BIENES DECLARADOS COMO INUTILIZADOS DEPOSITO

 

Resolución R-680/98

Expediente DGEYF-1062/97

 

BAHIA BLANCA, 10 de agosto de 1998

 

VISTO:

Que por Expediente DGEYF 1062/97 corre agregado dictamen de la Comisión Técnica (Resolución R-155/98), quienes manifiestan que ante el mandato para el cual fueron citados, se han presentado reiterados inconvenientes para la ubicación, identificación y control de bienes fuera de uso depositados anárquicamente en el local del inmueble 12 de Octubre 1092;

 

Que esta Dirección General de Economía y Finanzas, Dirección Area Contable, Departamento de Contabilidad Patrimonial, ha insistido a las dependencias que solicitan almacenar rezagos, comunique a través de memorándum con detalle de los datos que hagan posible individualizar los bienes y saber que afectación registran, y que por otra parte los rotulen con la denominación del área responsable;

 

Que el incumplimiento de tal requisito trae aparejado la imposibilidad de constatar las existencias para su desafectación patrimonial atendiendo lo determinado por Decreto-Ley 22.354/56; y

 

CONSIDERANDO:

Que resulta ineficiente la tarea de la Comisión Técnica, quienes deben constituirse en varias ocasiones y no obstante ello, en más de una oportunidad no les es posible cumplir con su mandato;

 

Que este tipo de situación también para la Dirección General de Economía y Finanzas, no poder diligencia las gestiones que corresponden en tiempo y forma;

Que es por lo tanto una necesidad reconsiderar los procedimientos para agilizar todo lo relacionado con bajas y cesión sin cargo a entidades de bien público de tal modo de no acumular remanente de bienes que progresivamente se deterioran;

 

POR ELLO:

EL RECTOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

 

ARTICULO 1º) Disponer que todas las dependencias académicas y administrativas que declaren bienes inutilizados que han dejado de prestar servicio para lo cual fueron adquiridos y deban ser almacenados en el depósito del inmueble sito en la calle 12 de Octubre 1092, informen a la Comisión Técnica (Resolución R155/98) mediante memorándum el detalle de los bienes para identificación, número de inventario de los mismos y rótulo del área al cual han sido afectados.

 

ARTICULO 2º) Establecer que copia de dicho comunicado debe remitirse, a la Dirección de Area Contable, Departamento de Contabilidad Patrimonial, en forma simultánea para un mejor contralor su costeo con los antecedentes que paralelamente deben tramitar por expedientes de autorización de desafectación de inventarios.

 

ARTICULO 3º) La Comisión técnica (Resolución R-155/98) procederá a la verificación de los bienes fuera de uso en el momento de la comunicación para expedirse acerca de la condición de rezago de los mismos mediante acta, que deberán ser remitidas al Departamento de Contabilidad Patrimonial, para ser oportunamente agregadas al expediente que corresponda.

 

ARTICULO 4º) Regístrese. Por la Secretaría General Técnica, notifíquese a todas las dependencias. Tomen razón la Dirección General de Economía y Finanzas. Cumplido, oportunamente, archívese.

 

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

LIC. GUILLERMO LUCANERA

SECRETARIO GENERAL TECNICO