PERSONAL NODOCENTE

CONCURSO ABIERTO PARA CUBRIR CARGOS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO

 

Resolución R-586/23

Expte. 2622/2006

 

BAHIA BLANCA, 29 de junio de 2023

 

VISTO:

El Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Nodocente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto 366/2006;

 

El Reglamento General de Concursos para el Personal Nodocente de la UNS, Resolución R-Nº 755/2018, ratificado por Resolución CSU-415/2018;

 

La Resolución R-Nº 385/2013, que regula las pautas de los procedimientos de selección para la cobertura de eventuales cargos vacantes categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, con mandato otorgado a la representación de la UNS por Resolución CSU10/2013;

 

Lo aprobado por Resolución CSU-03/2023, que aprueba la estructura institucional organizativa de la UNS;

 

El Acta de la Comisión Paritaria de Nivel Particular del Sector Nodocente UNSATUNS, de fecha 21 de junio de 2023 por la cual se acordó establecer modificaciones en pos de mejorar al proceso autorizado por Resolución R-Nº 385/2013; y

 

CONSIDERANDO:

Que el artículo 55º inc. q) del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur establece como atribución del Consejo Superior Universitario el dictado del reglamento para la Administración;

 

Que el artículo 24º del Convenio Colectivo para el personal Nodocente de las Universidades Nacionales establece que debe reglamentarse el Régimen de Concursos en el ámbito de las paritarias particulares;

 

Que mediante el acta de la Comisión Paritaria de Nivel Particular para el personal Nodocente de la UNS mencionada en el Visto, se acordó un texto que modifica cuestiones procedimentales establecidas en los artículos 3º, 6º, 12º y 14º de la Resolución R-Nº 385/2013;

 

Que en las negociaciones paritarias mencionadas, se abordaron las propuestas presentadas por las Subsecretarías de Gestión de Personal y de Derechos Humanos, y se llegaron a acuerdos que fueron ratificados mediante el acta correspondiente;

 

Que la Subsecretaría de Gestión de Personal propuso mejoras al proceso, en base a la experiencia de llamados a concurso anteriores y a los avances tecnológicos, utilizando las herramientas digitales disponibles, con el objetivo de optimizar el desarrollo del trámite y facilitar la realización de las tareas operativas;

 

Que la Subsecretaría de Derechos Humanos sugirió la implementación de mecanismos para brindar los apoyos y/o ajustes razonables, necesarios para las personas con discapacidad;

 

Que resulta necesario adaptar la normativa mediante la adopción de criterios de selección que aseguren la igualdad de oportunidades para los postulantes, así como la eficiencia y correcta administración de los recursos públicos, con el fin de brindar servicios de calidad;

 

Que por lo expuesto, resulta necesario autorizar el proceso acordado mediante el presente acto administrativo, con el objetivo de perfeccionar la normativa existente;

 

Que corresponde aprobar lo actuado “ad referéndum” dado que la modificación involucra una atribución estatutaria del Consejo Superior Universitario;

 

Que razones de urgencia, vinculadas al cumplimiento de plazos, justifican el dictado de la presente resolución ad referéndum del Consejo Superior Universitario;

POR ELLO,

 

LA VICERRECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

“ad referéndum” del Consejo Superior Universitario

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Incorporar los ajustes acordados por la Comisión Paritaria de Nivel Particular UNS-ATUNS, mediante Acta de fecha 21 de junio de 2023, correspondiente a adecuaciones al proceso de llamado a concurso abierto del agrupamiento administrativo para el personal que desempeñará funciones de Auxiliar Administrativo, los que como ANEXO I forman parte de la presente resolución.

 

ARTÍCULO 2º: Aprobar el uso del repositorio introducido por la Dirección General de Sistemas de Información como sitio seguro para alojar la documentación enviada por los postulantes y el jurado.

 

ARTÍCULO 3º: Establecer en todos los casos en los cuales se menciona: “Secretaría General Técnica” deberá entenderse “Subsecretaría de Gestión de Personal”, en virtud del cambio de estructura institucional organizativa de la UNS aprobada por resolución CSU-Nº 03/2023.

 

ARTÍCULO 4º: Delegar a la Dirección de Asistencia y Legajos dependiente de la Dirección General de Personal, la confección de los instructivos correspondientes y de la conformación de una mesa de ayuda, que brinde a las personas interesadas un punto único de contacto mediante el cual se resuelvan y/o canalicen las necesidades relativas a los llamados a concurso abierto.

 

ARTÍCULO 5º: Encomendar a la Subsecretaría de Derechos Humanos, la gestión de los apoyos y/o ajustes razonables que requieran los postulantes con discapacidad durante los actos concursales.

 

ARTÍCULO 6º: Pasar al Consejo Superior Universitario para su ratificación. Girar a la Dirección General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Publicar en el Servicio de Boletín Oficial y Digesto Administrativo. Comuníquese a la entidad gremial, ATUNS.

 

DRA. ANDREA S. CASTELLANO

VICERRECTORA

MG. ANDREA C. BARBERO

SEC. GRAL. DE PLANIFICACION Y GESTION PRESUPUESTARIA

 

ANEXO I

 

Para llamado a concurso abierto para cubrir cargos de Auxiliar Administrativo

 

1. De la conformación del jurado: Se realizará conforme lo establecido en la Resolución R-Nº 755/2018, artículo 14º, un sorteo masivo de 50 posibles jurados, a fin de reemplazar eventuales excusaciones de manera inmediata, respetando el orden del sorteo.

 

2. De la resolución del llamado a concurso: Se deberá especificar:

 

v  Donde se establece el período fijado para la inscripción:

 

· La modalidad de inscripción será online a través de la página web de la Universidad Nacional del Sur (www.uns.edu.ar/ Concursos de Personal), completando el formulario de inscripción con carácter de Declaración Jurada.

 

· El formulario estará disponible durante las 24 horas del día, desde la fecha de apertura y hasta el cierre a las 23.59 horas del último día indicado para la inscripción, sin excepción.

 

· Durante el período de inscripción las personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD) o demás certificados de discapacidad vigentes, expedidos por autoridades competentes, según lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 22.431, deberán solicitar los apoyos y/o ajustes razonables que requieran en el acto concursal. La Subsecretaría de DDHH será la encargada de gestionar los apoyos y/o ajustes razonables necesarios para asegurar la accesibilidad del acto.

 

v  Donde se establece la ponderación de las pruebas de oposición:

 

· El postulante que supere el 70% del examen escrito y del examen de PC recibirá en el plazo máximo de 2 días hábiles de publicada el Acta de personas que acceden a la entrevista personal, un correo electrónico desde la Dirección General de Personal, al mail registrado en la inscripción, con un enlace que le permitirá subir toda la documentación, en formato digital (PDF) y legible de acuerdo a lo dispuesto y descripto en el artículo 14º de la Resolución R-Nº 385/2013.

 

· El link suministrado estará operativo por 3 días hábiles, vencido el plazo no podrá adjuntarse nueva documentación. La no presentación de la documentación requerida, excluirá automáticamente al postulante del concurso.

 

3. De la evaluación de las/os postulantes:

 

a) Los exámenes tendrán una duración de 2 horas reloj como máximo y sólo en la primera instancia evaluativa el examen será de prueba de opción múltiple. Las preguntas respondidas de manera incorrecta podrán restar, como máximo el 50% del valor de una respuesta correcta; respuesta no respondida corresponde cero puntos.

 

b) Los contenidos de las instancias evaluativas y de la entrevista personal serán fijados por el jurado y sólo podrán realizarse sobre la base del material de estudio, bibliografía, requisitos, condiciones generales, condiciones particulares del cargo a cubrir definidos en el llamado a concurso.

 

c) El jurado contará con la asistencia técnica de la Dirección de Asistencia y Legajos (DAL) en todo el desarrollo del concurso. La DAL realizará la carga de antecedentes en la Planilla de Evaluación de concurso abierto administrativo, a fin de agilizar el proceso. Posteriormente, el jurado controlará la carga efectuada a fin de evaluar los antecedentes de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º de la Resolución R-Nº 385/2013.

 

4. Disposiciones Generales:

a) Para aquéllas cuestiones que no se encuentren contempladas en la reglamentación (RNº 385/2013 y sus modificatorias), se aplicará supletoriamente el Reglamento General de Concursos para el Personal Nodocente, aprobado por Resolución R-Nº 755/2018 y sus modificatorias.

 

b) La resolución mediante la cual se llame a concurso abierto para cubrir eventuales cargos categoría 7 del agrupamiento administrativo, deberá especificar lo normado en el artículo 4º de la Resolución R-Nº 755/2018 y sus modificatorias. De igual manera, para la presentación de excusaciones y/o recusaciones al Jurado, como así también para la presentación de recursos en cada una de las instancias del proceso concursal, se considerarán los plazos establecidos en el reglamento general citado.

 

c) La Comisión Paritaria de Nivel Particular del Sector Nodocente es el órgano de interpretación de esta normativa. Si se presentase alguna situación fuera de las contempladas en el Reglamento General de Concurso, en la presente normativa, en el Decreto 366/2006 o en la Ley 19.549, la misma deberá ser resuelta en el ámbito de la Paritaria Particular de la Universidad la que deberá emitir un dictamen para cada situación planteada de acuerdo a los antecedentes y circunstancias evaluadas, es decir que dicho dictamen no podrá aplicarse a situaciones semejantes salvo que así lo indique la Paritaria Particular.

 

DRA. ANDREA S. CASTELLANO

VICERRECTORA

MG. ANDREA C. BARBERO

SEC. GRAL. DE PLANIFICACION Y GESTION PRESUPUESTARIA