PROCEDIMIENTO / DIPLOMAS
DE PROFESORES EXTRAORDINARIOS Y DOCTOR
HONORIS CAUSA
Resolución
R- Nº 518/22
Exp-
703/1988 y 1350/2009
Bahía Blanca, 27 de junio
de 2022.
VISTO:
La Resolución AU 5/88,
mediante la cual se establecen las pautas generales para el nombramiento de
Profesores Extraordinarios;
La Resolución CU 118/93,
que aprueba el Reglamento de Designación de Profesores Extraordinarios;
La Res. CU 281/95, que
regula lo relativo al diploma que acredita el título de Profesor Extraordinario
de la UNS, en cualquiera de sus categorías;
Lo establecido en la
Resolución CSU 411/06, por medio de la cual se define el modelo de diploma a
entregar a las y los Profesores Extraordinarios;
La Resolución CSU 563/12,
que establece el marco reglamentario para el otorgamiento del título de Doctor
Honoris Causa de la UNS;
La Resolución R 140/19,
que aprueba el modelo de Diploma a entregar por la UNS para los títulos de
grado, pregrado y posgrado.
Y CONSIDERANDO:
Que, a partir de la
normativa mencionada en el Visto, surge la necesidad de establecer el
procedimiento para designación y entrega de diplomas de Profesores
Extraordinarios y Doctores Honoris Causa, definiendo en el mismo acto las
responsabilidades asignadas a las partes intervinientes en el proceso;
Que, tratándose de
certificaciones institucionales, resulta conveniente precisar los modelos, y
definir el detalle descriptivo de los diplomas que se entregan a los Profesores
Extraordinarios y Doctores Honoris Causa;
Que, por lo expuesto,
corresponde dictar el pertinente acto administrativo que establezca las
responsabilidades en el procedimiento de designación de Profesores
Extraordinarios y Doctores Honoris Causa, así como el detalle descriptivo y el
modelo de Diploma a entregar por esta Casa de Estudios;
Que lo aprobado se
enmarca en el Eje Estratégico –Gestión Institucional aprobado por Resolución
CSU-325/2012;
POR ELLO;
EL
RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Establecer
el procedimiento y responsabilidades en el proceso de designación y entrega de
diplomas de Profesores Extraordinarios y Doctor Honoris Causa, conforme lo
establecido en el Anexo I.
ARTÍCULO 2º: Aprobar los
modelos de Diploma a entregar por la Universidad Nacional del Sur a los
Profesores Extraordinarios en todas sus categorías, y a los Doctores Honoris
Causa, que corren agregados como Anexo II de esta Resolución.
ARTÍCULO 3º: Aprobar el
detalle descriptivo de los Diplomas a entregar, conforme Anexo III de la presente.
ARTÍCULO 4º: Registrar.
Comunicar a los Departamentos Académicos. Tomen razón la Secretaría General
Académica, el Consejo Superior Universitario, la Dirección de Comunicación
Institucional y la Dirección de Títulos y Egresados. Cumplido, archivar.
DR.
DANIEL ALBERTO VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
ANEXO I
PROCEDIMIENTO
DE DESIGNACIÓN DE PROFESORES EXTRAORDINARIOS. RESPONSABILIDADES ASIGNADAS
·
El
Departamento Académico que inicia el trámite para la postulación de un/a
docente como Profesor/a Extraordinario/a ante el CSU es responsable de:
-
presentar
al CSU el CV del/la docente y toda la documentación requerida, de acuerdo con
la Res CSU 118/1993;
-
proponer
al CSU la lista de cinco (5) especialistas de primer nivel internacional (en el
caso de Profesores Eméritos) o nacional (en el caso de Profesores Consultos);
-
proporcionar
los correos electrónicos actualizados de los jurados. En caso de no poder
contactar a alguno de los jurados titulares, el departamento, una vez
informado, es responsable de solicitar que se llame a alguno de los suplentes,
y en su defecto, si estos tampoco pudieran, de proporcionar un nuevo listado de
hasta tres (3) nuevos nombres de especialistas;
-
comunicar
al/la docente su designación, luego de su aprobación en el CSU;
-
coordinar
la entrega del Diploma en conjunto con la Dirección de Comunicación
Institucional, en el caso de no coincidir su entrega con la siguiente Colación
de Grados.
·
El
Consejo Superior Universitario (CSU) es responsable de:
-
seleccionar
tres (3) especialistas para conformar el jurado que participará en el análisis
de los antecedentes del/la docente que ha sido postulado/a, a los efectos de su
designación como Profesor Extraordinario en el marco de la Resolución CU
N°118/1993; y comunicar a la Secretaría General Académica (SGA) los jurados
seleccionados como titulares y suplentes;
-
confeccionar
y comunicar la Resolución CSU con la consecuente designación;
-
rubricar
el Diploma, en el que se incluirán, junto con la firma del Secretario General
del Consejo Superior Universitario, las firmas del Rector y la del
Guardasellos.
·
La
Secretaría General Académica es responsable de:
-establecer el contacto con los
jurados y enviarles por correo electrónico el reglamento correspondiente
(Resolución CU N°118/1993) y el CV del/la docente postulado/a, para el análisis
de sus antecedentes; en caso de ser necesario, contactará al jurado suplente;
- hacer un seguimiento de la
entrega de cada dictamen y su posterior presentación en el CSU para su
tratamiento;
-comunicar la resolución de
designación al Departamento Académico interesado y a la Dirección de Títulos y
Egresados, para la impresión del diploma;
·
La
Dirección de Títulos y Egresados es responsable de:
-imprimir el correspondiente
diploma y entregarlo a la SGA para su firma y posterior coordinación de
entrega.
·
La
Dirección de Comunicación Institucional es responsable de:
-recepcionar los diplomas
rubricados y coordinar las entregas con las Unidades Académicas
correspondientes, cuando correspondiere.
PROCEDIMIENTO
DE DESIGNACIÓN DE DOCTORES HONORIS CAUSA. RESPONSABILIDADES ASIGNADAS
·
El
miembro de la comunidad universitaria o Departamento Académico que asuma la
iniciativa de proponer el otorgamiento del título de Doctor Honoris Causa, es
responsable de:
-
elevar
la propuesta al CSU junto con la siguiente documentación:
-
detalle
de los antecedentes del/la postulante;
-
motivaciones
académicas, sociales, culturales y/o artísticas que impulsaron su postulación;
-
relato
de las contribuciones relevantes al bienestar de la humanidad realizadas por el
candidato, y del ámbito académico o social en el que se produjeron los
impactos.
·
El
Consejo Superior Universitario (CSU) es responsable de:
-
considerar
la iniciativa; o designar al/ los Departamento/s Académico/s y/o dependencias
que tomará/n intervención en el proceso de asignación del título;
-
designar
la comisión ad hoc que asesorará sobre la postulación en trámite (a propuesta
de la unidad académica);
-
elaborar
y comunicar la resolución, con la consecuente designación;
-
comunicar
la resolución a la Dirección de Títulos y Egresados para que proceda a la
impresión del diploma; o rubricar el Diploma, con las firmas del Secretario
General del CSU y el Rector;
-
girar
el expediente y el diploma firmado a la Dirección de Comunicación
Institucional.
·
El
Departamento Académico o Secretaría responsable de impulsar la iniciativa debe:
- considerar la propuesta; o elevar al CSU una
valoración de la postulación;
- incluir nómina de
doctores y/o referentes en el área de impacto para integrar la comisión ad hoc;
- coordinar la entrega del
Diploma en conjunto con la Dirección de Comunicación Institucional.
·
La
Comisión ad hoc designada es responsable de:
- evaluar los méritos
del/la candidata/a;
- emitir una opinión fundada sobre la propuesta
y elevarla al CSU, para que proceda con la designación.
·
La
Dirección de Títulos y Egresados es responsable de:
- imprimir el
correspondiente diploma y entregarlo a la Secretaría del Consejo Superior, para
su firma y posterior coordinación de entrega.
·
La
Dirección de Comunicación
Institucional es
responsable de:
- recepcionar los
diplomas rubricados y coordinar las entregas con las Unidades Académicas y/o
dependencias correspondientes.
ANEXO II
MODELO DE DIPLOMA - PROFESOR/A
EXTRAORDINARIO/A
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
Bahía
Blanca - República Argentina
Por cuanto el Consejo
Superior Universitario dispuso por Resolución Nº................designar
al/la....................como Profesor/a..............de la Universidad
Nacional del Sur, se le expide el presente diploma que así lo acredita.
BAHIA
BLANCA,..................................
Secretario General del Consejo Superior
Universitaria |
Rector |
Guardasellos |
MODELO DE DIPLOMA - DOCTOR/ A
HONORIS CAUSA
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
Bahía
Blanca - República Argentina
Por cuanto el Consejo
Superior Universitario dispuso por Resolución Nº................designar
al/la....................como Doctor/a Honoris Causa de la Universidad Nacional
del Sur, por su …… (descripción de la trayectoria)…. se le expide el presente
diploma que así lo acredita.
BAHIA
BLANCA,..............................................
Secretario General del Consejo Superior
Universitario |
Rector |
ANEXO III
DETALLE DESCRIPTIVO
Los Diplomas que otorga la
Universidad Nacional del Sur a los Profesores Extraordinarios y Doctores
Honoris Causa tienen los siguientes componentes básicos:
- Nombre de la Institución
(Universidad Nacional del Sur).
- Nombre/s y Apellido/s completos
del Profesor/a Extraordinario/a o Doctor Honoris Causa, tal como consta en el
respectivo Documento de Identidad y como figura en la resolución respectiva de
designación.
- Tipo y Número de Documento.
- Tipo de Título otorgado. Para
el caso de los títulos de Doctor Honoris, se incorporará a continuación una
leyenda que describirá la trayectoria en el campo, la que no podrá exceder una
línea del texto.
- Lugar y Fecha de expedición de
Diploma.
- Firma y Aclaración de las
Autoridades de la Universidad Nacional del Sur.
- Sello Identificador de la
Universidad Nacional del Sur.
CARTULINA:
Especificaciones Técnicas:
Formato A3 (29,7 x 42 cm)
Gramaje: 150 gr/m2
Tipo de letra: English 111,
cursiva, tamaño 32
Impresión: Por sistema Offset de
alta calidad, sólo al frente a un color fijo visible (negro).
COCARDA: A los Diplomas que
otorga la Universidad Nacional del Sur, se les adiciona sobre una cinta Bandera
Argentina, una Cocarda que responde a las siguientes características con
medidas de seguridad: Especificaciones Técnicas:
-Papel/gramos: Cartulina de
seguridad de 240 gr/m2, la misma que se utiliza para las cartulinas para
diplomas, bajo luz ultravioleta se aprecian fibrillas visibles en colores
amarillos y azules, estos elementos no se observan bajo condiciones de luz
normal. Posee la propiedad especial de mantenerse intacto frente al paso del
tiempo, salvo que se intenten realizar borrados mediante químicos para insertar
nuevos datos, allí el soporte se mancha irreversiblemente notándose la acción realizada
en él. Formato:
-circular de 81,49mm
(aproximadamente) Diseño:
-Estampa con el logo de la
Universidad Nacional del Sur
Timbrado Seco:
-impresión en sobre relieve en
seco sin tinta.
DR, DANIEL
ALBETO VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR