PERSONAL
RECESO INVERNAL
Resolución R- Nº 554/09
Extpe. Nº 694/89
BAHIA BLANCA, 18 de
junio de 2009.
VISTO:
Que el Calendario Universitario 2009 establece que el
receso invernal para el personal docente se ajustará a las fechas que fije
CONSIDERANDO:
Que es necesario adecuar el receso del personal no
docente al académico;
Que para el
corriente año se ha fijado el período que va desde el 20 de julio y hasta el 31
de julio de 2009;
Que el Rectorado es autoridad competente para resolver el
otorgamiento del receso al
personal no docente de
POR
ELLO,
R
E S U E L V E:
ARTICULO
1º:
Conceder vacaciones especiales de invierno con goce de haberes al personal no
docente de esta Universidad, por el período comprendido entre el 20 y el 31
de julio de 2009, inclusive, con cierre de todas las dependencias,
manteniéndose además las guardias mínimas indispensables en todos los edificios
y oficinas donde los requerimientos de servicio lo dispongan.
ARTICULO
2º:
En todos los casos, el personal que desarrolle tareas durante el período
mencionado en el artículo 1º deberá usufructuar la/s semana/s que le
corresponden antes de finalizar el año en curso.
ARTICULO
3º:
Regístrese. Pase a
LIC. MARIA
DEL CARMEN VAQUERO
VICERRECTORA
ING. JUAN
CARLOS SCHEFER
SEC. GRAL.
TECNICO