BIBLIOTECAS APLICACION DEL S I STEMA COMPUTARI ZADO


Resolución R581/92.


BAHIA BLANCA, 9 octubre 1992.


VISTO:

La nota presentada por el señor Director de Biblioteca Central referida a modernización de los servicios bibliotecarios y bibliográficos de la Universidad Nacional del Sur; y


CONSIDERANDO:

La conveniencia de adoptar la moderna tecnología computacional para la organización del sistema documental y bibliográfico de esta Universidad en sus bibliotecas y centros de documentación;

Que se hace aconsejable adoptar normas generales que unifiquen los procesos bibliotecarios y aseguren la compatibilidad entre las bibliotecas de la Universidad;

Que su estructuración debe prever la organización en red y su posible acoplamiento con redes nacionales;

Que a tal efecto debe preverse un hardware y un software compatibles;

Que resulta conveniente la intervención de personal directamente relacionado con las disciplinas informáticas, para estudiar la propuesta y proponer las medidas conducentes a su inmediata concreción;


POR ELLO,

El Rector de la Universidad Nacional del Sur

RESUELVE:


ARTICULO 1°). Adoptar el sistema computacional para la automatización de las Bibliotecas y Centros de Documentación de la Universidad Nacional del Sur.

ARTICULO 2°). Designar una comisión integrada por los Sres. Directores Generales de Biblioteca Central y de Sistematización de Datos y los docentes Ings. Carlos MATRANGOLO y Vicente FRANCO, para que dictamine sobre el software a utilizar para el procesamiento técnico de las colecciones bibliograficas y documentales y el hardware necesario para la puesta en marcha del sistema.

ARTICULO 3°). Otorgar a la comisión designada en el apartado 2° un plazo de 20 días para expedirse en el tema objeto de la consulta.

ARTICULO 4°). La Dirección General de Sistematización de Datos deberá tomar intervención en los trámites de compra respectivos y prestará apoyo técnico para el mejor rendimiento del sistema.

ARTICULO 5°). Encomendar a la Biblioteca Central la organización de los cursos de capacitación necesarios para garantizar la integración de todas las Bibliotecas de la Universidad Nacional del Sur al sistema que se adopte.

ARTICULO 6°). Encomendar a las Direcciones Generales de Sistematización de Datos y de Biblioteca Central respectivamente el movimiento y seguimiento del sistema automatizado, y la aplicación del programa adoptado.

ARTICULO 7°). Registrese. Caratúlese por Mesa General de Entradas. Pase a las Direcciones Generales de Sistematización de Datos y Biblioteca Central para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón la Dirección General de Economía y Finanzas y el Consejo Universitario. Cumplido, oportunamente, archivese.



Ing. Qco. CARLOS E. MAYER

Rector

Ing. RODOLFO SERRALUNGA

Secretario General Técnico