LICENCIA ANUAL ORDINARIA Modif. Resol. R764/95

Resolucion R799/95.

BAHIA BLANCA, 11 de diciembre de 1995.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Los términos de la Resolucion R-764/95, por la que se establece la "Licencia Anual Ordinaria", correspondiente al año 1995;

POR ELLO,

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

RESUELVE:

ARTICULO 1°). Rectificar los artículos 4°, 6° y 7° de la Resolucion R764/95, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

"ARTICULO 4°).- Autorizar al personal que le corresponda mas de veinte (20) dias de licencia anual ordinaria, a gozar de la misma durante el período comprendido entre el 26 de diciembre de 1995 y el 31 de marzo de 1996, fechas que deberan coordinarse por cada superior jerarquico, de acuerdo a las necesidades del servicio, siempre y cuando no excedan de los dias que les corresponde, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° de la presente Resolucion."

"ARTICULO 6°). El personal comprendido por la excepción dispuesta en el articulo 5° de la presente, gozará de los dias de licencia anual que le corresponda de acuerdo a su antigüedad, según el cronograma de licencias que fije el responsable de cada dependencia afectada, siempre dentro del periodo comprendido ente el 26 de diciembre de 1995 y el 31 de marzo de 1996.- Dichos cronogramas deberán ser resueltos por la Secretaría General Técnica."

"ARTICULO 7°).- Establecer la Obligatoriedad de todos los responsables de los dependencias administrativas o academicas de informar a la Direccion General de Personal, con anterioridad al 18 de diciembre de 1995, la fecha en que hará uso de la licencia anual ordinaria el personal a su cargo."

ARTICULO 2°). Registrese. Pase a la Direccion General de Personal para su conocimiento y comunicación a todas las dependencias de la Universidad. Tome razón el Consejo Universitario y ATUNS. Cumplido, oportunamente, archívese.

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

CR. ARTURO JOSE GUEVARA

SEC. GRAL. TECNICO