PRESUPUESTO
INVERSIONES
TRANSITORIAS (MONTOS YMAD
DISTRIBUIDOS
POR EL CIN)
Resolución R-656/09
Bahía
Blanca, 3 de junio de 2009.
VISTO:
Los fondos recibidos por esta
Universidad correspondientes a la distribución efectuada por el CIN –Consejo Interuniversitario Nacional- de las utilidades provenientes
de YMAD – Yacimientos Mineros Aguas del Dionisio, aceptados por Res.
CSU-298/09; y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Superior
Universitario tiene a su consideración el destino a dar a esos fondos, habiendo
realizado por Resolución CSU-298/09 una distribución parcial de Pesos
DOSCIENTOS MIL ($ 200.000) con destino a subsidios estudiantiles;
Que actualmente se encuentran
disponibles financieramente y sin afectación el remanente del total recibido
que totalizan PESOS UN MILLON QUINCE MIL QUINIENTOS ONCE ($ 1.015.511.-);
Que corresponde a esta
administración proveer a la mejor protección de los activos financieros
disponibles y/o ociosos de eventuales desvalorizaciones o depreciaciones
monetarias;
Que en tal sentido y mientras se
toman las decisiones re3feridas a la afectación definitiva de esos fondos
resulta conveniente efectuar una colocación financiera temporaria;
Que se han efectuado los trámites
dispuestos por las Res.SH-357/07 y SF-62/07 previos a
la realización de inversiones temporarias;
Que se cuenta con la correspondiente
respuesta de
Que, de las ofertas de inversiones
recibidas, Banco de
Que esos Plazos Fijos Precancelables son dirigidos a sujetos de Derecho Público
tales como Municipios, Gobiernos Provinciales, Entes descentralizados o Cajas
vinculadas a entidades públicas;
Que el Banco Hipotecario Nacional
tiene una participación accionaria mayoritaria por
parte del Estado Nacional, el cual aporta fondos con objetivos definidos a sus
políticas sociales, por lo que se lo considera con el suficiente respaldo de
confianza y solidez que
POR ELLO,
EL RECTOR DE
R E S U E L V E :
ARTICULO
1º).- Realizar Inversiones Financieras Transitorias mediante Depósitos a Plazo Fijo Precancelables
en el Banco Hipotecario Nacional por los montos ingresados y que ingresen a
esta Universidad en lo sucesivo, provenientes de las utilidades de YMAD –
Yacimientos Mineros Aguas del Dionisio, distribuidas por el CIN - Consejo Interuniversitario
Nacional a las Universidades Nacionales.
ARTICULO
2º).- Estas inversiones mantendrán los montos totales hasta tanto el Consejo
Superior Universitario disponga la afectación y destino definitivos de los
recursos mencionados en el párrafo anterior y por montos parciales en función
de la cronología de devengamiento de los mismos.
ARTICULO
3º).- A través de
ARTICULO
4º).- Los intereses recibidos por estas Inversiones Financieras Temporarias serán
acreditadas en el mismo Centro de Costos 447 para su posterior distribución.
ARTICULO
5º).- Regístrese. Pase a
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
ING. CIVIL JUAN CARLOS SCHEFER
SEC. GRAL. TECNICO