PERSONAL NODOCENTE
CONCURSO ABIERTO PARA CUBRIR CARGOS DE AUXILIAR
ADMINISTRATIVO
Resolución R-586/23
Expte. 2622/2006
BAHIA
BLANCA, 29 de junio de 2023
VISTO:
El
Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Nodocente de las Instituciones
Universitarias Nacionales, homologado por Decreto 366/2006;
El
Reglamento General de Concursos para el Personal Nodocente de la UNS,
Resolución R-Nº 755/2018, ratificado por Resolución CSU-415/2018;
La
Resolución R-Nº 385/2013, que regula las pautas de los procedimientos de
selección para la cobertura de eventuales cargos vacantes categoría 7 del
Agrupamiento Administrativo, con mandato otorgado a la representación de la UNS
por Resolución CSU10/2013;
Lo
aprobado por Resolución CSU-03/2023, que aprueba la estructura institucional
organizativa de la UNS;
El
Acta de la Comisión Paritaria de Nivel Particular del Sector Nodocente
UNSATUNS, de fecha 21 de junio de 2023 por la cual se acordó establecer
modificaciones en pos de mejorar al proceso autorizado por Resolución R-Nº
385/2013; y
CONSIDERANDO:
Que
el artículo 55º inc. q) del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur
establece como atribución del Consejo Superior Universitario el dictado del
reglamento para la Administración;
Que
el artículo 24º del Convenio Colectivo para el personal Nodocente de las
Universidades Nacionales establece que debe reglamentarse el Régimen de
Concursos en el ámbito de las paritarias particulares;
Que
mediante el acta de la Comisión Paritaria de Nivel Particular para el personal
Nodocente de la UNS mencionada en el Visto, se acordó un texto que modifica
cuestiones procedimentales establecidas en los artículos 3º, 6º, 12º y 14º de
la Resolución R-Nº 385/2013;
Que
en las negociaciones paritarias mencionadas, se abordaron las propuestas
presentadas por las Subsecretarías de Gestión de Personal y de Derechos
Humanos, y se llegaron a acuerdos que fueron ratificados mediante el acta
correspondiente;
Que
la Subsecretaría de Gestión de Personal propuso mejoras al proceso, en base a
la experiencia de llamados a concurso anteriores y a los avances tecnológicos,
utilizando las herramientas digitales disponibles, con el objetivo de optimizar
el desarrollo del trámite y facilitar la realización de las tareas operativas;
Que
la Subsecretaría de Derechos Humanos sugirió la implementación de mecanismos
para brindar los apoyos y/o ajustes razonables, necesarios para las personas
con discapacidad;
Que
resulta necesario adaptar la normativa mediante la adopción de criterios de
selección que aseguren la igualdad de oportunidades para los postulantes, así
como la eficiencia y correcta administración de los recursos públicos, con el
fin de brindar servicios de calidad;
Que
por lo expuesto, resulta necesario autorizar el proceso acordado mediante el
presente acto administrativo, con el objetivo de perfeccionar la normativa
existente;
Que
corresponde aprobar lo actuado “ad referéndum” dado que la modificación
involucra una atribución estatutaria del Consejo Superior Universitario;
Que
razones de urgencia, vinculadas al cumplimiento de plazos, justifican el
dictado de la presente resolución ad referéndum del Consejo Superior
Universitario;
POR
ELLO,
LA VICERRECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
“ad referéndum” del Consejo Superior Universitario
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º: Incorporar los ajustes acordados por la Comisión Paritaria de Nivel
Particular UNS-ATUNS, mediante Acta de fecha 21 de junio de 2023,
correspondiente a adecuaciones al proceso de llamado a concurso abierto del
agrupamiento administrativo para el personal que desempeñará funciones de
Auxiliar Administrativo, los que como ANEXO I forman parte de la presente
resolución.
ARTÍCULO
2º: Aprobar el uso del repositorio introducido por la Dirección General de
Sistemas de Información como sitio seguro para alojar la documentación enviada
por los postulantes y el jurado.
ARTÍCULO
3º: Establecer en todos los casos en los cuales se menciona: “Secretaría
General Técnica” deberá entenderse “Subsecretaría de Gestión de Personal”, en
virtud del cambio de estructura institucional organizativa de la UNS aprobada
por resolución CSU-Nº 03/2023.
ARTÍCULO
4º: Delegar a la Dirección de Asistencia y Legajos dependiente de la Dirección
General de Personal, la confección de los instructivos correspondientes y de la
conformación de una mesa de ayuda, que brinde a las personas interesadas un
punto único de contacto mediante el cual se resuelvan y/o canalicen las
necesidades relativas a los llamados a concurso abierto.
ARTÍCULO
5º: Encomendar a la Subsecretaría de Derechos Humanos, la gestión de los apoyos
y/o ajustes razonables que requieran los postulantes con discapacidad durante
los actos concursales.
ARTÍCULO
6º: Pasar al Consejo Superior Universitario para su ratificación. Girar a la
Dirección General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Publicar en
el Servicio de Boletín Oficial y Digesto Administrativo. Comuníquese a la
entidad gremial, ATUNS.
DRA. ANDREA S. CASTELLANO
VICERRECTORA
MG. ANDREA C. BARBERO
SEC. GRAL. DE PLANIFICACION Y GESTION PRESUPUESTARIA
ANEXO I
Para
llamado a concurso abierto para cubrir cargos de Auxiliar Administrativo
1.
De la conformación del jurado: Se realizará conforme lo establecido en la
Resolución R-Nº 755/2018, artículo 14º, un sorteo masivo de 50 posibles
jurados, a fin de reemplazar eventuales excusaciones de manera inmediata,
respetando el orden del sorteo.
2.
De la resolución del llamado a concurso: Se deberá especificar:
v Donde se establece el período fijado para la
inscripción:
· La modalidad de inscripción será
online a través de la página web de la Universidad Nacional del Sur
(www.uns.edu.ar/ Concursos de Personal), completando el formulario de
inscripción con carácter de Declaración Jurada.
· El formulario estará disponible
durante las 24 horas del día, desde la fecha de apertura y hasta el cierre a
las 23.59 horas del último día indicado para la inscripción, sin excepción.
· Durante el período de
inscripción las personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD) o demás
certificados de discapacidad vigentes, expedidos por autoridades competentes,
según lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 22.431, deberán solicitar los
apoyos y/o ajustes razonables que requieran en el acto concursal. La Subsecretaría
de DDHH será la encargada de gestionar los apoyos y/o ajustes razonables
necesarios para asegurar la accesibilidad del acto.
v Donde se establece la ponderación de las pruebas de
oposición:
· El postulante que supere el 70%
del examen escrito y del examen de PC recibirá en el plazo máximo de 2 días
hábiles de publicada el Acta de personas que acceden a la entrevista personal,
un correo electrónico desde la Dirección General de Personal, al mail
registrado en la inscripción, con un enlace que le permitirá subir toda la
documentación, en formato digital (PDF) y legible de acuerdo a lo dispuesto y
descripto en el artículo 14º de la Resolución R-Nº 385/2013.
· El link suministrado estará
operativo por 3 días hábiles, vencido el plazo no podrá adjuntarse nueva
documentación. La no presentación de la documentación requerida, excluirá
automáticamente al postulante del concurso.
3.
De la evaluación de las/os postulantes:
a)
Los exámenes tendrán una duración de 2 horas reloj como máximo y sólo en la primera
instancia evaluativa el examen será de prueba de opción múltiple. Las preguntas
respondidas de manera incorrecta podrán restar, como máximo el 50% del valor de
una respuesta correcta; respuesta no respondida corresponde cero puntos.
b)
Los contenidos de las instancias evaluativas y de la entrevista personal serán
fijados por el jurado y sólo podrán realizarse sobre la base del material de
estudio, bibliografía, requisitos, condiciones generales, condiciones
particulares del cargo a cubrir definidos en el llamado a concurso.
c)
El jurado contará con la asistencia técnica de la Dirección de Asistencia y
Legajos (DAL) en todo el desarrollo del concurso. La DAL realizará la carga de
antecedentes en la Planilla de Evaluación de concurso abierto administrativo, a
fin de agilizar el proceso. Posteriormente, el jurado controlará la carga
efectuada a fin de evaluar los antecedentes de acuerdo a lo establecido en el
artículo 8º de la Resolución R-Nº 385/2013.
4.
Disposiciones Generales:
a)
Para aquéllas cuestiones que no se encuentren contempladas en la reglamentación
(RNº 385/2013 y sus modificatorias), se aplicará
supletoriamente el Reglamento General de Concursos para el Personal Nodocente,
aprobado por Resolución R-Nº 755/2018 y sus modificatorias.
b)
La resolución mediante la cual se llame a concurso abierto para cubrir
eventuales cargos categoría 7 del agrupamiento administrativo, deberá
especificar lo normado en el artículo 4º de la Resolución R-Nº 755/2018 y sus
modificatorias. De igual manera, para la presentación de excusaciones y/o
recusaciones al Jurado, como así también para la presentación de recursos en
cada una de las instancias del proceso concursal, se considerarán los plazos
establecidos en el reglamento general citado.
c)
La Comisión Paritaria de Nivel Particular del Sector Nodocente es el órgano de
interpretación de esta normativa. Si se presentase alguna situación fuera de
las contempladas en el Reglamento General de Concurso, en la presente
normativa, en el Decreto 366/2006 o en la Ley 19.549, la misma deberá ser
resuelta en el ámbito de la Paritaria Particular de la Universidad la que
deberá emitir un dictamen para cada situación planteada de acuerdo a los
antecedentes y circunstancias evaluadas, es decir que dicho dictamen no podrá aplicarse
a situaciones semejantes salvo que así lo indique la Paritaria Particular.
DRA. ANDREA S. CASTELLANO
VICERRECTORA
MG. ANDREA C. BARBERO
SEC. GRAL. DE PLANIFICACION Y GESTION PRESUPUESTARIA