico o Secretaría responsable de impulsar la iniciativa debe:

 

-    considerar la propuesta; o elevar al CSU una valoración de la postulación;

 

-   incluir nómina de doctores y/o referentes en el área de impacto para integrar la comisión ad hoc;

 

-   coordinar la entrega del Diploma en conjunto con la Dirección de Comunicación Institucional.

 

·           La Comisión ad hoc designada es responsable de:

 

-   evaluar los méritos del/la candidata/a;

 

-    emitir una opinión fundada sobre la propuesta y elevarla al CSU, para que proceda con la designación.

 

·           La Dirección de Títulos y Egresados es responsable de:

 

-   imprimir el correspondiente diploma y entregarlo a la Secretaría del Consejo Superior, para su firma y posterior coordinación de entrega.

 

·                La Dirección de Comunicación

Institucional es responsable de:

 

- recepcionar los diplomas rubricados y coordinar las entregas con las Unidades Académicas y/o dependencias correspondientes.

 

 


 

 

ANEXO II

 

MODELO DE DIPLOMA - PROFESOR/A EXTRAORDINARIO/A

 

 

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

Bahía Blanca - República Argentina

 

Por cuanto el Consejo Superior Universitario dispuso por Resolución Nº................designar al/la....................como Profesor/a..............de la Universidad Nacional del Sur, se le expide el presente diploma que así lo acredita.

 

BAHIA BLANCA,..................................

 

 

Secretario General del

Consejo Superior Universitaria

Rector

Guardasellos

 


 


 

MODELO DE DIPLOMA - DOCTOR/ A HONORIS CAUSA

 

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

Bahía Blanca - República Argentina

 

Por cuanto el Consejo Superior Universitario dispuso por Resolución Nº................designar al/la....................como Doctor/a Honoris Causa de la Universidad Nacional del Sur, por su …… (descripción de la trayectoria)…. se le expide el presente diploma que así lo acredita.

 

BAHIA BLANCA,..............................................

 

Secretario General del

Consejo Superior Universitario

 

Rector

 

 


 

 

 

 

ANEXO III

DETALLE DESCRIPTIVO

 

Los Diplomas que otorga la Universidad Nacional del Sur a los Profesores Extraordinarios y Doctores Honoris Causa tienen los siguientes componentes básicos:

 

- Nombre de la Institución (Universidad Nacional del Sur).

- Nombre/s y Apellido/s completos del Profesor/a Extraordinario/a o Doctor Honoris Causa, tal como consta en el respectivo Documento de Identidad y como figura en la resolución respectiva de designación.

- Tipo y Número de Documento.

- Tipo de Título otorgado. Para el caso de los títulos de Doctor Honoris, se incorporará a continuación una leyenda que describirá la trayectoria en el campo, la que no podrá exceder una línea del texto.

- Lugar y Fecha de expedición de Diploma.

- Firma y Aclaración de las Autoridades de la Universidad Nacional del Sur.

- Sello Identificador de la Universidad Nacional del Sur.

 

CARTULINA:

Especificaciones Técnicas:

Formato A3 (29,7 x 42 cm)

Gramaje: 150 gr/m2

 

Tipo de letra: English 111, cursiva, tamaño 32

 

Impresión: Por sistema Offset de alta calidad, sólo al frente a un color fijo visible (negro).

 

COCARDA: A los Diplomas que otorga la Universidad Nacional del Sur, se les adiciona sobre una cinta Bandera Argentina, una Cocarda que responde a las siguientes características con medidas de seguridad: Especificaciones Técnicas:

-Papel/gramos: Cartulina de seguridad de 240 gr/m2, la misma que se utiliza para las cartulinas para diplomas, bajo luz ultravioleta se aprecian fibrillas visibles en colores amarillos y azules, estos elementos no se observan bajo condiciones de luz normal. Posee la propiedad especial de mantenerse intacto frente al paso del tiempo, salvo que se intenten realizar borrados mediante químicos para insertar nuevos datos, allí el soporte se mancha irreversiblemente notándose la acción realizada en él. Formato:

-circular de 81,49mm (aproximadamente) Diseño:

-Estampa con el logo de la Universidad Nacional del Sur

Timbrado Seco:

-impresión en sobre relieve en seco sin tinta.

 

DR, DANIEL ALBETO VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR